El Trastorno por déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) es un trastorno del
neurodesarrollo de gran incidencia en el ámbito escolar. El niño o niña que padece
TDHA tiene una gran dificultad para prestar atención, concentrarse y puede presentar
un nivel de actividad e impulsividad superior a los niños o niñas de su edad.
Estas conductas se manifiestan al menos en dos o más contextos y les ocasionan
problemas escolares, tanto de rendimiento como sociales y de integración que, si no
son tratados adecuadamente pueden llevar al fracaso, abandono escolar e
inadaptación social y desajuste emocional.
La actuación con menores de edad que presentan este trastorno se convierte en un
objetivo primordial de nuestro sistema social, educativo y sanitario.
Se requiere un
fuerte compromiso desde las administraciones con el objeto de lograr una mejor
atención y un abordaje desde una perspectiva integral que ofrezca una respuesta
adecuada a sus necesidades; dotando para ello, de los recursos necesarios en cada una
de las áreas citadas.
Para alcanzar una intervención eficaz se considera necesario implementar medidas de
detección, de intervención y coordinación entre todos los sectores implicados, con la
finalidad de planificar una intervención multidisciplinar acorde a las necesidades de
forma temprana que permitan agilizar los procesos de detección, atención y puesta en
marcha de medidas que supongan, la superación, o al menos, la minimización de sus
dificultades.
Esta guía pretende ser un recurso de apoyo más, que facilite a la comunidad educativa
disponer de estrategias y recursos para dar una respuesta de calidad a las Necesidades
Específicas de Apoyo educativo del alumno con TDAH.
La presente guía recoge en primer lugar un apartado de carácter conceptual donde se
recogen los indicadores diagnósticos del trastorno del neurodesarrollo
correspondientes a lo contemplado en el Manual diagnóstico y estadístico (DSM-5),
de la Asociación Americana de Psiquiatría (American Psychiatric Association).
En segundo lugar y dada la importancia de la detección temprana y la necesaria
colaboración interprofesional en esta labor, se detalla y recoge el protocolo de
coordinación (protocolo de coordinación de Trastorno por Déficit de Atención e
Hiperactividad firmado dentro del Acuerdo Marco por las Consejerías de Sanidad,
educación y Bienestar Social) con el objeto de aunar actuaciones, mejorar la
coordinación y el intercambio de información para poder dar una respuesta a la
población infantil y juvenil en un marco colaborativo.
Se recogen en el apartado de
anexos, con carácter eminentemente práctico la relación de documentos que
permiten la puesta en marcha efectiva de dicho protocolo de coordinación.
En tercer lugar se exponen un conjunto de estrategias y de orientaciones de carácter
metodológico, que pueden facilitar al profesorado el ajuste de la respuesta educativa
en el contexto del aula.
Por último, se recogen en el apartado de anexos otros recursos de interés para la
detección temprana y la valoración de las Necesidades Específicas de Apoyo
educativo, así como enlaces y direcciones de interés que ayuden a los profesionales a
un mejor desempeño en sus actuaciones profesionales.
El TDAH es un trastorno del neuro desarrollo que se caracteriza por tres síntomas
clave: el déficit de atención, la hiperactividad, y la hiperactividad tanto cognitiva como
conductual. El Manual diagnóstico y estadístico (DSM-5), de la Asociación Americana
de Psiquiatría (American PsychiatricAssociation) recoge una serie de indicadores de
referencia para facilitar a los diferentes profesionales el diagnóstico del TDAH.
Las personas con TDAH muestran un patrón persistente de falta de atención o
hiperactividad/impulsividad que interfiere con el funcionamiento o el desarrollo:
1. LA FALTA DE ATENCIÓN
Seis o más síntomas de falta de atención para niños de hasta 16 años de edad, o cinco
o más para adolescentes de 17 años de edad o más y adultos. Los síntomas de falta de
atención han estado presentes durante al menos 6 meses y son inapropiados para el
nivel de desarrollo de la persona:
- A menudo no logra prestar adecuada atención a los detalles o comete errores por descuido en las actividades escolares, en el trabajo o en otras actividades.
- A menudo tiene problemas para mantener la atención en tareas o actividades recreativas.
- A menudo pareciera que no escucha cuando se le habla directamente.
- A menudo no cumple las instrucciones y no logra completar las actividades escolares, las tareas del hogar o las responsabilidades del lugar de trabajo (p. ej., pierde la concentración, se desvía).
- A menudo tiene problemas para organizar tareas y actividades.
- A menudo evita, le disgustan o se niega a hacer tareas que requieren realizar un esfuerzo mental durante un periodo prolongado (como las actividades o las tareas escolares).
- A menudo pierde cosas necesarias para las tareas y actividades (p. ej., materiales escolares, lápices, libros, herramientas, billeteras, llaves, papeles, anteojos, teléfonos celulares).
- A menudo se distrae con facilidad.
- A menudo se olvida de las cosas durante las actividades diarias.
- A menudo se mueve nerviosamente o da golpecitos con las manos o los pies, o se retuerce en el asiento. • A menudo deja su asiento en situaciones en las que se espera que se quede sentado.
- A menudo corre o trepa en situaciones en las que no es adecuado (en adolescentes o adultos puede limitarse a una sensación de inquietud).
- A menudo no puede jugar o participar en actividades recreativas de manera tranquila.
- A menudo se encuentra “en movimiento” y actúa como si “lo impulsara un motor”.
- A menudo habla de manera excesiva.
- A menudo suelta una respuesta antes de que se termine la pregunta.
- A menudo le cuesta esperar su turno.
- A menudo interrumpe a otros o se entromete (p. ej., se mete en conversaciones o juegos).
OTRAS CONDICIONES
Además, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Varios de los síntomas de falta de atención o hiperactividad/impulsividad se presentaron antes de los 12 años de edad.
- Varios de los síntomas se presentan en dos o más contextos (como en el hogar, la escuela o el trabajo; con amigos o familiares; en otras actividades).
- Hay indicios claros de que los síntomas interfieren con el funcionamiento social, escolar y laboral, o que reducen su calidad.
- Los síntomas no tienen una explicación mejor si se los asocia a otro trastorno mental (como trastorno del estado de ánimo, trastorno de ansiedad, trastorno disociativo o trastorno de la personalidad). Los síntomas no ocurren solo durante el curso de episodios de esquizofrenia u otro trastorno psicótico.
- Presentación combinada: Si se presentaron suficientes síntomas de ambos criterios, los de falta de atención y los de hiperactividad/impulsividad, durante los últimos 6 meses.
- Presentación en la que predomina la falta de atención: Si se presentaron suficientes síntomas de falta de atención, pero no de hiperactividad/impulsividad, durante los últimos seis meses.
- Presentación en la que predomina la hiperactividad/impulsividad: Si se presentaron suficientes síntomas de hiperactividad/impulsividad, pero no de falta de atención, durante los últimos seis meses.
- Dado que los síntomas pueden cambiar con el paso del tiempo, la presentación también puede cambiar con el tiempo.
El TDAH puede ir asociado a otras dificultades de aprendizaje como el trastorno de la
lectura, de la escritura, del cálculo, etc., y se presenta de forma combinada con
muchas de ellas. A veces se intenta hacer una preeminencia de unas sobre otras,
cuando es difícil de calibrar estos aspectos, en numerosas ocasiones cabe aceptar que
el diagnostico no acaba solo en el TDAH y es necesario valorar si existen otras
dificultades de aprendizaje.
3. PROTOCOLO DE COORDINACIÓN
Este apartado recoge el protocolo de coordinación (protocolo de coordinación de
Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad firmado dentro del Acuerdo
Marco por las Consejerías de Sanidad, educación y Bienestar Social) y establece los
pasos a seguir para la detección temprana, valoración, elaboración y la
responsabilidad de cada uno de los y las profesionales implicados en este proceso.
3.1. INICIO DEL PROTOCOLO EN EL CENTRO EDUCATIVO
Si en el centro educativo se observan dificultades que afecten de forma significativa al
rendimiento académico, al comportamiento en relación con los demás, el tutor o
tutora comentará y contrastará los aspectos observados con el equipo docente con el
fin de conocer su opinión al respecto, para proceder a realizar la demanda por escrito.
El orientador u orientadora, tras recoger la demanda efectuada por la tutora o el tutor,
inicia el proceso de evaluación psicopedagógica, si ello fuera necesario, poniéndose en
marcha las medidas educativas en el centro escolar; igualmente se darán
orientaciones y se realizará un trabajo coordinado con la familia.
Si se valora la existencia de indicadores suficientes que apunten a la posibilidad de un
posible TDAH, se solicitará la autorización familiar (Anexo 5.1) para continuar las siguientes fases y poder realizar la derivación pertinente y coordinar actuaciones entre
los servicios educativo, sanitario o social si fuese necesario.
En el caso de no obtener consentimiento familiar, una vez agotadas las vías ordinarias
de trabajo con la familia en el centro en el marco de la acción tutorial, si existiese una
repercusión muy negativa en el contexto escolar de esta problemática, el director o
directora del centro informará a la Inspección educativa para valorar la necesidad de
iniciar otras medidas.
En la página correspondiente del portal de educación y el anexo de esta guía, se
incluye un listado orientativo de pruebas, cuestionarios y escalas que los profesionales
de la orientación pueden utilizar en el ámbito escolar, para detección y valoración del
TDAH.
Una vez realizado el informe psicopedagógico, según modelo facilitado a través del
Anexo 5.2, el orientador u orientadora, entregará una copia a la familia o tutor/a legal,
junto a una copia anexa de la Autorización familiar, que lo remitirá al pediatra/MAP
quedando la documentación recogida en el expediente del alumno.
Si no se valorasen indicadores relacionados con TDAH, pero sí de otra posible
problemática, se continuará con la derivación a los servicios sanitarios u otros
especialistas. La o el Pediatra/Medico Atención Primaria (PAM) cursaría la derivación a
otros servicios sanitarios especializados adjuntando la información pertinente.
En el supuesto de que la familia aporte un diagnóstico sanitario público o privado, así
como valoración de otras entidades, los especialistas de orientación educativa las
considerarán, continuando con la evaluación psicopedagógica, si fuese necesario.
3.2 INICIO DEL PROTOCOLO DESDE PEDIATRÍA O ATENCIÓN PRIMARIA
Ante la sospecha extraída en alguna de las revisiones o atendiendo la demandada de
la familia, y ante la existencia de indicadores de TDAH, el pediatra o MAP, solicitará
información al centro educativo previa autorización familiar (Anexo 5.1), para
compartir información entre los servicios sociales, educativos y sanitarios.
La o el Pediatra/ MAP trasladará junto con la petición de información al centro escolar
otra información relevante para el ámbito educativo (Anexo 5.4 y 5.5).
El orientador u orientadora recoge la información del ámbito escolar junto con el tutor
o tutora y equipo docente y elabora un informe que por medio de la familia devuelve
al pediatra/MAP. (Anexo 5.3 o el Anexo 5.2).
El pediatra/MAP puede detectar la necesidad de valoración especializada del ámbito
sanitario desde el inicio del proceso, por lo que la petición de información al centro
escolar no excluye la derivación en paralelo a otros servicios.
3.3. DERIVACIÓN DEL PEDIATRA A SERVICIOS MÉDICOS ESPECIALIZADOS
Cuando exista firme sospecha de existencia de un TDAH, el Pediatra/ MAP derivará a
la Unidad de Salud Mental Infanto Juvenil por medio del Anexo 5.4, así como a otros
especialistas teniendo en cuenta los criterios de derivación adicional y los referentes
recogidos en el del Anexo 5.9.
Con independencia del tratamiento a que hubiera lugar por la presencia de otras
comorbilidades, si persiste la sospecha de TDAH, estos especialistas remitirán la
información a la USMIJ, donde se pondrá el diagnóstico y tratamiento definitivo.
3.4. DERIVACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA O
ESPECIALIZADA AL PEDIATRA/MAP Y CENTRO EDUCATIVO
Cuando desde los Servicios Sociales de Atención Primaria, atendiendo a la demanda
de la familia o bien desde los servicios de atención especializada, se detecten indicios
de que el menor presente sospechas de TDAH, se acordará con ella, la derivación al
MAP para el inicio del protocolo.
De igual forma se procederá a la comunicación con el
centro educativo de la actuación realizada desde los Servicios Sociales de Atención
Primaria y se establecerán el plan de intervención socio-educativo más idóneo hasta
confirmar diagnóstico. Pediatra/ MAP, podrá en conocimiento a los Servicios Sociales
de Atención Primaria especializada las actuaciones realizadas.
3.5. CONFIRMACIÓN DEL DIAGNÓSTICO POR USMIJ, INFORMACIÓN A OTROS
SERVICIOS
La USMIJ cumplimentará el Anexo 5.6 y 5.7, o en su caso, el formulario de
procedimiento habitual a primaria para confirmar o no la sospecha, y se trasladará
tanto al pediatra/MAP, al centro educativo u otros servicios si fuese necesario.
Este
anexo también se utilizará para intercambiar información con el centro escolar,
cualquiera que sea el estado del proceso diagnóstico o la no confirmación de éste.
En
caso de que desde la USMIJ haya derivado a otros servicios adicionales, los anexos
citados anteriormente recogerán las conclusiones de los otros especialistas.
Una vez confirmado o descartado el diagnóstico, se concluirá el proceso de evaluación
psicopedagógica en el centro con el ajuste de las medidas educativas necesarias.
3.6. SEGUIMIENTO, INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN POSTERIOR AL
DIAGNÓSTICO
En el seguimiento de los casos detectados e identificados es fundamental valorar la
evolución y eficacia de las medidas que se aplican en los diferentes ámbitos.
De tal manera que, cuando esté próxima la siguiente cita con el especialista, el
orientador u orientadora junto con el tutor o tutora, recogerán la información del
equipo docente y cumplimentarán el Anexo 5.8., que se entregará a la familia.
Este
mismo anexo recoge la evolución del menor desde el ámbito sanitario, que será
cumplimentado por el profesional de Salud Mental y devuelto al centro escolar
igualmente con la familia.
La utilización del anexo especificado, no excluye otros medios de comunicación que
pudiesen realizarse para casos concretos entre los respectivos profesionales.
Ante la situación detectada por Servicios Sociales de Atención Primaria, en alguno de
los sistemas de protección implicados en la atención al menor, confirmado el
diagnostico de TDAH, se procederá a establecer la construcción de un plan de
intervención social en el que se identifiquen los apoyos que precisa la familia,
objetivos y actuaciones que deben realizarse con cada uno de ellos.
RECOMENDACIONES METODOLÓGICAS
VALORACIÓN HIPERACTIVIDAD
RECOMENDACIONES METODOLÓGICAS
VALORACIÓN HIPERACTIVIDAD
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