lunes, 7 de septiembre de 2020

DECRETO COMPLEMENTO MAESTROS EN IES

Decreto 47/2020, de 18 de agosto, por el que se adoptan medidas retributivas para los/as maestros/asadscritos/as al primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria que imparten la docencia en institutos deSecundaria, institutos de Educación Secundaria Obligatoria y secciones de instituto de Educación Secundaria. [2020/6127] (DOCM de 7 de septiembre)

El pleno de las Cortes de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha, adoptó el pasado 24 de enero de 2019 una Resolución en la que se proponía el establecimiento de las medidas necesarias para la derogación del Decreto 58/2012, de 23 de febrero, instando al Gobierno regional a restaurar el complemento retributivo que establecía el Decreto 307/2003, de 25 de noviembre por el que se adoptan medidas retributivas para los maestros que imparten la docencia en el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria. 

La disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que los funcionarios del Cuerpo de Maestros adscritos con carácter definitivo, en aplicación de la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, a puestos de los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria, podrán continuar en dichos puestos indefinidamente. 

En ese sentido, esta Administración siguiendo las directrices marcadas por las Cortes Regionales en su reunión del pasado 24 de enero de 2019, se plantea hacer efectiva la recuperación de este derecho para el personal docente del Cuerpo de Maestros adscritos al primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, dada la singularidad jurídica de su situación al desempeñar la docencia en un nivel educativo que no es el general del Cuerpo y en un entorno, los Institutos de Educación Secundaria, Institutos de Educación Secundaria Obligatoria y Secciones de Instituto de Educación Secundaria, que tampoco es el propio del mismo. 

En la tramitación de este Decreto se ha recabado el preceptivo informe de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas y se ha sometido a conocimiento de la mesa sectorial de enseñanza no universitaria. En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 18 de agosto de 2020, 

Dispongo: 

Artículo 1. Objeto. Los/as funcionarios/as docentes pertenecientes al Cuerpo de Maestros al servicio de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, adscritos a puestos de trabajo del Primer Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, y que presten sus servicios en Institutos de Educación Secundaria, Institutos de Educación Secundaria Obligatoria y secciones de Instituto de Educación Secundaria, en tanto permanezcan en el desempeño de los mismos, percibirán con efectos de 1 de septiembre de 2019, un incremento en el complemento específico de 122,04 euros mensuales. 

Artículo 2. Exclusiones. No estarán incluidos en la aplicación de este Decreto todos aquellos funcionarios docentes del Cuerpo de Maestros que no reúnan las condiciones establecidas en el artículo anterior y, en particular, los siguientes: 

  • a) Los que presten servicios en Centros de Educación Especial. 
  • b) Los que presten servicios en Centros y Aulas de Educación de Personas Adultas (Cepas y Aepas).

Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Queda derogado el Decreto 58/2012, de 23 de febrero de 2012 (DOCM. Núm.43 de 28 de febrero) y cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto. 

Disposición final única. Entrada en vigor. Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-la Mancha. 

Dado en Toledo, el 18 de agosto de 2020 

El Presidente 

EMILIANO GARCÍA-PAGE SÁNCHEZ 

La Consejera de Educación, Cultura y Deportes 

ROSA ANA RODRÍGUEZ PÉREZ

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