miércoles, 16 de octubre de 2024

INSTRUCCIONES PLAN ACTUACIÓN INSPECCIÓN 2024

INSTRUCCIONES DE 29 DE AGOSTO DE 2024, DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, PARA EL DESARROLLO, LA DIRECCIÓN Y LA COORDINACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ACTUACIÓN Y FORMACIÓN DE LA INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN PARA EL CURSO ESCOLAR 2024-2025

El Decreto 34/2008, de 26/02/2008, por el que se establece la ordenación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha y la Orden de 08/04/2008, que lo desarrolla y determina su organización y funcionamiento, contemplan la planificación como uno de los principios de actuación de los inspectores e inspectoras y dispone que el Plan General de Actuación y Formación será el instrumento en el que se concreten las actuaciones de la Inspección, de acuerdo con sus funciones y las directrices fijadas por la Consejería competente en materia de educación. 

La mencionada Orden en su artículo 24.2 establece que el Plan General de Actuación tendrá una vigencia de entre uno y cuatro años y será elaborado por la Inspección General de Educación y aprobado mediante Resolución del titular del órgano director de la Inspección de Educación y que dicho Plan se concretará año a año mediante instrucciones de la Inspección General de Educación. 

En este sentido, la Resolución de 16/07/2024, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación por la que se aprobó el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los cursos 2024- 2025, 2025-2026 y 2026-2027 fijó las prioridades de actuación y las líneas estratégicas de trabajo para lograr la mayor eficiencia en la actuación de la acción inspectora y, a su vez, la mejora de la calidad del sistema educativo. 

Asimismo, delimitó el marco de los respectivos Planes Provinciales de Actuación, referenciados siempre a su propio contexto. En virtud de lo establecido en el Plan General de Actuación y Formación trienal el próximo curso 2024-2025 se mantienen las pautas allí indicadas y se orientan las actuaciones de la Inspección de Educación, centrándolas en evaluar la eficiencia y eficacia de los recursos empleados en los centros educativos, en la atención al alumnado vulnerable y en continuar aumentando el éxito educativo en nuestra región y, en consecuencia, reduciendo el abandono educativo temprano. 

Por tanto, y a la vista de lo establecido en el apartado segundo de la citada Resolución de 16/07/2024, para concretar el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación para el curso escolar 2024-2025, se dictan las siguientes INSTRUCCIONES: 

Primera. Objeto y ámbito

  • 1. El objeto de estas Instrucciones es concretar el Plan General de Actuación y Formación durante el curso 2024-2025 y realizar las orientaciones precisas para que los Servicios de Inspección de Educación desarrollen sus planes provinciales. Se incluye el calendario para el desarrollo de las actuaciones de carácter orgánico y funcional, prioritarias y provinciales, que la Inspección de Educación realiza de modo habitual.  
  • 2. El ámbito de actuación de estas Instrucciones incluye a los centros docentes públicos, concertados y privados, servicios, programas y actividades de enseñanzas no universitarias, así como al resto de elementos y aspectos, que conforman el sistema educativo regional para el citado curso académico. 
Segunda. Finalidad

La finalidad de estas instrucciones anuales es dotar de cohesión a las actuaciones de la Inspección de Educación, a la formación para las inspectoras y los inspectores y a los Planes de los Servicios de Inspección de Educación de Castilla-La Mancha durante el curso 2024-2025. 

Tercera. Objetivos

  • 1. Los objetivos generales serán los que establece el Plan General de Actuación y Formación y de manera específica se establecen los siguientes: 
    • a) Supervisar las Escuelas infantiles de Castilla-La Mancha. 
    • b) Supervisar el impacto del Programa Prepara-T en las aulas para la mejora del rendimiento escolar y, en consecuencia, del abandono educativo. 
    • c) Supervisar la eficiencia y eficacia de recursos empleados en los centros de enseñanzas de personas adultas y escuelas oficiales de idiomas de nuestra región. 
    • d) Realizar el seguimiento del Programa Titula-S. 
    • e) Atribuir un mayor peso a las actividades de supervisión, control, asesoramiento, evaluación e información en los centros, servicios y programas con el fin de ayudar a mejorar la participación y el gobierno de los centros, la gestión organizativa y administrativa, el funcionamiento y los resultados de los mismos, así como verificar el grado de cumplimiento de la normativa vigente. 
    • f) Impulsar los procesos de evaluación, incluyendo los propios Servicios de Inspección, así como asesorando en la evaluación interna de los centros y en la evaluación docente. 
    • g) Continuar la elaboración de documentos homologados nuevos, así como la digitalización de los mismos y la simplificación de los procedimientos ya existentes, en función de las necesidades y las tareas de Inspección. 
    • h) Contribuir a la investigación sobre evaluación, inclusión y convivencia desde el propio trabajo de inspección.
    • i) Plantear líneas de formación e innovación para los miembros de los Servicios de Inspección de Educación coherentes con las necesidades más urgentes del curso. 
Cuarta. Contenido

Conforme a lo establecido en la Resolución de 16/07/2024, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación por la que se aprueba el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los 3 cursos 2024-2025, 2025-2026 y 2026-2027 se puede contemplar la realización de ajustes del Plan, pudiendo incorporar actuaciones o modificar las existentes, según sean las novedades y necesidades que no hayan podido ser previstas con anticipación, para lo cual se dictarán las correspondientes instrucciones de la Inspección General de Educación. 

Quinta. Actuaciones

5.1. Actuaciones funcionales prioritarias.

Las actuaciones prioritarias recogidas en el Plan General de Actuación trienal establecido en la Resolución de 16/07/2024 responden a los intereses de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y a las exigencias del desarrollo de las tareas propias de los ámbitos competenciales de la Inspección de Educación. Las actuaciones funcionales prioritarias concretas para desarrollar son las siguientes: 

1. Actuación Prioritaria 1 (AP1). Supervisión de las escuelas infantiles de Castilla-La Mancha

La Actuación Prioritaria1(AP1) se vincula directamente tanto 

  • con el objetivo prioritario 1 (OP1), Contribuir a la mejora de las tasas del abandono escolar desde un fortalecimiento de la educación infantil, 
  • como con el objetivo prioritario 2 (OP2) Evaluar la eficiencia y eficacia de los recursos empleados en las diferentes enseñanzas educativas de CastillaLa Mancha. 
  • Se trata de supervisar el correcto funcionamiento de estos centros educativos, así como la correcta aplicación de la normativa relacionada con el Decreto 34/2024, de 2 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones a las entidades locales de la comunidad autónoma de CastillaLa Mancha, titulares de escuelas infantiles que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil a alumnado de 2-3 años. 

2. Actuación Prioritaria 2 (AP2). Supervisión de aspectos referidos al desarrollo del programa Prepara-T

La Actuación Prioritaria 2 (AP2) está directamente vinculada 

  • al objetivo prioritario 1 (OP1): Contribuir a la mejora de las tasas del abandono educativo temprano. 
    • Mediante esta actuación se continúa con los objetivos planteados en el curso previo y se pretende contribuir a la mejora de las tasas del abandono educativo temprano de nuestro alumnado, a través del análisis de otro de los Programas de Éxito educativo. 
  • Estas dos actuaciones prioritarias AP1 y AP2 se desarrollarán a lo largo del primer trimestre del curso 2024-2025 y deberá estar finalizada el 20 de diciembre de 2024 la AP1 y el 31 de enero de 2025 la AP 2. 

3. Actuación Prioritaria 3 (AP3): Supervisión de la organización y funcionamiento de los Centros de enseñanzas de adultos

La Actuación Prioritaria 3 (AP3) se vincula directamente con el objetivo prioritario 2 (OP 2) Evaluar la eficiencia y eficacia de los recursos empleados en las diferentes enseñanzas educativas en Castilla-La Mancha. 

  • Se trata de supervisar la organización y el funcionamiento de estos centros, además de comprobar el uso de los recursos existentes en los centros de enseñanzas de personas adultas de la región con el fin de analizar la eficiencia de estos mediante la visita al aula. Asimismo, se incorpora una acción de asesoramiento a los centros y de información a la administración educativa regional, que es la que demanda dicha actuación prioritaria. 
  • Mediante esta actuación, se persigue contribuir a la mejora del funcionamiento de estos centros y de la eficiencia y eficacia de los recursos empleados, así como a aumentar la utilidad en su empleo, revisando sus objetivos y actuaciones, atendiendo a la respuesta dada a la demanda educativa de los diferentes sectores existentes en la comunidad educativa. 
4. Actuación Prioritaria 4 (AP4): Supervisión de la organización y funcionamiento de las Escuelas oficiales de idiomas

La Actuación Prioritaria 4 (AP4) se vincula directamente con el objetivo prioritario 2 (OP 2) Evaluar la eficiencia y eficacia de los recursos empleados en las diferentes enseñanzas educativas en Castilla-La Mancha. 

  • Se trata de supervisar la organización y el funcionamiento de estas escuelas, además de comprobar el uso de los recursos existentes, con el fin de analizar la eficiencia de estos mediante la visita al aula. Asimismo, se incorpora una acción de asesoramiento a los centros y de información a la administración educativa regional, que es la que demanda dicha actuación prioritaria. 
  • Mediante esta actuación, se persigue contribuir a la mejora del funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas y de la eficiencia y eficacia de los recursos empleados, así como a aumentar la utilidad en su empleo, revisando sus objetivos y actuaciones, atendiendo a la respuesta dada a la demanda educativa de los diferentes sectores existentes en la comunidad educativa. 
5. Actuación Prioritaria 5 (AP5). Supervisión de aspectos referidos al desarrollo del programa Titula-S en las aulas

La Actuación Prioritaria 5 (AP5) está directamente vinculada al objetivo prioritario 1 (OP1) Contribuir a la mejora de las tasas del abandono educativo temprano. 

  • A través del seguimiento de esta actuación iniciada en el curso 2023-2024, se continúa con los objetivos planteados en el curso anterior y las propuestas de mejora señaladas a los centros. Así mismo, se ampliará la supervisión de este programa en centros no supervisados en el curso anterior mediante la visita a las aulas. 
  • Con ello, se pretende contribuir a la mejora de las tasas del abandono educativo temprano de nuestro alumnado a través del análisis de este Programa de Éxito educativo. 
Estas actuaciones prioritarias 

  • AP3 y AP4 se desarrollarán a lo largo del segundo del curso 2024-2025 y deberán estar finalizadas al 11 de abril de 2025. 
  • La AP5 se desarrollará a lo largo del segundo y tercer trimestre del curso 2024-2025 y estará finalizada al 30 de junio de 2025. 

5.2. Actuaciones orgánicas

Las actuaciones orgánicas seguirán lo establecido en el anexo I, apartado 5.2 de la Resolución de 16/07/2024, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación por la que se aprueba el Plan General de Actuación y Formación de la  Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los cursos 2024-2025, 2025-2026 y 2026-2027. 

5.3. Actuaciones funcionales de planificación provincial

La planificación temporal y los responsables para su desarrollo se establecen en el anexo I de estas instrucciones. A continuación, se señalan aspectos específicos a tener en cuenta el próximo curso 2024-2025. La inspección de educación dentro de la estrategia de simplificación de procedimientos procurará no solicitar datos a la comunidad educativa cuando estos consten ya en la propia Administración. 

La identificación de los informes se realizará utilizando la clave establecida en este anexo I. 

Si los servicios provinciales requieren de más información para identificar el informe, podrán incluir la información que consideren, después de la clave seguida de un guion. Esta identificación será la misma tanto para subir informes a la plataforma Firmados como para enviar informes por correo electrónico. 

No será obligatorio incluir la fecha y el código del centro, así como la clave en el interior del informe. 

a) La organización del inicio del curso escolar: 

  • Las reuniones de zonas, comarcales o provinciales de inicio de curso con directores se realizarán preferentemente de manera presencial. Estas reuniones contendrán al menos los contenidos siguientes: • 
    • Configuración, composición y funcionamiento de los Servicios de Inspección; 
    • Información sobre el Plan General de Actuación y las actuaciones prioritarias a desarrollar por la Inspección y sobre las actuaciones funcionales del Plan Provincial de Inspección durante el curso 2024-2025. 
    • Información sobre los resultados de las actuaciones realizadas referidas a la AP1 y AP2 del curso 2023-2024, destacando los puntos fuertes y las principales deficiencias detectadas en el informe provincial, con el fin de que, en su caso, puedan subsanarlas en la planificación del curso escolar 2024-2025. 
    • Información sobre el cumplimiento de la Carta de servicios de la inspección de educación. • Evaluación de los funcionarios inmersos en la fase de prácticas. 
    • Información sobre las novedades normativas de aplicación. Además, los Servicios podrán incorporar cuantos contenidos consideren en estas reuniones. 
  • b) La organización y el funcionamiento de los centros. 
    • A lo largo del primer trimestre cada inspector o inspectora realizará una visita inicial o de seguimiento, siempre que sea posible a todos los centros asignados. 
    • En esta primera visita se podrán realizar actuaciones prioritarias del primer trimestre. 
    • En los casos en los que se produzca un cambio de equipo directivo o cuando se hayan observado deficiencias notables en la dirección y organización de centro se realizará una supervisión detallada, tomando como referencia para ello las guías de supervisión normalizadas de la visita inicial. 
    • En la medida de lo posible, las visitas a centros con estas características se realizarán entre las primeras que lleve a cabo el inspector o la inspectora de referencia. 
    • En los casos en los que exista continuidad del equipo directivo se realizará una visita de seguimiento centrada en los elementos de mejora determinados en el curso anterior, prestando una especial atención a lo que se determine en estas instrucciones. 
    • Asimismo, en esta primera visita se podrá realizar un seguimiento de la Actuación Prioritaria 1 Supervisión del funcionamiento del comedor escolar, en aquellos centros seleccionados en la muestra de dicha actuación prioritaria del curso 2023-2024. 
  • c) Evaluación de funcionarios en prácticas. 
    • En el contexto de las actuaciones relacionadas con la evaluación de docentes destaca la evaluación de la fase de prácticas de los funcionarios y las funcionarias seleccionados en los procesos de oposición. 
    • De acuerdo con lo establecido en la base cuarta de la Resolución de 26/08/2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes que han superado los procesos selectivos para ingreso en los cuerpos docentes convocados, la Comisión Calificadora recabará informe del Inspector o de la Inspectora de Educación designada para la supervisión del funcionariado en prácticas. 
    • Para la elaboración de dicho informe la persona que ejerce la Inspección visitará dicho Centro y realizará un seguimiento del funcionario en prácticas, así como las visitas al aula que estime oportunas con el mínimo de una durante todo el periodo de prácticas. 
5.4. Áreas específicas de trabajo

  • a) Organización y funcionamiento de las Áreas específicas La definición de las temáticas de las áreas ha sido consultada al Consejo Regional de Inspección y son las siguientes: 
    • Área de convivencia e interculturalidad y prevención del absentismo e inclusión educativa. 
      • Aportaciones a normativa que regula la convivencia de los centros. 
      • Desarrollo de funciones del coordinador de bienestar. 
      • Prevención del ciberacoso. 
      • Intervención con familias, mediación, conductas autolíticas. 
      • Bienestar emocional. 
    • Área de evaluación, participación y organización escolar. 
      • Supervisión de programaciones didácticas. 
      • Evaluación objetiva del alumnado. 
      • Planes específicos de trabajo. 
      • Sesiones de evaluación. 
      • Análisis de nueva normativa educativa.
  • Las áreas específicas seguirán desarrollando su trabajo bajo la supervisión de la Jefatura del servicio de inspección y la coordinación de la persona designada en cada servicio. La persona coordinadora de cada Área elaborará el plan de trabajo y se ocupará de la coordinación, seguimiento y evaluación de las actuaciones correspondientes y colaborará con la Inspección General de Educación. 
    • Los Inspectores y las Inspectoras que coordinan las áreas específicas de trabajo serán nombrados por el titular de la Delegación Provincial con competencia en materia de educación, a propuesta de la Jefatura de Inspección, oídos los componentes del área, para un período coincidente con el período de nombramiento del Inspector Jefe o Inspectora Jefa. 
  • b) Coordinación de las áreas. Con el objeto de llevar a cabo el desarrollo del trabajo, cada área se reunirá provincialmente al menos dos veces al mes. 
    • De cada reunión del área se levantará acta, que deberá ser registrada en EducamosCLM.
    • Con el fin de realizar un seguimiento del plan de trabajo, homologar actuaciones y observar y difundir buenas prácticas de los distintos Servicios, la Inspección General de Educación convocará a los coordinadores y a las coordinadoras de cada provincia con periodicidad al menos trimestral, para coordinar las actuaciones de las áreas. Asimismo, en la Jornada final de formación, se llevará a cabo una sesión conjunta de ambas áreas a nivel regional con el objetivo de trasladar el trabajo, las acciones y, en definitiva, la evolución de dichas áreas a todos los miembros de la Inspección. 
  • c) Evaluación y documentación. Al finalizar el curso las áreas específicas de trabajo realizarán una autoevaluación del cumplimiento del plan de trabajo establecido y de los elementos susceptibles de mejora, recogiendo las conclusiones y realizando propuestas para el siguiente curso. 
    • Los documentos resultantes de cada área se incorporarán como anexo a la Memoria Anual y se pondrán a disposición de todos los Servicios. 
    • De igual forma, los estudios y sus conclusiones se pondrán a disposición de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación. Desde la Inspección General de Educación se valorará y promoverá la difusión a través del Portal de Educación, así como por otros medios que se considere. 
5.5. Grupos de trabajo regionales

  • a) El grupo de procedimientos y documentos normalizados tendrá como ejes de trabajo los siguientes: 
    • Simplificación, análisis y desarrollo de procedimientos. 
    • Impulso a la digitalización del trabajo de la Inspección de Educación. 
    • Revisión y actualización de los documentos normalizados. 
    • Elaboración de nuevos documentos normalizados conforme a las necesidades existentes. 
  • b) El grupo de Evaluación trabajará el próximo curso los siguientes temas:
    • Evaluación interna de los Servicios de inspección de educación y de la Inspección General sobre la competencia ético-profesional. 
    • Seguimiento de la evaluación interna de centros docentes. 
    • Seguimiento de los compromisos de la Carta de Servicios de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha. 
    • Desarrollo de la evaluación competencial y de la evaluación de docentes. 
6. Plan de Formación de la Inspección de Educación

Durante este curso se procurará, atendiendo al perfeccionamiento y a la actualización de los inspectores e inspectoras, la mejora en el desarrollo profesional y en la eficacia de las tareas a realizar. Por ello, la formación de la Inspección seguirá las líneas establecidas en el Plan General de Actuación y Formación trienal y de forma prioritaria, en este curso, se centrará en los siguientes aspectos: 

  • a) Formación vinculada a las necesidades derivadas del Plan General de Actuación que contribuya a la adecuada aplicación y desarrollo de las actuaciones previstas en el plan. 
  • b) Formación para inspectores accidentales. 
  • c) Formación para el desarrollo de la competencia digital, nivel B1. 
  • d) Formación en torno a la salud y bienestar emocional en los centros educativos. 
7. Seguimiento y evaluación del Plan General de Actuación y Formación

Los equipos de zona y de coordinación efectuarán el seguimiento y evaluación del Plan Provincial semanalmente e introducirán las medidas correctoras oportunas. Los Servicios de Inspección evaluarán trimestralmente, al menos, el grado de cumplimiento de los objetivos y de las actuaciones previstas en los Planes Provinciales de Actuación. La Inspección General de Educación realizará un seguimiento de las evaluaciones trimestrales realizadas por los Servicios a través del Consejo de Inspección. 

De igual forma, la Inspección General de Educación realizará una evaluación de la planificación del primer curso académico del Plan General de Actuación y Formación, en función de la Memoria Anual de los Servicios y de los procedimientos y visitas a las provincias que sean necesarios y dará traslado de las conclusiones al iniciar el curso siguiente. 

Las conclusiones más relevantes se refundirán en una Memoria final y se trasladarán tanto a los Servicios de Inspección como a la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación. La mencionada Memoria final servirá de punto de partida para la elaboración de las siguientes instrucciones. 

8. Evaluación de la Inspección de Educación 

El grupo de trabajo regional de evaluación elaborará el diseño del procedimiento e instrumento de la evaluación de la inspección que en el curso 2024-2025, atenderá a la competencia ético-profesional, según establece el apartado 10 del anexo I del Plan General de Actuación y Formación. 

En lo referente a la evaluación externa se complementará con el seguimiento de los compromisos establecidos en la carta de servicios. 9. Planes Provinciales de Actuación. 

Los Servicios de Inspección de Educación se regirán para elaborar sus planes provinciales anuales por lo marcado en el Plan General de Actuación y Formación. 

Los Planes Provinciales, una vez informados por el Consejo Provincial de Inspección, se remitirán a la Inspección General de Educación para su aprobación. 

El plazo de envío será hasta el día 18 de octubre de 2024. 

10. Memoria Anual

Al finalizar el curso escolar, las conclusiones más relevantes se recogerán en la Memoria Anual que se elevará a la Inspección General de Educación antes del 31 de julio de 2025. La Inspección General de Educación, con el fin de unificar la información de la Memoria Anual en cada provincia y contemplar las adaptaciones que sean necesarias, proporcionará un modelo de memoria. Para la elaboración de la memoria anual se seguirán las directrices establecidas en el apartado 12 del anexo I del Plan General de Actuación y Formación. 

En Toledo a 29 de agosto de 2024 

La Inspectora General de Educación 

SILVIA PURIFICACIÓN MORATALLA ISASI

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