Orden 19/2024, de 31 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se publica la plantilla, la composición de unidades y otros datos de determinados colegios de Educación Infantil y Primaria, colegios rurales agrupados y centros de Educación Especial. [2024/847] (DOCM de 9 de febrero)
De acuerdo con la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106 de 4 de mayo de 2006), se entiende por Sistema Educativo Español el conjunto de Administraciones educativas, profesionales de la educación y otros agentes, públicos y privados, que desarrollan funciones de regulación, de financiación o de prestación de servicios para el ejercicio del derecho a la educación en España, y los titulares de este derecho, así como el conjunto de relaciones, estructuras, medidas y acciones que se desarrollen al efecto.
Las administraciones educativas son los departamentos de la Administración General del Estado y de las Administraciones de las comunidades autónomas competentes en materia educativa. Por ello, es competencia de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha la ordenación de la plantilla de los centros educativos de la región y la composición de los mismos en cuanto a sus unidades atendiendo a las necesidades de alumnado y características.
El Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, autoriza la modificación de la red de centros de Educación Infantil y Primaria. La adecuación del número de unidades que han de funcionar en cada centro a las necesidades de escolarización es una tarea que se debe realizar en cada curso escolar y compete a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha.
Además de las necesidades de escolarización como criterio prioritario, la adecuación del número de unidades debe orientarse a la consecución de los objetivos del sistema educativo de la Región, establecidos en la Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha. Igualmente, la relación de puestos de trabajo de cada centro debe cubrir las necesidades de escolarización, con las adaptaciones que corresponda, y debe permitir una dotación suficiente que garanticen los objetivos citados en dicha Ley.
Por otro lado, y en consonancia con lo dispuesto en el artículo 128 de la citada Ley, es objetivo de esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes la atención específica a la escuela rural, por lo que procede igualmente la revisión de la red de Colegios Rurales Agrupados en zonas en las que este tipo de centro pueda prestar un mejor servicio educativo y, en consecuencia, una educación de mayor calidad.
A estos efectos, la Orden de 25/03/2009, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regulan los procesos de constitución, modificación y supresión de Colegios Rurales Agrupados de Educación Infantil y Primaria, y las adscripciones y desplazamientos de los maestros y maestras con destino definitivo en estos centros que se produzcan como consecuencia de dichos procesos, faculta a la Dirección competente en materia de creación de centros docentes para proponer la resolución que proceda a los expedientes de constitución de nuevos Colegios
Rurales Agregados o a la modificación de los ya existentes.
En consecuencia, examinadas las propuestas de la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas y de la Dirección General de Recursos Humanos, como órganos competentes conforme al Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y distribución de las competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM año XLII Núm. 144 de 28 de julio de 2023), dispongo:
Primero.- Hacer pública la plantilla de los centros públicos que se indican, las modificaciones que se han introducido y las variaciones realizadas en las itinerancias con relación a la situación precedente establecida por la Orden 11/2023 de 26 de enero,así como aquellas otras variaciones en la composición de unidades y en los datos de determinados centros, según anexos adjuntos a la presente Orden:
- Anexo I: Colegios de Educación Infantil y Primaria.
- Anexo II: Colegios Rurales Agrupados.
- Anexo III: Centros de Educación Especial
Segundo.- Todas las modificaciones reguladas en esta Orden tendrán efecto a partir del curso 2024/2025, desde el 01/09/2024.
Tercero.- Se autoriza a la Dirección General de Recursos Humanos para que, en el ámbito de sus competencias, dicte las instrucciones necesarias y adopte las medidas oportunas que exija la aplicación de esta Orden.
Cuarto.- Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 31 de enero de 2024
El Consejero de Educación, Cultura y Deportes
AMADOR PASTOR NOHEDA
PROVINCIA DE CUENCA
- CEIP Nº 1 ARCAS DEL VILLAR 16010194
- C/Miguel de Cervantes, s/n
- Nuevo 3 + 9 3EI 8EP 2FI 1EF 1MUS 1PT
- CEIP FRAY LUIS DE LEÓN BELMONTE 16000280
- C/Eugenio López, nº 2
- Pasa de 2 + 6 a 2 + 5
- 2 EI 4EP -1PRING 1FI (-1) 1EF 1PT 1MUcomp
- CEIP VIRGEN DE LA ROSA BETETA 16000358
- C/ La Cava, s/n
- 1 1FI AL compartido con CRA Los Sauces Cañamares
- CEIP LUIS DE MATEO CASASIMARRO 16000693
- Paseo San Miguel, 4
- Pasa de 5 + 11 a 6 + 11
- 6 EI (+1) 10EP 3FI 2EF 1MUS 1PT AL compartido con IESO
- CEIP CASABLANCA CUENCA 16001041
- C/Casablanca, 6
- 3 + 6
- 3EI 5EP 2FI 1EF 1PT MUcomp ALcomp
- MU se comparte con Fray Luis de León, AL con Ciudad Encantada
- CEIP CIUDAD ENCANTADA CUENCA 16008722
- C/ Álvaro de Luna, s/n
- 6 + 12
- 6EI 11EP 3FI 2EF 1MU 1PT ALcomp con Casablanca
- CEIP EL CARMEN CUENCA 16000802
- Pza. del Cármen, 4
- 3 + 6
- 2EI 2EIING 7FI British 1EF 1PT MUit ALcomp Santa Ana
- CEIP FEDERICO MUELAS CUENCA 16003487
- C/Colón, 4
- 3 + 6
- 3EI 4EP 1EPING 2FI 1EF 1MUcomp 1ALcomp
- MU comparte con Ramón y Cajal, AL comparte con Isaac Albéniz
- CEIP FRAY LUIS DE LEÓN CUENCA 16003074
- C/Astrana Marín, 6
- 3 + 6
- 2EI 1EIING 2EP 2EPING 3FI 1EF 1MUcomp 1ALcomp
- MU compartido con Casablanca AL compartido con Hnos Valdés
- CEIP FUENTE DEL ORO CUENCA 16003529
- Avda. San Julián, s/n
- 6 + 13
- 4EI 4EIING 8EP 3EPING 4FI 2EF 1MU 1PT 1ALiti
- CEIP HERMANOS VALDÉS CUENCA 16008643
- C/Río Valhermoso, s/n
- 6 + 14
- 6EI 13EP 3FI 2EF 1MU 1PT 1ALcomp con Fray Luis León
- CEIP ISAAC ALBÉNIZ CUENCA 16009878
- Av. Música Española, s/n
- 6 + 12
- 5EI 1EIING 8EP 1EPING 5FI 2EF 1MU 1PT 1ALcomp Federico
- CEIP LA PAZ CUENCA 16000838
- C/Jorge Torner, 43
- 6 + 12
- 6EI 9PRI 3FI 2FF 2EF 1MU 1PT 1ALcomp Santa Teresa
- CEIP RAMÓN Y CAJAL CUENCA 16000841
- C/ Garcilaso de la Vega, 2
- 3 + 6
- 3EI 5EP 2FI 1EF 1MUcomp 1PT 1ALcomp
- MU compartido con Federico Muelas AL compartido con San Fernando
- CEIP SAN FERNANDO CUENCA 16003608
- C/ Hermanos Becerril, 23
- Pasa de 4 + 12 a 4 + 11
- 3EI 1EIING 9EP 1EPING (-1) 3FI 2EF 1MU 1PT 1ALcomp Ramón
- CEIP SANTA ANA CUENCA 16000863
- C/Escultor Marco Pérez, 1
- 6 + 13
- 4EI 2EIING 9EP 3EPING 3FI 1EF 1EFING 1MU 1PT 1ALcomp
- AL compartido con El Cármen
- CEIP SANTA TERESA CUENCA 16003256
- C/Segóbriga, s/n
- Pasa de 3 + 10 a 3 + 9
- 1EI 2EIING 5EP (-1) 2EPING 3FI (-1) 1EF (-1) 1MU 1PT 1ALcomp
- AL comparte con La Paz
- CEIP JUAN GUALBERTO AVILÉS EL PEDERNOSO 16001821
- Av. Constitución, s/n
- 2 + 4
- 2EI 3EP 1FI 1EFcomp 1MUcomp 1PTcomp 1ALcomp
- CEIP SANTA CRISTINA EL PROVENCIO 16001995
- C/Escuelas, 2
- 3 + 6
- 2EI 1EIING 3EP 1EPING 3FI 1EF 1MUcomp 1PT 1ALcomp
- MU compartido con CEIP Las Mesas
- AL atiende a IESO y Las Mesas CEIP e IESO
- CEIP JOSÉ MONTALVO HORCAJO DE SANTIAGO 16001314
- C/Ángela Rosa de Silva, s/n
- 6 + 12
- 6EI 10EP 1EPING 3FI 2EF 1MU 1PT 1ALcomp con Villamayor
- CEIP MARÍA JOVER INIESTA 16001405
- C/Convento, 9
- 6 + 13 + 1EE
- 6EI 12EP 3FI 2EF 1MU 2PT 1ALcomp con Villagarcía
- CEIP HERMANOS AMORÓS FERNÁNDEZ LAS MESAS 16001533
- C/ Hermanos Amorós, 2
- 3 + 6
- 2EI 1EIING 3EP 1EPING 3FI 1EF 1MUcomp 1PT 1ALcomp
- CEIP ADOLFO MARTÍNEZ CHICANO LAS PEDROÑERAS 16001831
- C/Alicia Gómez Jareño, s/n
- 7 + 17
- 5EI 2EIING 12EP 3EPING 5FI 2EF 1MU 1PT 1AL
- CEIP VIRGEN DEL ROSARIO VALERA DE ABAJO 16002586
- C/ San Roque, 10
- 3 + 6
- 3EI 5EP 2FI 1EF 1MUcomp 1PT 1ALcomp con CRA Valverde
- CEIP SAN ROQUE LEDAÑA 16001478
- C/La Vega, 22
- 3 + 6
- 3EI 5EP 2FI 1EF 1MUcomp 1PT 1ALcomp
- MU comparte con Minglanilla y AL comparte con Quintanar del Rey
- CEIP PRINCESA SOFÍA MINGLANILLA 16001557
- Ctra. de Cuenca - Albacete, s/n
- 4 + 8
- 4EI 7EP 2FI 1EF 1MUcomp 1PT 1ALcomp
- MU comparte con Ledaña y AL comparte con Graja de Iniesta
- CEIP SANTA RITA MOTA DEL CUERVO 16009945
- Pza. Ruiz Jarabo, s/n
- 3 + 9
- 3EI 8EP 1FI 1EF 1EFit 1MU 1PT 1ALcomp
- EF itinera a El Pedernoso y AL va al otro cole
- CEIP VIRGEN DE MANJAVACAS MOTA DEL CUERVO 16001624
- C/ Desafío, 26
- 6 + 12
- 4EI 2EIING 8EP 2EPING 4FI 2EF 1MU 1PT 1ALcomp
- CEIP SAN GIL ABAD MOTILLA DEL PALANCAR 16001651
- C/Benito Pérez Galdós, s/n
- 9 + 18
- 10EI 17EP 4FI 3EF 1MU 1PT 1AL
- CEIP PAULA SOLER SANCHIZ QUINTANAR DEL REY 16009957
- C/ Obispo Pascual Carrascosa, s/n
- 3 + 6
- 3EI 4EP 1EPING 2FI 1EFING 1MUiti 1PT 1ALcomp
- MU itinera a Villagarcía y al otro cole
- CEIP VALDEMEMBRA QUINTANAR DEL REY 16002033
- C/Isaac Peral, 2
- 8 + 19
- 9EI 18EP 4FI 3EF 1MU 1MUiti 1PT 1AL
- CEIP RAFAEL LÓPEZ DE HARO SAN CLEMENTE 16002151
- C/Emiliano Fernández Ayuso, 7
- 6 + 14
- 5EI 1EIING 11EP 2EPING 3FI 2EF 1MU 1PT 1ALcomp Sisante
- CEIP FERNÁNDEZ TURÉGANO SISANTE 16002264
- Paseo del Convento, 2
- 3 + 6
- 3EI 5EP 2FI 1EF 1MUcomp 1PT 1ALcomp
- CEIP DUQUE DE RIANSARES TARANCÓN 16002321
- Av. Reina Sofía, s/n
- Pasa de 7 + 15 a 7 + 16
- 7EI 15EP (+1) 4FI 2EF 1MU 1PT 1ALiti
- CEIP GLORIA FUERTES TARANCÓN 16004443
- C/General Emilio Villaescusa, 14
- 6 + 16 + 1EE
- 6EI 11EP 3EPING 5FI 2EF 1MU 2PT 1ALiti
- CEIP VIRREY NÚÑEZ DE HARO VILLAGARCÍA DEL LLANO 16002720
- C/Virgen, 21
- 1 + 3
- 1EI 2EP 1FI 1MUcomp 1ALcomp
- MU comparte con Quintanar y AL comparte con Iniesta
- CEIP GÚZQUEZ VILLAMAYOR DE SANTIAGO 16002781
- Ctra. de Hontanaya, 20
- 3 + 7
- 2EI 1EIING 4EP 1EPING 3FI 1EF 1PT 1ALcomp con Horcajo
- CEIP HERMENEGILDO MORENO VILLANUEVA DE LA JARA 16002823
- C/Carrero Blanco, 6
- Pasa de 4 + 11 a 4 + 10
- 4EI 9EP (-1) 3FI 2EF 1MU 1PT
- CRA
PROVINCIA DE GUADALAJARA
- CEIP CAMPIÑA VERDE ALOVERA 19008186
- Avda. Doña María de las Mercedes, 22
- 6 + 15
- 6EI 14EP 4FI 2EF 1MU 1PT 1AL
- CEIP PARQUE VALLEJO ALOVERA 19008034
- C/ Rafael Alberti, 27
- Pasa de 6 + 12 a 5 + 12
- 5EI (-1) 11EP 3FI 2EF 1MU 1PT 1ALiti
- CEIP VIRGEN DE LA PAZ ALOVERA 19000205
- C/ San Sebastián, 18
- 6 + 12
- 5EI 1EIING 8EP 2EPING 4FI 2EF 1MU 1PT 1ALcomp
- AL compartido con Quer
- CEIP LA ESPIGA AZUQUECA 19008745
- C/Rafael Nadal, 2
- Pasa de 6 + 14 a 6 + 13
- 5EI 1EIING 9EP 2EPING (-1) 4FI 2EF 1MUING 1PT 1ALcomp
- AL compartido con Virgen de la Soledad
- CEIP LA PALOMA AZUQUECA 19008095
- C/Gonzalo Torrente Ballester, s/n
- 9 + 20
- 7EI 3EIING 12EP (-1) 4EPING (+1) 7FI 2EF 1EFING 1MUINGiti 1PT 1AL
- MUING compartido con Maestra Plácida Herranz
- CEIP LA PAZ AZUQUECA 19000333
- C/ La Flor, s/n
- Pasa de 6 + 18 a 6 + 17
- 6EI 16EP (-1) 4FI 2EF(-1) 1MU 1PT 1AL
- CEIP MAESTRA PLÁCIDA HERRANZ AZUQUECA 19003863
- C/Chueca, s/n
- Pasa de 9 + 20 a 8 + 20
- 8EI 1EIING (-1) 14EP 3EPING 5FI 1FF 3EF 1MU 1MUINGcomp 1PT 1AL
- MUING compartido con La Paloma
- CEIP SIGLO XXI AZUQUECA 19004004
- C/Dinamarca, 6
- 6 + 13
- 6EI 12EP 3FI 2EF 1MU 1PT 1ALiti
- CEIP VIRGEN DE LA SOLEDAD AZUQUECA 19000357
- C/San Miguel
- 3 + 13
- 3EI 12EP 3FI 2EF 1MU 1PT 1ALcomp
- AL compartido con La Espiga
- CEIP NUESTRA SEÑORA DE LA PEÑA BRIHUEGA 19000394
- C/Quiñoneros
- Pasa de 3 + 6 a 3 + 7
- 3EI 6EP (+1) 2FI 1EF 1MUcomp 1PT 1ALcomp
- MU compartido con Jadraque y AL compartido con Torija y Trijueque
- CEIP LA SENDA CABANILLAS 19008216
- C/Ciprés, 2
- Pasa de 5 + 13 a 6 + 13
- 6EI (+1) 12EP 3FI 2EF 1MU 1PT 1ALcomp con San Blás
- CEIP LOS OLIVOS CABANILLAS 19008046
- C/San Juan de la Cruz, 2
- Pasa de 4 + 10 a 4 + 9
- 3EI 1EIING 6EP (-1) 2EPING 2FI (-1) 1EF 1EFINGcomp (-1MU) 1MUING 1PT 1ALitin
- EFING compartido con Villanueva
- CEIP SAN BLAS CABANILLAS 19000461
- C/ Soledad, 27
- 3 + 7
- 3EI 6EP 2FI 1EF 1MUINGcomp 1PT 1ALiti
- MUING compartido con CEIP Alcarria en Guadalajara
- CEIP JOSÉ INGLÉS CHILOECHES 19000710
- C/José Inglés, s/n
- Pasa de 5 + 13 a 6 + 12
- 6EI (+1) 10EP (-1) 3FI 1FF 2EF 1MU 1PT 1ALcompt con Pozo
- CEIP SAN FRANCISCO CIFUENTES 19000618
- Camino del Val, s/n
- 3 + 6
- 3EI 5EP 2FI 1EF 1MUcomp con Trillo 1PT 1ALcomp con IES y Trillo
- CEIP MAESTROS DEL CASAR EL CASAR 19000552
- Avenida de los Maestros, 3
- 5 + 11
- 4EI 1EIING 8EP 2EPING 3FI 2EFING 1MU 1PT 1ALitin
- CEIP EL COTO EL CASAR 19008162
- Avenida Bruselas, s/n
- Pasa de 4 + 12 a 3 + 12
- 2EI 1EIING (-1) 7EP 2EPING 5FI 2EF 1MUING 1PT 1ALitin
- CEIP MARÍA MONTESSORI EL CASAR 19009427
- Avenida Los Arenales, s/n
- 5 + 11
- 3EI 2EIING 7EP 2EPING 4FI 2EFING 1MU 1PT 1ALitin
- CEIP VIRGEN DE LA SOLEDAD FONTANAR
- CEIP CLARA SÁNCHEZ GALÁPAGOS
- CEIP ALCARRIA GUADALAJARA
- CEIP ALVARFÁÑEZ DE MINAYA GUADALAJARA
- CEIP
Resolución de 09/02/2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se dictan instrucciones complementarias como consecuencia de la modificación de las plantillas de maestros y maestras en determinados colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, Educación Especial, colegios rurales agrupados, centros de Educación de Personas Adultas e institutos de Educación Secundaria. [2024/1091] (DOCM de 16 de febrero)
Por Orden 19/2024, de 31 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (DOCM nº 29, de 9 de febrero), se publica la plantilla, la composición de unidades y otros datos de determinados colegios públicos de educación infantil y primaria, colegios rurales agrupados y centros de educación especial.
Asimismo, por Orden 15/2024, de 31 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM nº 29, de 9 de febrero) se publica la plantilla orgánica de maestros y maestras en institutos y secciones de educación secundaria, y por Orden 17/2024, de 31 de enero, de la propia Consejería de Educación, Cultura y Deportes, se publican las plantillas orgánicas de los centros y aulas de educación de personas adultas (DOCM nº 29, de 9 de febrero).
A fin de determinar qué maestros y/o maestras serían los afectados por las modificaciones de plantilla realizadas por dichas órdenes, se hace preciso dictar las presentes instrucciones.
De conformidad con lo expuesto, y en el ejercicio de las funciones atribuidas a la Dirección General de Recursos Humanos por el Decreto 108/2023, de 25 de julio (DOCM nº 144, de 28 de julio), por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelvo:
Primero.
Para establecer qué maestros y/o maestras han de ser desplazados, en los casos en que esto sea necesario en función de las modificaciones de las plantillas orgánicas establecidas en la Orden 19/2024 por la que se publica la plantilla, la composición de unidades y otros datos de determinados colegios públicos de educación infantil y
primaria, colegios rurales agrupados y centros de educación especial, en la Orden 15/2024 por la que se publica la plantilla orgánica de maestros y maestras en institutos y secciones de educación secundaria y en la Orden 17/2024 por la que se publican las plantillas orgánicas de los centros y aulas de educación de personas adultas, se aplicarán los criterios para el desplazamiento previstos en la disposición adicional segunda, apartado 1, del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre (BOE nº 263, de 30/10/2010), por el que se regula el concurso de traslados de los
funcionarios y funcionarias de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y otros procesos de provisión de puestos.
Segundo.
En aquellos casos en que un puesto ordinario haya sido transformado en singular-itinerante y en los que un puesto singular-itinerante haya sido transformado en ordinario, el maestro o maestra titular del puesto transformado tendrá la opción de adscribirse al nuevo puesto o ser suprimido/a, teniendo en cuenta que, para solicitar la adscripción al nuevo puesto, o a otro que estuviese vacante en el centro, deberá poseer la habilitación correspondiente.
Tercero.
En aquellos casos en que se haya modificado el ámbito de itinerancia de un puesto calificado como itinerante, el maestro o maestra titular del puesto transformado podrá optar por continuar en el puesto modificado o por solicitar el cese en el mismo. Los maestros y maestras que voluntariamente soliciten el cese en el centro, presentarán al director o directora del centro, en el plazo de 10 días a contar desde la fecha de recepción de la notificación efectuada por dicho director o directora, solicitud de cese dirigida a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes correspondiente.
Cuarto.
En los supuestos contemplados en la Orden de 25/03/2009, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regulan los procesos de constitución, modificación y supresión de colegios rurales agrupados de educación infantil y
primaria, y las adscripciones y desplazamientos de los maestros y maestras con destino definitivo en estos centros que se produzcan como consecuencia de dichos procesos (DOCM nº 66, de 6 de abril), serán de aplicación las disposiciones establecidas por dicha Orden.
Toledo, 9 de febrero de 2024
El Director General de Recursos Humanos
JOSÉ MANUEL ALMEIDA GORDILLO
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