lunes, 21 de junio de 2021

ORDEN GUÍA EDUCATIVA SANITARIA 2021/2022

Orden 86/2021, de 18 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la Guía Educativo-Sanitaria de inicio de curso 2021/2022. [2021/7427] (DOCM de 21 de junio)

 Los centros educativos son espacios de convivencia donde es necesario establecer siempre medidas de prevención, higiene y promoción de la salud. En la situación derivada de la COVID-19, estas medidas deben extremarse y adoptarse en coordinación con las medidas de salud pública adoptadas en la comunidad. 

Por ello, en el curso 2020/2021, se aprobó la Orden 150/2020, de 31 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la Guía Educativo-Sanitaria, que incluía medidas preventivas y de gestión eficaz y coordinada con las autoridades sanitarias de los casos en los centros educativos, para posibilitar su identificación precoz y los posibles focos de transmisión en colectivos específicos, así como la respuesta que haya que darse en los diferentes escenarios para controlar un posible brote. 

Además, las medidas adoptadas tenían como objetivo compatibilizar de manera muy especial el derecho fundamental a la educación con el inseparable derecho a la salud, individual y colectiva. La actual situación epidemiológica, la estrategia de vacunación frente a COVID-19, la revisión de la evidencia científica disponible y las lecciones aprendidas, la gestión de la incertidumbre de la evolución de la pandemia a nivel internacional, y el consenso de que se deben preservar los centros educativos abiertos por su impacto en la salud, el bienestar emocional, la equidad y el nivel educativo en la infancia y adolescencia, determinan la necesidad de aprobar una nueva guía para el curso 2021-2022, en la que se incorporen las pautas acordadas en la Comisión de Salud Pública el 18.05.2021, y que posibiliten la máxima presencialidad en un entorno seguro y saludable, con la flexibilidad necesaria en función del escenario epidemiológico. 

El artículo 9 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece que: “Las administraciones educativas deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de los centros docentes, públicos o privados, que impartan las enseñanzas contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, de las normas de desinfección, prevención y acondicionamiento de los citados centros que aquellas establezcan. 

En cualquier caso, deberá asegurarse la adopción de las medidas organizativas que resulten necesarias para evitar aglomeraciones y garantizar que el alumnado y trabajadores puedan cumplir las indicaciones de distancia o limitación de contactos, así como las medidas de prevención personal, que se indiquen por las autoridades sanitarias y educativas” En Castilla-La Mancha, se ha aprobado el Decreto 55/2021, de 8 de mayo, sobre medidas de prevención y control necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. 

La disposición final primera de este decreto habilita a la Consejería competente en materia de sanidad, como autoridad sanitaria, para establecer, de acuerdo con la normativa aplicable y a la vista de la evolución de la situación sanitaria, todas aquellas medidas adicionales o complementarias a las reguladas en este decreto que sean necesarias, y la disposición final segunda habilita a la Consejería competente en materia de educación para arbitrar las medidas normativas, organizativas, metodológicas, espaciales y temporales necesarios para el cumplimiento de los fines de la educación en la máxima presencialidad de acuerdo a las recomendaciones sanitarias establecidas en cada momento. 

En consecuencia, y desde la imprescindible coordinación que debe existir entre autoridades sanitarias y educativas para la contención de la pandemia desde el ámbito educativo, en ejercicio de la habilitación conferida por las disposiciones finales primera y segunda del Decreto 55/2021, de 8 de mayo, las personas titulares de la Consejerías de Sanidad y de Educación, Cultura y Deportes, Disponen: 

Artículo 1. Se aprueba la Guía Educativo-Sanitaria de inicio de curso 2021/2022 que figura como anexo a esta orden.

Artículo 2. Las medidas incluidas en la guía educativo-sanitaria de inicio de curso estarán en continua revisión y serán modificadas si la situación epidemiológica así lo requiere. 

Artículo 3. El grupo mixto de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y Sanidad, creado al inicio de la pandemia, será el encargado de la coordinación y seguimiento de la aplicación de las medidas y, eventualmente, de la adaptación de las mismas o la adopción de otras diferentes, en supuestos excepcionales. 

Disposición adicional primera. Proyectos educativos de los centros en el curso 2021/2022

Excepcionalmente, para el curso 2021/2022, las modificaciones de los proyectos educativos de los centros, en particular, las normas de convivencia incluidos en ellos entrarán en vigor el mismo curso de su aprobación. 

Disposición adicional segunda. Comunicación a los centros

Desde la Consejería de Educación, Cultura y Deportes se dará traslado inmediato de esta orden a los centros docentes sostenidos con fondos públicos. Disposición final única. Entrada en vigor. Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. 

Toledo, 18 de junio de 2021 

La Consejera de Educación, Cultura y Deportes 

ROSA ANA RODRÍGUEZ PÉREZ 

El Consejero de Sanidad 

JESÚS FERNÁNDEZ SANZ

ANEXO GUÍA EDUCATIVO SANITARIA DE INICIO DE CURSO 2021/2022 

Junio 2021 La vuelta a las aulas segura y saludable es tarea de TODOS Y TODAS 

Índice 1. 

Prólogo, introducción, normativa 2. 

Objetivos 3. 

Destinatarios 4. 

Principios básicos de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 en los centros educativos 

5. Escenarios educativos y modelos organizativos 

  • 5.1 Escenarios posibles 
  • 5.2 Modelos organizativos previstos en los centros educativos de Castilla-La Mancha 
    • 5.2.1 Grupo de convivencia estable 
    • 5.2.2 Grupo ordinario 
    • 5.2.3 Sector educativo 
    • 5.2.4 De forma general 
6. Limitación de contactos 

  • 6.1 Primer ciclo Educación Infantil de 0-3 años 
  • 6.2 Segundo ciclo Educación Infantil de 3-6 años 
  • 6.3 Educación Primaria 
  • 6.4 Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica. 
  • 6.5 Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio y Superior 
  • 6.6 Enseñanzas de Régimen Especial 6.7 Centros de Educación Especial 
7. Medidas de prevención personal 

8. Limpieza, desinfección y ventilación 

  • 8.1 Limpieza y desinfección 
  • 8.2 Ventilación del centro 
  • 8.3 Gestión de los residuos 
9. Protocolos en zonas de trabajo 

  • 9.1 Zonas comunes 
  • 9.2 Espacios de trabajo (despachos, salas de profesores, conserjería, secretaría, aulas, etc.) 
  • 9.3 Equipos, útiles de trabajo y documentación compartida 
  • 9.4 Aseos 
  • 9.5 Ascensores 
  • 9.6 Atención al público 
10. Protocolos en áreas y asignaturas específicas 

  • 10.1 Clases de Educación Física 
  • 10.2 Clases de Música en Enseñanza de Régimen General 
  • 10.3 Profesorado de Audición y lenguaje, y Pedagogía Terapéutica 
  • 10.4 Otro profesorado especialista 
  • 10.5 Talleres y laboratorios 
  • 10.6 Espacios de realización de actividades fuera del centro 
  • 10.7 Clases de Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y Danza, y Enseñanzas Superiores de Música 
  • 10.8 Centros de Educación Especial 
  • 10.9 Primer ciclo de Educación Infantil 
11. Protocolo de servicios complementarios 

  • 11.1 Comedores escolares 
  • 11.2 Cafeterías de los centros educativos 
  • 11.3 Transporte escolar 
  • 11.4 Residencias escolares y residencias universitarias 
  • 11.5 Actividades extraescolares de las AMPA y ayuntamientos 
12. Gestión de casos 

  • 12.1 Pautas a seguir para la gestión de casos COVID 
  • 12.2 Coordinación centros educativos con centros de salud. Formación 
13. Información y comunicación con las AMPA. 

14. Datos de interés 

15.Tabla resumen limitación de contactos dentro del aula en los centros educativos. 

1. PRÓLOGO, INTRODUCCIÓN, NORMATIVA 

La crisis sanitaria que estamos viviendo ocasionada por la COVID-19 nos obligó a adoptar medidas higiénico-sanitarias y organizativas excepcionales para el curso escolar 2020-2021, al objeto de compatibilizar de manera muy especial el derecho fundamental a la educación con el inseparable derecho a la salud, individual y colectiva. 

La educación se considera una actividad esencial y un derecho de la infancia y adolescencia a proteger, y por ello, dada la valoración de la situación en la fecha actual, se hace necesario establecer medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para el curso 2021-2022 que posibiliten la máxima presencialidad en un entorno seguro y saludable, con la flexibilidad necesaria en función del escenario epidemiológico. 

De cara al curso 2021-2022, se han diseñado una serie de medidas y recomendaciones teniendo en cuenta la actual situación epidemiológica, la estrategia de vacunación frente a COVID-19, la revisión de la evidencia científica disponible y las lecciones aprendidas, la gestión de la incertidumbre de la evolución de la pandemia a nivel internacional, y el consenso de que se deben preservar los centros educativos abiertos por su impacto en la salud, el bienestar emocional, la equidad y el nivel educativo en la infancia y adolescencia. 

Las pautas recogidas en esta guía se basan fundamentalmente en las siguientes claves que han sido aprobadas en la Comisión de Salud Pública el 18.05.2021: 

  • 1. Con distancias inferiores a 1 metro aumenta mucho la transmisión del SARSCoV2. El riesgo de transmisión disminuye según aumenta la distancia, en especial a partir de los 2 metros. La experiencia en el curso 2020-2021 nos dice que con 1,5 metros es suficiente para minimizar el riesgo, manteniendo los centros educativos abiertos y seguros en cualquier nivel de transmisión. 
  • 2. La transmisión por aerosoles del SARS-CoV-2 obliga a tener en cuenta no sólo la distancia sino también la concentración de personas en espacios interiores. 
  • 3. Los menores de 10 años parecen tener menor capacidad de transmisión, mientras que los adolescentes transmiten como las personas adultas. 
  • 4. Los organismos internacionales recomiendan mantener en los centros educativos una distancia superior a 1 metro junto con la reducción del tamaño de los grupos. Sin embargo, cuando la transmisión comunitaria es alta, se recomienda aumentar la distancia en las edades adolescentes por mayor riesgo de transmisión. 
  • 5. Para poder flexibilizar la distancia por debajo de los 1,5 metros ha sido necesario establecer dos escenarios, ya que, si la transmisión comunitaria es baja, es seguro flexibilizar la distancia para todos los grupos de edad, pero si la transmisión comunitaria es alta, es necesario en la edad adolescente mantener la distancia de 1,5 metros, que se sabe efectiva para cualquier nivel de transmisión tras la experiencia del curso 2020-2021 en España. 
    • En cualquier caso, es importante recordar a la comunidad educativa la importancia del adecuado seguimiento de las medidas en todos los escenarios. 
  • 6. Se debe planificar con antelación cómo se va a realizar la transición de un escenario a otro según el nivel de transmisión comunitaria, para mantener la configuración de los grupos de alumnado estable durante todo el curso y garantizar la presencialidad. En España, y en nuestra región, la vigilancia epidemiológica en el curso 2020-2021, realizada con estrecha coordinación con los centros educativos, ha evidenciado que los centros educativos no han ejercido un papel de ampliación de la transmisión. 
    • De forma general, se ha podido mantener durante todo el curso más de un 99% de aulas en funcionamiento sin cuarentenar. 
    • Sobre esta base, el Gobierno de Castilla-La Mancha adoptará las medidas necesarias para garantizar un nuevo inicio y desarrollo del próximo curso escolar lo más normalizado posible, con una buena organización y planificación y bajo el principio de conseguir la máxima presencialidad, manteniendo todas las condiciones y garantías sanitarias y el respeto a las medidas que se puedan establecer en función de la evolución de la situación sanitaria. 
    • En ese sentido, España ha sido un modelo internacional gracias a la capacidad de mantener la apertura de los centros educativos durante las distintas olas epidémicas desde septiembre de 2020. 
    • Al igual que en el curso 2020-2021, es necesario garantizar la presencialidad al menos hasta los 14 años (2º de la ESO), dada la menor independencia a esas edades; pero se hace necesario reforzar la presencialidad también en cursos superiores, por motivos de rendimiento académico, bienestar emocional y equidad. 
    • Para ello, será necesario realizar un refuerzo en estas etapas superiores (3º y 4º de la ESO y Bachillerato y Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Enseñanzas Deportivas) para garantizar el máximo de presencialidad de este alumnado. 
  • La situación actual de la pandemia cuenta con varios elementos a tener en cuenta: 
    • Los avances en la estrategia de vacunación: Se estima que un alto porcentaje de la población sea vacunado a lo largo de 2021. La vacunación va avanzando por grupos poblacionales y en el momento actual la vacunación a población infantil está pendiente de definir. Dada la evolución de la estrategia de vacunación, se prevé un impacto positivo en la morbimortalidad y en el control de la pandemia, que aumentará según se aumente la cobertura de la población vacunada. Según la evidencia disponible, podemos afirmar que la eficacia de las vacunas aprobadas en la actualidad es alta y, por tanto, el riesgo de enfermar tras la exposición al virus es muy bajo. Sin embargo, no se puede descartar la posibilidad de infección y que las personas vacunadas, aunque no desarrollen síntomas, puedan transmitir la infección a otros individuos. 
    • La dimensión mundial de la pandemia hace necesario mantener un escenario de prudencia. 
    • El contexto de la circulación de variantes de mayor impacto para la salud pública con posible escape a la inmunidad. 
    • La publicación del documento de Evaluación del riesgo de la trasmisión de SARS-CoV2 mediante aerosoles aportó mayor conocimiento sobre la dinámica de la transmisión, y aunque no implica medidas de prevención muy diferentes de las ya recomendadas, sí hace necesario reforzar las existentes. 
    • El uso correcto de mascarilla, la distancia física interpersonal y la ventilación han demostrado su eficacia en diferentes entornos para la reducción de la transmisión de SARS-CoV-2 mediante aerosoles. 
    • Sin embargo, es necesario incidir en la necesidad de un ajuste adecuado de la mascarilla y de utilizarla siempre en espacios interiores compartidos, incluso a distancias mayores de 2 metros. Asimismo, se debe limitar el número de personas en espacios interiores. 
  • Esta guía recoge el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, adoptado en coordinación con la Conferencia Sectorial de Educación, sobre las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros educativos en el curso 2021-2022 establecido y aprobado en la Comisión de Salud Pública el 18.05.2021. 
  • Este documento se aplicará en el marco de la prevención y la protección de la salud contemplada en el Plan de Contingencia para el curso 2021-2022 en Centros Educativos de Castilla-La  Mancha. Según la situación epidemiológica podrán dictarse adaptaciones a esta guía, fundamentalmente en los epígrafes referidos a Protocolos. 

2. OBJETIVOS 

Según los acuerdos aprobados en la Comisión de Salud Pública el 18.05.2021, los objetivos a conseguir son los siguientes: 

  • Contribuir a través de pautas concretas a garantizar el desarrollo del curso 20212022 de forma segura, no solo en el aspecto educativo, sino también en el sanitario, minimizando la entrada de la COVID-19 en los centros educativos, su transmisión interna cuando aparezcan casos del mismo y, también, la transmisión externa, sobre todo para las personas más vulnerables. 
  • Garantizar, ante los diferentes escenarios que puedan darse, una pronta respuesta que permita controlar un posible brote. 
  • Continuar con las medidas para la contención rápida de la infección establecidas en el curso anterior y que incluyen: La gestión adecuada en el centro educativo de las personas que inician síntomas, La identificación precoz de los casos, La identificación, cuarentena y seguimiento de los contactos estrechos y la identificación de posibles focos de transmisión en colectivos específicos. 
  • Estas acciones requieren que los centros mantengan una comunicación fluida y continuada con las autoridades de Salud Pública. 
3. DESTINATARIOS 

La presente guía educativo-sanitaria será de aplicación en todos los centros educativos que cuenten con enseñanzas autorizadas por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla- La Mancha. 

El presente documento está dirigido a todos los miembros de la comunidad educativa (alumnado, profesorado, familias, AMPA…) y complementa a los documentos publicados por los Ministerios de Educación y Formación Profesional y el de Sanidad, relativos a la estrategia de detección precoz, vigilancia y control de la COVID-19, que va siendo actualizada de forma permanente, basados en las diferentes disposiciones normativas que regulan las medidas sanitarias que se van estableciendo.

El contenido total o parcial de esta guía, en función del avance del estado de la situación sanitaria, podrá verse modificado por la normativa establecida con carácter general por parte de las autoridades competentes. 

4. PRINCIPIOS BÁSICOS DE PREVENCIÓN, HIGIENE Y PROMOCIÓN DE LA SALUD FRENTE A COVID-19 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS

Tal y como recoge el documento de medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros educativos en el curso 2021-2022 y aprobado en la Comisión de Salud Pública el 18.05.2021, con la evidencia científica acumulada, se considera que SARS-CoV2 puede transmitirse de persona a persona por diferentes vías, siendo la principal mediante el contacto y la inhalación de aerosoles respiratorios o partículas de mayor tamaño emitidos por una persona enferma, con las vías respiratorias superiores e inferiores de una persona susceptible. 

La concentración y tamaño de los aerosoles generados depende de la actividad desarrollada, siendo mínimo al respirar de manera tranquila, y progresivamente mayor al conversar en voz baja, voz alta, gritar, cantar, toser y hacer actividades físicas intensas.

También se puede producir el contagio por contacto indirecto a través de las manos u objetos contaminados por las secreciones respiratorias de la persona enferma con las mucosas de las vías respiratorias y la conjuntiva de la persona susceptible. 

El riesgo de propagación de SARS-CoV-2 aumenta a mayor interacción de las personas y mayor tiempo de duración de la misma. También se ha demostrado que hay mayor transmisión en distancias cortas (menos de 1 metro), en espacios cerrados y concurridos, cuando no hay una buena ventilación y sin las adecuadas medidas de prevención. 

Se recomienda que en espacios cerrados con gente donde las personas pasan periodos de tiempos más largos de tiempo la distancia sea mayor a un 1 metro. 

Los principios básicos de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 en los centros educativos que se desarrollarán en esta Guía, se estructuran en los siguientes principios: 

  • Limitación de contactos: distancia física y Grupos Estables de Convivencia. 
  • Medidas de prevención personal: higiene de manos; mascarilla obligatoria desde los 6 años; vacunación de la comunidad educativa. 
  • Limpieza y ventilación: Limpieza y desinfección; ventilación permanente y cruzada. 
  • Gestión de casos: Protocolo de actuación ante casos y brotes; coordinación entre Salud y Educación. Que se complementan con las siguientes acciones transversales: 
    • Reorganización de los centros educativos. 
    • Coordinación y participación. 
    • Comunicación y Educación para la Salud. 

5. ESCENARIOS EDUCATIVOS Y MODELOS ORGANIZATIVOS 

5.1 Escenarios posibles 

Con el objeto de ajustar al mayor grado posible las medidas a la situación epidemiológica, se plantean dos posibles escenarios en función del nivel de alerta en cada territorio, tal y como se describe en el documento de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19: 

  • Nueva normalidad, niveles de alerta 1 y 2. Se garantizará la presencialidad para todos los niveles y etapas del sistema educativo, al tratarse de un escenario de baja transmisión. 
  • Niveles de alerta 3 y 4. Al tratarse de un escenario de alta transmisión, en el caso excepcional de que no se pudieran cumplir las medidas, se podría pasar a semipresencialidad en los diferentes niveles educativos a partir de 3º de la ESO, incluido este. 
    • La suspensión generalizada de la actividad lectiva presencial de forma unilateral por parte de la Comunidad Autónoma únicamente se adoptará ante situaciones excepcionales, tras la presentación en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Los niveles de alerta son fijados por el Consejo Interterritorial de Sistema Nacional de Salud y se recogen en el documento “Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19”. 
    • El cambio de escenario lo establecerá la autoridad sanitaria pudiendo hacerlo para cada provincia, o para el nivel territorial que decida, siendo lo recomendable que, para decidir este nivel territorial, se tenga en cuenta tanto los aspectos epidemiológicos como los relacionados con la organización educativa. 
    • Dicho cambio se mantendrá durante dos semanas hasta reevaluación. 
    • Los escenarios se revisarán a lo largo del primer trimestre del curso, ajustándose a la baja o haciéndose más exigentes, según avance la vacunación del alumnado y según la valoración que hagan de la evolución epidemiológica de la pandemia los órganos del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. 
    • Los centros educativos se mantendrán abiertos durante todo el curso escolar asegurando los servicios de comedor, así como el apoyo lectivo a menores con necesidad específica de apoyo educativo, o con dificultades académicas, o pertenecientes a familias socialmente vulnerables, siempre y cuando la situación epidemiológica lo permita, basándose en las indicaciones de las autoridades sanitarias. 
    • Se mantendrá el grupo de coordinación y seguimiento de la evolución de la pandemia por las Consejerías competentes en materia de Sanidad y Educación a nivel autonómico, pues ha supuesto una experiencia muy positiva durante el curso 2020-2021. 
    • Cada centro deberá tener un Plan de Contingencia que prevean las actuaciones a realizar y los mecanismos de coordinación necesarios para los posibles escenarios que puedan darse. 
    • Todos los centros educativos designarán a una persona responsable para los aspectos relacionados con COVID-19 que debe estar familiarizada con todos los documentos relacionados con centros educativos y COVID-19 vigentes. 
    • Esta persona actuará como interlocutor con los servicios sanitarios a requerimiento de la unidad de salud pública correspondiente o por propia iniciativa cuando deba consultar algún asunto y deberá conocer los mecanismos de comunicación eficaz que se hayan establecido con los responsables sanitarios de su ámbito territorial. 
    • También se recomienda que los centros educativos cuenten con un equipo de trabajo para salud y COVID-19 formado por la dirección del centro, secretaría, uno o varios miembros del equipo docente, un miembro del servicio de limpieza y representación de las familias y el alumnado, que garantice el cumplimiento de los principios básicos frente a COVID-19, que toda la comunidad educativa está informada de su implementación, y que trabaje en la programación de acciones de promoción de la salud para paliar el impacto de la pandemia en la infancia y adolescencia. 
5.2 Modelos organizativos previstos en los centros educativos de Castilla-La Mancha 

  • 5.2.1 Grupo de convivencia estable (GCE) Los Grupos de Convivencia Estable (GCE) se definen como grupos formados por un número limitado de alumnos/as junto al tutor/a, garantizando la estanqueidad en todas las actividades que se realicen dentro del centro educativo y evitando la interacción con otros grupos, limitando al máximo el número de contactos. 
    • A cambio, dentro del grupo no sería necesario guardar la distancia interpersonal de manera estricta, por lo que sus miembros pueden socializar y jugar entre sí, interaccionando con mayor normalidad. Idealmente, se debe minimizar el número de personas adultas que interaccionan con cada grupo, siendo la figura fundamental el tutor o tutora. 
    • Esta alternativa, además, posibilitará el estudio de contactos rápido y más sencillo si se diera algún caso. 
    • El grupo de convivencia estable es la mejor opción organizativa para garantizar y facilitar la trazabilidad y la gestión de los casos de contagio que se puedan dar en un núcleo de socialización, también en el ámbito educativo. 
    • Debe tenerse en cuenta que, en todo caso, el profesorado que imparta docencia en estos grupos, debe llevar siempre mascarilla, así como el alumnado a partir de los 6 años de edad. 
    • Los grupos de convivencia estable se establecerán en Educación Infantil, primero, segundo, tercero y cuarto de Educación Primaria, aunque se pueden extender a toda la etapa. En Nueva Normalidad (nivel de alerta 1 y 2) se permitirá la interacción entre grupos de un mismo curso, sobre todo, en actividades al aire libre. 
  • 5.2.2. Grupo ordinario En cuanto al grupo ordinario, se apostará en todos los casos, por la menor movilidad posible del alumnado, es decir, se recomienda, con el fin de reducir los desplazamientos del alumnado, que no existan las aulas materia en los centros educativos, siempre y cuando el nivel educativo y la materia o módulo que se imparta lo permitan (enseñanza práctica en talleres, laboratorios, etc.) siendo los profesores los que impartan sus materias en los grupos-clase. 
    • En estos grupos, se procurará guardar la distancia de seguridad establecida entre personas establecida de 1,5 metros, con posibilidad de flexibilizar a 1,2 metros, siendo de cualquier modo obligatorio el uso de mascarillas tanto por parte del alumnado mayor de 6 años como del profesorado, atendiendo a la normativa vigente en cada momento. 
  • 5.2.3. Sector educativo Se entiende por Sector educativo el conjunto de grupos ordinarios o de convivencia estable que constituyen una unidad. Forman un sector identificable con la finalidad de favorecer el rastreo y prevención del contagio si se produjera algún caso en un centro educativo, por lo que se recomienda que los docentes que trabajen en un sector, no lo hagan en otro. La sectorialización de los grupos se organizará basándose en los parámetros que se consideren más oportunos como, por ejemplo: 
    • Grupos que están en el mismo edificio. 
    • Grupos que están en la misma planta. 
    • Grupos que comparten la misma zona de recreo. 
    • Grupos que comparten el mismo taller o zona de prácticas. 
    • Grupos que comparten el mismo profesorado (especialistas, de apoyo, etc.). 
    • Cualquier otra agrupación que se considere más conveniente para facilitar el rastreo de personas en caso de aparecer algún caso positivo. 
  • 5.2.4. De forma general El equipo directivo velará por el cumplimiento del principio de coordinación y gestión de las medidas frente a COVID-19. El centro educativo debe tener un archivo con la relación y los datos de contacto de las personas que conforman los grupos de convivencia estable y los grupos ordinarios. 
    • Este archivo es muy importante ya que permitirá realizar la tarea de rastreo de forma rápida y agilizar el análisis de los casos y contactos estrechos. 
    • Las familias o el propio alumnado, si es este mayor de edad, deben tener la responsabilidad y compromiso de seguir las normas establecidas en el centro para la prevención de COVID-19, mantener al centro educativo informado de cualquier aspecto sanitario, así como permitir la utilización de los datos personales entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y la Consejería de Sanidad para el tratamiento y gestión de posibles casos. 
6. LIMITACIÓN DE CONTACTOS 

Se garantizará la máxima presencialidad para todos los niveles y etapas del sistema educativo al menos en el escenario de nueva normalidad, nivel de alerta 1 y 2. 

En el nivel de alerta 3 y 4, en el caso excepcional de que no se pudieran cumplir las medidas, se podría pasar a semipresencialidad sólo a partir de 3º de la ESO, incluido éste nivel. 

  • La suspensión generalizada de la actividad lectiva presencial de forma unilateral por parte de la Comunidad Autónoma, únicamente se adoptará ante situaciones excepcionales, tras la presentación en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. 

De forma general, se mantendrá una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros en las interacciones entre las personas adultas en el centro educativo, manteniendo el uso de la mascarilla independientemente de la distancia. Así mismo, se mantendrá de forma general una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros por parte del alumnado cuando se desplacen por el centro educativo o estén fuera del aula. 

Dentro del aula se establece una diferente organización del alumnado en función del curso y de la situación de transmisión en la comunidad, que se recoge y justifica en el Anexo de este documento. Se priorizará en la medida de lo posible la utilización de los espacios al aire libre para la realización de las actividades, educativas y de ocio, tanto dentro del centro educativo como en otros espacios fuera del mismo. 

Algunos ejemplos que se han llevado a cabo estos meses son: impartir clases más activas en el patio, realizar actividades de investigación en un parque cercano, actividades pedagógicas en huertos escolares o urbanos, utilizar espacio público cedido por las Entidades Locales para realizar actividades educativas al aire libre, etc.

Se evitarán de manera general aquellas actividades en el centro educativo que conlleven la mezcla de alumnado de diferentes grupos de convivencia o clases en las que no se pueda mantener la distancia mínima interpersonal, excepto en el escenario de nueva normalidad en el que se permitirá la interacción entre grupos del mismo curso sobre todo en actividades al aire libre. Se establecen diferentes medidas para evitar las aglomeraciones: 

  • Se realizará la entrada y salida escalonada del centro educativo o, en su caso, se arbitrarán medidas organizativas como la entrada al recinto por puertas o espacios diferenciados u otras que permita evitar aglomeraciones en las entradas y salidas al recinto escolar. 
  • En cualquier caso, se procurará reducir al mínimo los desplazamientos de grupos de alumnado por el centro, facilitando en lo posible que sea el profesorado quién acuda al aula de referencia. 
  • Para limitar el número de personas presentes en un espacio simultáneamente, se evitarán las asambleas o reuniones presenciales tratando de realizarlas de forma telemática. Los centros educativos promoverán que las reuniones de coordinación y aquellas otras actividades no lectivas que sea posible, se realicen de forma telemática. 
  • Los eventos deportivos o celebraciones que tengan lugar en los centros educativos se realizarán siempre que se pueda al aire libre y acorde a las mismas condiciones que sus homólogos en el ámbito comunitario. 
    • Se priorizará la comunicación con las familias mediante teléfono, correo electrónico, mensajes o correo ordinario y se facilitarán las gestiones telemáticas. 
    • Las familias podrán entrar al edificio escolar en caso de que el profesorado o el equipo directivo así lo considere, cumpliendo siempre las medidas de prevención e higiene y, en ningún caso, si presentan cualquier síntoma compatible con COVID-19. En relación al transporte a la escuela: 
  • Con el fin de limitar los contactos, se recomendará a la ciudadanía la priorización del transporte activo (andando o bicicleta) en rutas seguras a la escuela como opción de movilidad que mejor garantice la distancia interpersonal, siendo además una opción más saludable y que evita compartir espacios cerrados. Los centros educativos tratarán de fomentar rutas seguras a la escuela y aumentar espacios de aparcamiento de bicicleta, en colaboración con los ayuntamientos. 
  • En el caso del transporte escolar colectivo, será de aplicación la normativa vigente respecto a medidas preventivas frente a COVID-19. 
    • Se asignarán asientos fijos al alumnado para todo el curso escolar, salvo que, según la situación epidemiológica, las autoridades sanitarias determinen un uso más restrictivo o más flexible del mismo. 
    • Con relación a la asistencia a los centros educativos en niños/as con patología crónica, el alumnado que presenta condiciones de salud que le hace más vulnerable para COVID-19 (como, por ejemplo, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer, inmunodepresión o hipertensión arterial), podrá acudir al centro, siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y manteniendo medidas de protección de forma rigurosa, salvo indicación médica de no asistir. Se seguirán las recomendaciones del protocolo de Manejo pediátrico en atención primaria de COVID-19.

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