La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para
la mejora de la calidad educativa, contempla en su Título I los principios básicos de la Educación permanente para las
personas adultas.
La Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha establece los objetivos, ámbitos de actuación,
programas, coordinación, ordenación y tipos de centros educativos en los que se imparten enseñanzas dirigidas a las
personas adultas.
La Orden de 30/01/2006, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se establece la red de centros de Educación
de personas adultas de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha determina en su disposición
tercera .2, que la Consejería de Educación y Ciencia podrá poner en funcionamiento, o cesar en su actividad, las aulas
de Educación de personas adultas en las localidades en las que, por necesidades derivadas de la planificación educativa
sea aconsejable.
La Educación de personas adultas en Castilla-La Mancha experimenta en determinadas zonas educativas una mayor demanda,
y dentro de ella adquieren especial protagonismo las enseñanzas conducentes a la obtención de la titulación básica
y las relacionadas con el aprendizaje de idiomas.
En la Orden de 30/01/2006, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la
que se establece la red de centros de Educación de personas adultas, así como en su modificación de 19/01/2010, se determina
la configuración de dichos centros y el ámbito territorial que conforma cada zona de Educación de personas adultas.
Con el fin de adaptar la oferta educativa a las necesidades de los ciudadanos en Castilla-La Mancha, y en virtud de las
competencias que me otorga el Decreto 85/2015, de 14/07/2015, por el que se establece la estructura orgánica y la
distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelvo:
Primero.
El comienzo de actividades en el curso 2016-2017 del Aula de educación de personas adultas de Brihuega
(Guadalajara), con domicilio en Plaza del Jardinillo 1, con el número de código 19003747, adscrita al centro de educación
de personas adultas “Río Sorbe”, de Guadalajara, código 19002858.
Segundo.
Se autoriza la implantación en dicha aula, a partir del curso 2016-2017, de las enseñanzas que a continuación
se relacionan, en los turnos diurno, vespertino y nocturno:
- Preparación para obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria.
- Apoyo a la Educación Secundaria para personas adultas a distancia.
- Iniciación al Inglés Nivel I.
Tercero.
Se autoriza a la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa a dictar las instrucciones
necesarias y a adoptar las medidas oportunas que exija la aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución.
Cuarto.
Contra la presente resolución podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso de alzada ante el Consejero de
Educación, Cultura y Deportes, conforme a lo dispuesto en los artículo 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre
de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente Resolución surtirá efectos transcurridos veinte días desde su publicación en el Diario Oficial de CastillaLa
Mancha.
Toledo, 5 de julio de 2016
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