Por Resolución de 29/01/2018 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM nº 21, de 30 de enero), se
convoca concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, en plazas vacantes del ámbito de
gestión de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se dicta la Resolución de 27/02/2018, de la Dirección General
de Recursos Humanos y Planificación Educativa por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos del
proceso selectivo.
Finalizado el plazo de reclamaciones previsto y examinadas las reclamaciones presentadas, procede
aprobar y publicar la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos conforme a la Resolución de convocatoria de
29/01/2018.
De conformidad con lo expuesto, y en el ejercicio de las funciones atribuidas a la Dirección General de Recursos Humanos
y Planificación Educativa por el Decreto 85/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM nº 138, de 16 de julio),
resuelvo:
Primero.
Declarar aprobadas las listas definitivas de admitidos y excluidos en el concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de
Inspectores de Educación, convocado por Resolución de 29/01/2018. Con la presente Resolución se entienden aceptadas
o denegadas, según proceda, las reclamaciones presentadas a las listas provisionales de admitidos y excluidos.
Estas listas se encontrarán expuestas, el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla La
Mancha, en las direcciones provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en la sede de la Consejería de
Educación, Cultura y Deportes y en internet en la página web del Portal de la Educación (www.educa.jccm.es).
Segundo.
Las listas definitivas de admitidos y excluidos contendrán los apellidos, nombre, número del Documento Nacional de
Identidad o, en su caso, del documento de identidad correspondiente para los aspirantes de nacionalidad extranjera.
Asimismo indicarán, en el supuesto de exclusión, la causa de la misma.
Tercero.
El hecho de figurar en la relación definitiva de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de
los requisitos exigidos en el proceso selectivo. Cuando del examen de la documentación que, conforme a esta convocatoria,
debe presentarse en el caso de resultar seleccionado se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los
interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.
Cuarto.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el
Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación conforme establecen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Toledo, 20 de marzo de 2018
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