jueves, 12 de marzo de 2020

CONCURSO DE TRASLADOS 2020

MAESTROS




ASIGNACIONES MAESTROS

PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA





ASIGNACIONES PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA



La disposición adicional tercera (suspensión de plazos administrativos) del Real Decreto 463/2020, de declaración del estado de alarma, dispuso que, a partir de su entrada en vigor, se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público, estableciendo también que el cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el propio Real Decreto 463/2020 o, en su caso, las prórrogas del mismo. 

Por su parte el RD 465/2020, de modificación del RD 463/2020 de declaración del estado de alarma, dispone que, las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios. 

La entrada en vigor del RD 463/2020 se produce el 14 de marzo de 2020, en pleno plazo de presentación de reclamaciones y renuncias a las adjudicaciones provisionales de destinos de los concursos de traslados convocados por las Resoluciones de 28/10/2019, por tanto, la suspensión se produce en una fase muy avanzada de este proceso. 

Dicho plazo, que es de 5 días hábiles, se inició el 12 de marzo de 2020, habiéndose consumido dos días del mismo antes de la entrada en vigor de la suspensión de plazos administrativos decretada (se consumieron los días 12 y 13 de marzo); teniendo en cuenta, por tanto, que la suspensión de plazos administrativos es efectiva desde el 14 de marzo de 2020, restan por agotar tres días hábiles del plazo de reclamaciones y renuncias. 

En virtud de cuanto antecede y en el ejercicio de las funciones atribuidas por el Decreto 84/2019, de 16 de julio (DOCM nº 141, de 18/07/2019), por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelvo: 

Primero: Reanudar, por razones de interés general, los procedimientos iniciados mediante las Resoluciones que se indican a continuación, considerando que tienen relevancia fundamental para el inicio del curso escolar 2020/2021, puesto que inciden de manera directa en la prestación del servicio educativo, el cual tiene la consideración de servicio de carácter fundamental.

  • a) Resolución de 28/10/ 2019 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito regional y procesos previos del Cuerpo de Maestros para la provisión de puestos de trabajo vacantes en los centros públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Educación de Adultos, dependientes del ámbito de gestión de la comunidad autónoma de Castilla- La Mancha. 
  • b) Resolución de 28/10/2019 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito regional entre funcionarios y funcionarias docentes de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, pertenecientes al ámbito de gestión de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. 

Segundo: El plazo de presentación de reclamaciones y renuncias a las adjudicaciones provisionales de destinos de los concursos de traslados de ámbito autonómico convocados por Resoluciones de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 28/10/2019, que había sido suspendido con la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, se reanuda siendo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente Resolución.


Tercero: Las reclamaciones y renuncias serán examinadas por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes correspondiente al lugar en que el interesado o interesada tenga su destino. 

Cuarto: Las reclamaciones y renuncias se dirigirán a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes que corresponda al lugar en que tenga su destino la persona participante y podrán presentarse en las oficinas y registros a los que alude el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 01/10/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

  • Igualmente, las reclamaciones y renuncias, podrán formalizarse y registrarse de forma telemática a través de la intranet docente del Portal de Educación (www.educa.jccm.es). Para poder acceder (a través del botón “Accede a la Intranet) deberá utilizarse la clave concertada (identificador y contraseña) habitual para el acceso a la intranet del Portal de Educación, donde estará accesible el trámite de formalización y registro telemático de reclamaciones y renuncias. 
  • El profesorado que no disponga de claves de acceso a la intranet docente podrá utilizar la opción de recuperar contraseña en el enlace http://www.educa.jccm.es/profesorado/es/acceso, o solicitarlas en la dirección de correo procesos.edu@jccm.es. 


Quinto: Las reclamaciones se entenderán estimadas o desestimadas con la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa por la que se publique la adjudicación definitiva de los concursos de traslados. 

Sexto: Una vez resueltas las reclamaciones y tramitadas las renuncias presentadas, se procederá a realizar las actuaciones pertinentes para la resolución definitiva de los concursos de traslados conforme a las Resoluciones de convocatoria de 28/10/2019. 

Séptimo: La presente Resolución se publicará en el Diario Oficial de Castilla- La Mancha, así como en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación Cultura y Deportes y en el Portal de Educación (www.educa.jccm.es). 

Octavo: Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso - administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Toledo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 1 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Potestativamente se podrá interponer recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Toledo, 4 de mayo de 2020 

La Consejera de Educación, Cultura y Deportes 
ROSA ANA RODRÍGUEZ PÉREZ

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