Por Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 01/02/2022, se convoca concurso-oposición para el ingreso en el Cuerpo de Maestros por el turno libre, procedimiento para que los funcionarios y funcionarias de carrera del Cuerpo de Maestros puedan adquirir nuevas especialidades y procedimiento de selección de aspirantes a puestos de trabajo docente en régimen de interinidad.
Según dispone la citada Resolución de convocatoria, la selección de los participantes será realizada por los tribunales y las comisiones de selección que serán nombrados al efecto por la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, publicándose su nombramiento en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. De conformidad con lo expuesto, y en el ejercicio de las funciones atribuidas a la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa por el Decreto 84/2019, de 16 de julio, (DOCM nº 141 de 18 de julio), por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelvo:
Primero. Hacer pública la composición de los tribunales de conformidad con lo establecido en el número 22 de la base sexta de la Resolución de convocatoria y que figuran relacionados por especialidades en el anexo I (“composición de tribunales”) de la presente Resolución. La designación de los integrantes de los tribunales, a excepción de los presidentes, se ha realizado de conformidad con el sorteo numérico realizado ante las organizaciones sindicales en Mesa Sectorial celebrada el 29/03/2022. Asimismo, se han tenido en cuenta las solicitudes de exención presentadas y acreditadas en tiempo y forma por los interesados.
Segundo. Hacer públicas las sedes donde se desarrollarán las pruebas, que se recogen en el anexo II.
Tercero. Las comisiones de selección estarán compuestas, de acuerdo con lo previsto en el número 23 de la citada Resolución de convocatoria, por los presidentes de los tribunales de la especialidad y vocales necesarios hasta completarlas en la forma que se determina en el anexo IV de esta Resolución. Actuará como presidente de la comisión de selección, el presidente del tribunal número uno de la correspondiente especialidad.
Cuarto. En el anexo III (“listado de tribunales y primer opositor”) figura la distribución de opositores y opositoras por tribunales. De acuerdo con lo previsto en el número 36 de la base séptima de la Resolución de convocatoria, el orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por la letra O. Los tribunales que no cuenten con aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra O, iniciarán el orden de actuación por los aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra P, y así sucesivamente según corresponda.
Quinto. De acuerdo con lo establecido en el número 35 de la base séptima de la Resolución de convocatoria, las pruebas selectivas darán comienzo el día 18 de junio conforme a lo establecido a continuación:
- Para todas las especialidades convocadas, la presentación y llamamiento tendrá lugar el día 18 de junio, desde las 9:00 horas y hasta las 10:00 horas. Este acto de presentación es de asistencia obligatoria y personal para todos los participantes en los procesos convocados, incluidos los aspirantes del procedimiento de adquisición de nuevas especialidades.
- El acto de presentación tiene carácter personalísimo, no admitiéndose acreditaciones ni poderes de representación. Los aspirantes deberán acudir provistos de documento oficial acreditativo de su identidad (DNI, pasaporte o permiso de conducción).
- Los aspirantes podrán acceder al lugar de realización de las pruebas desde las 9:00 horas (y hasta las 10:00 horas) y se dirigirán al aula que tengan asignada.
- Para las especialidades de Audición y Lenguaje, Pedagogía Terapéutica, Educación Física, Educación Infantil, Primaria, Inglés y Francés,
- la parte A (desarrollo de tema) de la primera prueba se realizará a partir de las 10:00 horas del día 18 de junio
- y, una vez finalizada, a continuación se realizará la parte B (prueba práctica) de la primera prueba.
- Para la especialidad de Música, dado que la prueba práctica (parte B de la primera prueba) en esta especialidad no tiene carácter colectivo, a partir de las 10:00 horas del día 18 de junio se realizará la prueba de desarrollo del tema (debiendo acudir todos los aspirantes a la presentación y llamamiento que, como se ha indicado anteriormente, tendrá lugar desde las 9:00 horas y hasta las 10:00 horas).
- Para la realización de la prueba práctica en la especialidad de Música, los aspirantes, por su orden de actuación, serán citados por los correspondientes tribunales en los días sucesivos.
Sexto. Para la realización de la prueba segunda de la fase de oposición del procedimiento de ingreso (defensa de la programación didáctica y preparación y exposición de una unidad didáctica), los aspirantes que deban realizar esta prueba serán citados, por su orden de actuación, por su tribunal quien fijará fecha y hora para su desarrollo.
- La programación didáctica será entregada por los aspirantes que superen la primera prueba de la fase de oposición al tribunal que les corresponda (al que están asignados como opositores), el mismo día en que sean citados para su defensa por dicho tribunal.
Séptimo. En el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades todos los aspirantes de este procedimiento se asignarán al tribunal número 1 de la correspondiente especialidad.
- Para la realización de la prueba correspondiente al procedimiento de adquisición de nuevas especialidades, los aspirantes serán citados por el tribunal quien fijará fecha y hora para su desarrollo, pudiendo ser citados para la realización de la mencionada prueba el mismo día 18 de junio.
- En todo caso el tribunal deberá realizar los llamamientos con la antelación suficiente (al menos dos días hábiles antes del día señalado para hacer la prueba).
Octavo. Aquellos miembros de los tribunales cuya composición se recoge en la presente Resolución, que se hallen incursos en alguna o algunas de las causas de abstención previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público deberán alegar por escrito y acreditar, en el acto de constitución del tribunal, la causa de su abstención que será resuelta por su presidente. Asimismo, los aspirantes de estos procedimientos podrán recusar a dichos miembros conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la misma ley.
Noveno. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Toledo, 13 de mayo de 2022
El Director General de Recursos Humanos y Planificación Educativa
JOSÉ MANUEL ALMEIDA GORDILLO
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