miércoles, 1 de septiembre de 2021

INSTRUCCIONES PLAN INSPECCIÓN 2021 / 2022

INSTRUCCIONES DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2021, DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, PARA EL DESARROLLO, LA DIRECCIÓN Y LA COORDINACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ACTUACIÓN Y FORMACIÓN DE LA INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN PARA EL CURSO ESCOLAR 2021-2022

El Decreto 34/2008, de 26/02/2008, por el que se establece la ordenación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha y la Orden de 08/04/2008, que lo desarrolla y determina su organización y funcionamiento, contemplan la planificación como uno de los principios de actuación de los inspectores e inspectoras y dispone que el Plan General de Actuación y Formación será el instrumento en el que se concreten las actuaciones de la Inspección, de acuerdo con sus funciones y las directrices fijadas por la Consejería competente en materia de educación. 

La mencionada Orden en su artículo 24.2 establece que el Plan General de Actuación tendrá una vigencia de entre uno y cuatro años y será elaborado por la Inspección General de Educación y aprobado mediante Resolución del titular del órgano director de la Inspección de Educación y que dicho Plan se concretará año a año mediante instrucciones de la Inspección General de Educación. 

En este sentido, la Resolución de 21/07/2020, de la Viceconsejería de Educación, por la que se aprobó el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023 fijó las prioridades de actuación y las líneas estratégicas de trabajo para lograr la mayor eficiencia en la actuación de la acción inspectora y, a su vez, la mejora de la calidad del sistema educativo. 

Asimismo, delimitó el marco de los respectivos Planes Provinciales de Actuación, referenciados siempre a su propio contexto. En virtud de lo establecido en el Plan General de Actuación y Formación trienal el próximo curso 2021-2022, considerando que la situación provocada por la pandemia y su impacto en la educación irá recuperando lentamente la normalidad, se mantienen las pautas allí indicadas y se orientan las actuaciones de la Inspección de Educación, centrándolas de manera particular en atender y contribuir a garantizar la aplicación de las medidas de seguridad que las autoridades sanitarias dispongan, así como a mejorar el funcionamiento y la coordinación en los centros educativos de nuestra región. 

Por tanto, y a la vista de lo establecido en el apartado segundo de la citada Resolución de 21/07/2020, para concretar el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación para el curso escolar 2021-2022, se dictan las siguientes INSTRUCCIONES:

Primera. Objeto y ámbito

  • 1. El objeto de estas Instrucciones es concretar el Plan General de Actuación y Formación durante el curso 2021-2022 y realizar las orientaciones precisas para que los Servicios de Inspección de Educación desarrollen sus planes provinciales. Se incluye el calendario para el desarrollo de las actuaciones de carácter orgánico y funcional, prioritarias y provinciales, que la Inspección de Educación realiza de modo habitual. 
  • 2. El ámbito de actuación de estas Instrucciones incluye a los centros docentes públicos, concertados y privados, servicios, programas y actividades de enseñanzas no universitarias, así como al resto de elementos y aspectos, que conforman el sistema educativo regional para el curso académico 2021-2022. 

Segunda. Finalidad

La finalidad de estas instrucciones anuales es dotar de cohesión a las actuaciones de la Inspección de Educación, a la formación para las inspectoras y los inspectores y a los Planes de los Servicios de Inspección de Educación de Castilla-La Mancha durante el curso 2021-2022. 

Tercera. Objetivos para el curso 2020-2021

  • 1. Durante el curso 2020-2021 los objetivos generales serán los que establece el Plan General de Actuación y Formación y de manera específica se establecen los siguientes: 
    • a) Supervisar y asesorar la organización y el funcionamiento de los órganos de coordinación docentes. 
    • b) Supervisar el módulo de la formación en centros de trabajo y de los proyectos en Formación Profesional Dual. 
    • b) Aumentar el impacto de las actuaciones de la Inspección de Educación en la reducción del abandono temprano de la educación, atendiendo especialmente a la mejora del rendimiento escolar. 
    • c) Atribuir un mayor peso a las actividades de supervisión, control, asesoramiento, evaluación e información en los centros, servicios y programas con el fin de ayudar a mejorar la coordinación, la gestión organizativa y administrativa, el funcionamiento y los resultados de los mismos, así como verificar el grado de cumplimiento de la normativa vigente. 
    • d) Impulsar los procesos de evaluación: desarrollando un procedimiento eficaz de evaluación de los funcionarios en prácticas, de los propios Servicios de Inspección en su competencia social y de la Inspección General de Educación, así como redefiniendo la evaluación interna de los centros. 
    • e) Continuar la elaboración de documentos homologados nuevos, así como la revisión de los existentes, en función de las necesidades y las tareas de Inspección. 
    • f) Plantear líneas de formación e innovación para los miembros de los Servicios de Inspección de Educación coherentes con las necesidades más urgentes del curso 2021- 2022.

Cuarta. Contenido

Conforme a lo establecido en la Resolución de 21/07/2020, de la Viceconsejería de Educación, por la que se aprueba el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022- 2023 se puede contemplar la realización de ajustes del Plan, pudiendo incorporar actuaciones o modificar las existentes, según sean las novedades y necesidades que no hayan podido ser previstas con anticipación, para lo cual se dictarán las correspondientes instrucciones de la Inspección General de Educación. 

Quinta. Actuaciones

5.1. Actuaciones funcionales prioritarias. 

1. Las actuaciones prioritarias recogidas en el Plan General de Actuación trienal establecido en la Resolución de 21/07/2020 responden a los intereses de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y a las exigencias del desarrollo de las tareas propias de los ámbitos competenciales de la Inspección de educación. Las actuaciones funcionales prioritarias concretas a desarrollar en el curso 2021-2022 son las siguientes: 

  • Actuación Prioritaria 1 (AP1): Supervisión de la organización y el funcionamiento de los órganos de coordinación docente en los centros educativos. 
    • La Actuación Prioritaria 1 (AP1) se vincula directamente con el objetivo prioritario 1, “Supervisar y asesorar la organización y el funcionamiento de los órganos de coordinación docentes”. 
    • Mediante esta actuación, se persigue contribuir a la mejora de la coordinación en los centros escolares, con el fin de mejorar su eficacia y responder a las demandas educativas existentes. 
    • Por otra parte, es imprescindible facilitar las condiciones que faciliten el trabajo en equipo, que requieren una adecuada motivación y el compromiso profesional. Afianzar la coordinación entre los diferentes órganos de un centro es un objetivo al que la Inspección puede ayudar, mediante la supervisión de las funciones, las actuaciones y los mecanismos de funcionamiento que tienen cada uno de ellos. 
    • Los ejes de trabajo asociados a la Actuación Prioritaria 1 tendrán los siguientes objetivos: 
      • 1. Garantizar el cumplimiento de las funciones atribuidas por la normativa a cada uno de los órganos de coordinación docente como mecanismo para dotar a los centros de una organización sistemática que dé unidad y carácter propio. 
      • 2. Supervisar la coherencia existente en la acción y en los discursos de los diferentes órganos de coordinación docente y comprobar las estrategias que el centro educativo ha establecido para conseguirlo.  
      •  3. Asesorar a los órganos de coordinación docente en sus atribuciones respectivas, procurando potenciar las actuaciones relevantes y difundirlas a otros órganos o centros educativos y proponer modificaciones en aquellas situaciones que se considere necesario. 
      • 4. Velar por que se establezca una coordinación entre los diferentes componentes de cada órgano que dé respuesta y unidad a las acciones del mismo. 
      •  5. Evaluar la fluidez informativa y la interacción con el resto de sectores de la comunidad educativa, entendiendo que favorece la construcción de centros educativos cohesionados y caracterizados por la transparencia. 
    •  Esta actuación se compondrá de dos ámbitos: 
      • Ámbito 1. Organización y funcionamiento de las tutorías, de los Equipos de nivel y Equipo de Orientación y Apoyo en los centros educativos que imparten Educación Infantil y Primaria. Carácter muestral de centros públicos. 
      • Ámbito 2. Organización y funcionamiento de las tutorías, de los Departamentos Didácticos y Departamentos de Orientación en los centros educativos que imparten Educación Secundaria Obligatoria. Carácter muestral de centros públicos. 
    • Esta actuación prioritaria (AP1) se desarrollará especialmente a lo largo del primer trimestre del curso 2021-2022 y deberá estar finalizada antes del 30 de enero de 2022. 
  • Actuación Prioritaria 2 (AP2). Supervisión del Módulo en Centros de Trabajo y de los proyectos de Formación Profesional Dual autorizados para el curso 2021/2022 
    • La Actuación Prioritaria 2 (AP2) está directamente vinculada al Objetivo prioritario 3 OP3. Impulsar el III Plan de Formación Profesional de Castilla-La Mancha en el ámbito del sistema educativo. 
    • Mediante esta actuación, se pretende contribuir a la mejora de un modelo de Formación Profesional en Castilla-La Mancha basado en un aumento de la colaboración de las empresas en el desarrollo y actualización de la Formación Profesional para mejorar la cualificación del alumnado y adecuarla a las necesidades del tejido empresarial, facilitando así la mejora del sector productivo. 
    •  Los ejes de trabajo asociados a la Actuación Prioritaria 2 tendrán los siguientes objetivos: 
      •  1. Supervisar y valorar la mejora en el grado de conocimiento que los alumnos alcanzan en relación con aspectos relevantes del ámbito laboral: comunicación interpersonal y trabajo en equipo, estructura organizativa, entre otros. 
      • 2. Ofertar una formación que acorde a las necesidades reales del sistema productivo se desarrolle en un entorno real de trabajo. 
      • 3. Conocer la incidencia de la FP-Dual en la emplebilidad. 
      • 4. Valorar la relación entre el rendimiento académico del alumnado y la participación en programas de FP-Dual. 
      • 5. Fomentar la transferencia del conocimiento entre los centros educativos y el sector productivo.
    • La Actuación Prioritaria 2 que en este curso 2021-2022 se compone de dos ámbitos: 
      • Ámbito 1. Supervisión de los proyectos de FP Dual autorizados. Carácter muestral de centros sostenidos con fondos públicos. 
      • Ámbito 2. Supervisión del módulo de FCT en el curso 2021/2022. Carácter muestral de centros sostenidos con fondos públicos. 
5.2. Actuaciones orgánicas. 

Las actuaciones orgánicas seguirán lo establecido en el anexo IB de la Resolución de 21/07/2020, de la Viceconsejería de Educación, por la que se aprueba el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023. 

5.3. Actuaciones funcionales de planificación provincial. Las actuaciones funcionales de planificación provincial, su planificación temporal y los responsables para su desarrollo se establecen en el anexo I de estas instrucciones. A continuación, se señalan aspectos específicos a tener en cuenta el próximo curso 2021- 2022. 

  • 5.3.1. La organización del inicio del curso escolar: 
    •  El inicio del curso 2021-2022 seguirá requiriendo la supervisión de los planes de contingencia en relación a las directrices dadas por las autoridades sanitarias y educativas. Las reuniones de zonas, comarcales o provinciales de inicio de curso con directores se celebrarán siempre que sea posible, de manera presencial, garantizando el cumplimiento de las recomendaciones sanitarias. 
    • Estas reuniones contendrán al menos los contenidos siguientes: recordatorio del Plan de Contingencia y de las medidas higiénico-sanitarias que deben cumplir los centros; configuración, composición y funcionamiento de los Servicios de Inspección; información sobre el Plan General de Actuación y las actuaciones prioritarias a desarrollar por la Inspección y sobre las actuaciones funcionales del Plan Provincial de Inspección durante el curso 2021-2022, evaluación de los funcionarios inmersos en la fase de prácticas, estado de las novedades normativas de acuerdo al calendario de implantación de la Ley 3/2020, Plan digital de centro (acreditación de competencia digital, dinamizadores de transformación digital y coordinadores de formación), unidades de acompañamiento, modificación del Plan Concilia. Además, los Servicios podrán incorporar cuantos contenidos consideren en estas reuniones. 
  •  5.3.2. La organización y el funcionamiento de los centros: 
    • A lo largo del primer trimestre cada inspector o inspectora realizará una visita inicial a todos los centros asignados, dado que este curso se ha producido el cambio de adscripción de zona y centros. 
    • Con la finalidad de preservar la unidad de acción en la visita inicial se seguirá la Guía de Visita Inicial aprobada por el Consejo Regional y que se encuentra disponible como documento normalizado. 
    •  Además, y fundamentado en el principio de eficacia, en este primer trimestre y desde la visita inicial, se prestará especial atención a las cuestiones relacionadas con la Actuación Prioritaria 1 (Supervisión de la organización y el funcionamiento de los órganos de coordinación docente en los centros educativos). 
  • 5.3.3. Evaluación de funcionarios en prácticas. 
    •  En el contexto de las actuaciones relacionadas con la evaluación de docentes destaca la evaluación de la fase de prácticas de los funcionarios y las funcionarias seleccionados en los procesos de oposición. 
    • De acuerdo con lo establecido en la base cuarta de la Resolución de 23/08/2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes que han superado los procesos selectivos para ingreso en los cuerpos docentes convocados, la Comisión Calificadora recabará informe del Inspector/a de Educación designado para la supervisión del funcionario en prácticas. 
    • Para la elaboración de dicho informe el Inspector/a visitará dicho Centro y realizará un seguimiento del funcionario en prácticas. 
    • El Inspector/a realizará las visitas al aula que estime oportunas con el mínimo de una durante todo el periodo de prácticas. 
5.4. Actuaciones de las áreas específicas de trabajo 

  • 5.4.1. Principios de actuación Entre los principios de actuación de la Inspección de Educación se encuentran el de especialización profesional y el trabajo en equipo. 
    • Las áreas específicas de trabajo constituyen el marco para la actuación especializada de los inspectores y su formación, y contribuyen a facilitar el desarrollo del Plan General de Actuación y del Plan Provincial de Actuación y conforman el segundo nivel de especialización es el que alcanzarán los inspectores e inspectoras de educación con su incorporación a alguna de las áreas estructurales incorporadas en el Decreto 34/2008, de 26-02-2008, por el que se establece la Ordenación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha. 
    • Así mismo, bajo el principio de trabajo en equipo, se define el equipo sectorial, que atenderá a un área específica de trabajo. 
  • 5.4.2. Distribución La Resolución de 21/07/2020, de la Viceconsejería de Educación, por la que se aprueba el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023 establece la recuperación progresiva de las áreas específicas de trabajo. 
    • Vista la valoración favorable sobre la inserción de las Áreas en los Servicios se establece mediante estas instrucciones anuales que a partir del curso 2021/2022 se desarrollarán tanto el área de “Convivencia e interculturalidad, prevención del absentismo e inclusión educativa” (área 1) como el área “Evaluación, participación y organización escolar” (área 2) en cada una de las cinco provincias. 
  •  5.4.3. Estructura 
    • Las áreas específicas de trabajo seguirán desarrollando su trabajo bajo la supervisión de la Jefatura del servicio de inspección y la coordinación de la persona designada en cada servicio. 
    • La persona coordinadora de cada Área elaborará el plan de trabajo o continuará con el que plan programado; se ocupará de la coordinación, seguimiento y evaluación de las actuaciones correspondientes y colaborará con la Inspección General de Educación. 
    • Los Inspectores e Inspectoras Coordinadores de las áreas específicas de trabajo serán nombrados por el titular de la Delegación Provincial con competencia en materia de educación, a propuesta de la Jefatura de Inspección, oídos los componentes del área, para un período coincidente con el período de nombramiento del Inspector o Inspectora Jefe. 
    •  Para atender al principio de especialización se podrán conformar distintos equipos de trabajo dentro de cada equipo sectorial, los cuales serán flexibles y adaptados a las necesidades existentes, a propuesta de la persona responsable de la coordinación, con el visto bueno de la jefatura de Inspección. 
    • En la adscripción a los equipos de trabajo se tendrá en cuenta la experiencia profesional y la formación específica, así como las necesidades del Servicio, una vez oída la persona interesada. Los equipos de trabajo deberán incluir al menos dos efectivos. 
    • Se podrán organizar los siguientes equipos de trabajo dentro de las áreas definidas, pudiéndose incorporar otros equipos, a propuesta del Servicio de Inspección, con la autorización de la Inspección General de Educación, oído el Consejo de Inspección: 
    • Áreas Equipos de trabajo 
      •  Área 1: 
        • “Convivencia e interculturalidad, prevención del absentismo e inclusión educativa” 
        •  Acoso escolar 
        •  Absentismo escolar 
        •  Segregación escolar 
        •  Escuela rural 
      •  Área 2: 
        • “Evaluación, participación y organización escolar” 
        •  Mejora de la coordinación docente Programaciones didácticas 
        •  Evaluación del proceso de enseñanza  - aprendizaje 
        •  Participación en la educación 
    •  En cada Servicio se continuará trabajando en al menos tres equipos de trabajo en cada área. La determinación definitiva de los equipos de trabajo de las distintas áreas en cada Servicio Provincial de Inspección se establecerá en consejo de inspección. 
  • 5.4.4. Tareas Corresponde a los inspectores e inspectoras integrados en un área específica de trabajo la realización de las siguientes tareas: 
    • a) Continuar desarrollando el trabajo iniciado en las diferentes áreas. 
    •  b) Realizar las tareas previstas en el Plan General de Actuación y concretadas en el Plan Provincial de Actuación. 
    •  c) Elaborar estudios en el marco del área específica de trabajo. 
    •  d) Fijar criterios para la intervención especializada en centros, programas y servicios educativos. 
    •  e) Proponer actividades de formación relativas al área específica de trabajo
  • 5.4.5. Contenido Área 1. Convivencia e interculturalidad, prevención del absentismo e inclusión educativa. 
    • Durante el curso 2021-2022, se mantiene la vinculación al Objetivo Prioritario 2 (OP2): Reducir el abandono escolar temprano se realizarán estudios sobre las cuestiones que pueden favorecer la permanencia del alumnado en el sistema, atendiendo a los siguientes ejes: 
      • Fortalecimiento de la escuela rural; 
      • mejora de la convivencia escolar 
      • y reducción del absentismo escolar 
    • y al Objetivo Prioritario 4 (OP4): 
      • Contribuir a la construcción de un sistema educativo inclusivo atendiendo al eje de estudiar acciones contra la segregación escolar. 
    •  El conocimiento exhaustivo de estas cuestiones permitirá plantear futuras actuaciones que resulten productivas e impacten de forma solvente sobre el sistema educativo, logrando la disminución de las tasas regionales de abandono prematuro. 
    • Los cuatro aspectos a estudiar son esenciales para el conocimiento exhaustivo de las causas que están detrás de las tasas de abandono prematuro que acusa Castilla-La Mancha, respecto a Europa y a España. 
    • La configuración del estudio será el punto de partida para atajar este déficit; sus datos y propuestas de mejora serán esenciales para el planteamiento de futuras actuaciones y decisiones, de manera que se logre disminuir esta preocupante situación de nuestro sistema educativo. 
  •  Área 2. Evaluación, participación y organización escolar. Durante el curso 2021-2022, se mantiene la vinculación de esta área al Objetivo Prioritario 5 (OP 5) establecido en el Plan General trienal, 
    • “Afianzar la coordinación en los centros educativos a través de la evaluación de la organización y el funcionamiento de los distintos órganos de los centros”. 
    •  La coordinación docente, las acciones para la mejora de las programaciones didácticas y el aumento de la participación de las familias y el alumnado dotan a los centros de una mayor eficiencia y dan coherencia a los distintos documentos de centro y a cada uno de los proyectos y objetivos que se planteen. Además, la evaluación de la práctica docente facilita la actualización en metodologías, al tiempo que permite la detección de debilidades y su corrección más rápida, así como favorece que las familias se reconozcan en la existencia de unos criterios comunes compartidos por todos. 
  •  5.4.6. Coordinación de las áreas. 
    • Con el objeto de llevar a cabo el desarrollo del trabajo, la coordinación de los diferentes equipos y el seguimiento, cada equipo de área se reunirá provincialmente al menos dos veces al mes. Bimensualmente habrá de celebrarse una reunión de cada área conjunta, con el fin de exponer la evolución de cada equipo de trabajo. 
    • De cada reunión del área de trabajo se levantará acta, que deberá ser registrada en el sistema de gestión Delphos. 
    • Así mismo, se celebrarán reuniones de trabajo telemáticas de los mismos equipos de trabajo de las diferentes provincias, buscando en todo caso mejorar la orientación y distribución de las tareas, estrechar la coordinación y el desarrollo del trabajo, de manera adaptada y flexible para atender a las situaciones que se puedan ir encontrando de forma ágil y efectiva.
    • Con el fin de realizar un seguimiento del plan de trabajo, homologar actuaciones y observar y difundir buenas prácticas de los distintos Servicios, la Inspección General de Educación convocará a los coordinadores y a las coordinadoras de cada provincia con periodicidad trimensual, para coordinar las actuaciones de las áreas. 
    •  Asimismo, en las Jornadas intermedia y final de formación del curso 2021-2022, se llevará a cabo una sesión conjunta de ambas áreas a nivel regional con el objetivo de trasladar a todos los miembros de la Inspección el trabajo, las acciones y, en definitiva, la evolución de dichas áreas. 
    • En ella, se procurará la participación de todos los inspectores y las inspectoras, con la pretensión de escuchar las aportaciones y reflexiones individuales, como vía para continuar en la mejora del funcionamiento de estas áreas. 
  • 5.4.7. Evaluación y documentación. 
    •  Al finalizar el curso las áreas específicas de trabajo realizarán una autoevaluación del cumplimiento del plan de trabajo establecido de los puntos fuertes y líneas de trabajo a seguir y de los elementos susceptibles de mejora, recogiendo las conclusiones y propuestas de los equipos de trabajo, realizando propuestas para el siguiente curso. 
    •  Esta evaluación se recogerá en la memoria anual del Servicio. 
    •  Los documentos resultantes de los distintos equipos de trabajo de cada área se incorporarán como anexo a la memoria anual y se pondrán a disposición de todos los Servicios. 
    • De igual forma, los estudios y sus conclusiones se pondrán a disposición de la Viceconsejería. 
    • Desde la Inspección General de Educación se valorará y promoverá la difusión a través del Portal de Educación, así como en revistas de educación y en los medios que se considere. 
Sexta. Registro documental de actuaciones

El registro documental de actuaciones se llevará a cabo según lo establecido en el apartado 7 de la Resolución de 21/07/2020, de la Viceconsejería de Educación, por la que se aprueba el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023. 

Para el registro documental de todas aquellas actuaciones referidas al ámbito de un único centro deberán quedar asociadas al mismo en el sistema de gestión Delphos. 

Para el caso de aquellas actuaciones que no se refieran al ámbito de un único centro concreto, en el registro de la tarea en Delphos se dejará en blanco dicho campo. 

Séptima. Actuaciones de la Inspección General de Educación

La Inspección General de Educación, en el uso de las competencias y atribuciones contempladas en la ordenación de la Inspección, desarrollará las actuaciones que se recogen en el apartado 8 de la Resolución de 21/07/2020. Durante el curso 2021-2022 la Inspección General de Educación tiene prevista la visita a todos los Servicios Provinciales de Inspección las veces que se considere oportunas, para mejorar la planificación y el desarrollo del Plan General de Actuación, siempre que las condiciones de seguridad para la salud así lo permitan. 

Octava. Actuaciones de los grupos de trabajo regionales

8.1. Los grupos de trabajo regionales durante el curso 2021-2022 continuarán siendo los dos establecidos en el Plan General de Actuación trienal y sus contenidos serán los establecidos en las presentes instrucciones, aunque podrán revisarse y modificarse a lo largo del curso en función de las necesidades. 

8.2. El grupo de procedimientos y documentos normalizados tendrá como ejes de trabajo los siguientes: 

  • Simplificación de procedimientos. 
  • Impulso al desarrollo electrónico del trabajo de la Inspección de Educación. 
  • Revisión y actualización de los documentos normalizados. 
  • Elaboración de nuevos documentos normalizados conforme a las necesidades existentes. 
8.3.El grupo de Evaluación trabajará el próximo curso los siguientes temas: 

  • Evaluación interna de los Servicios de Inspección: competencia social. 
  • Evaluación interna de centros docentes. 
  • Evaluación de la Inspección General de Educación. 
Novena. Plan de Formación de la Inspección de Educación

El perfeccionamiento y la actualización profesionales durante el curso 2021-2022 procurarán el desarrollo profesional y la eficacia de las tareas de los inspectores e inspectoras de educación. Por ello, la formación de la Inspección seguirá las líneas establecidas en el Plan General de Actuación y Formación trienal y de forma prioritaria, en este curso, se centrará en los siguientes aspectos: 

  • a) Formación vinculada a las necesidades derivadas del Plan General de Actuación que contribuya a la adecuada aplicación y desarrollo de las actuaciones previstas en el presente plan. 
  • b) Formación para inspectores accidentales. 
  • c) Jornadas de difusión de novedades curriculares en relación a la implantación de la Ley 3/2020 (LOMLOE) 
  • d) Jornadas de Mediación. 
  • e) Formación relacionada con las áreas específicas de trabajo. 
  • f) Procedimiento y lenguaje administrativo. 
Décima. Seguimiento y evaluación del Plan General de Actuación y Formación

Los Servicios de Inspección evaluarán trimestralmente el grado de cumplimiento de los objetivos y de las actuaciones previstas en las presentes instrucciones y en los Planes Provinciales de Actuación. Los equipos de zona y de coordinación efectuarán el seguimiento del Plan Provincial semanalmente aplicando las acciones que sean necesarias. Las áreas específicas de trabajo realizarán este seguimiento con carácter mensual.

La Inspección General de Educación realizará un seguimiento trimestral del grado de cumplimiento de los objetivos y de las actuaciones previstas en las presentes instrucciones y en los Planes Provinciales de Actuación. De igual forma, al finalizar el curso realizará una evaluación del plan anual en función de la memoria anual de los Servicios y de los procedimientos y visitas a los Servicios provinciales de Inspección que sean necesarios. 

Las conclusiones más relevantes se trasladarán a la Viceconsejería de Educación. Así mismo, se informará de estas conclusiones a los Servicios de Inspección al inicio del curso siguiente. 

Undécima. Evaluación de la Inspección de Educación 

La evaluación de la Inspección se realizará según el marco establecido en la Resolución de 21/07/2020, de la Viceconsejería de Educación, por la que se aprueba el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023, en su anexo ID, en el que se contempla la temporalización de la evaluación de la competencia profesional, la competencia social y la competencia ética. 

Durante el segundo trimestre del curso 2021-2022 se realizará la evaluación de la competencia social. Los Servicios Provinciales incluirán en sus planes de actuación del curso 2021-2022 la planificación correspondiente a la evaluación interna de la mencionada competencia social. Al finalizar la evaluación analizarán los resultados y extraerán las conclusiones de la evaluación desarrollada, realizando un informe provincial con las propuestas de mejora que consideren para la mejora del funcionamiento del Servicio. 

La Inspección General de Educación analizará las conclusiones y las propuestas de mejora que realicen los Servicios Provinciales y elaborará un informe sobre la competencia social de Inspección en la región. 

Duodécima. Planes Provinciales de Actuación

1. El contenido de los Planes Provinciales de Actuación deberá contener al menos los siguientes apartados: 
  • I. Objetivos: serán los definidos en el Plan General de Actuación y los que se puedan concretar, con carácter provincial, en cada Servicio de Inspección. 
  • II. Organización de los Servicios: 
    • a) Relación de inspectores e inspectoras; 
    •  b) Zonas y configuración: Adscripción de inspectores e inspectoras a zonas, configuración de los equipos y nombre de los responsables de su coordinación. 
    • c) Adscripción de centros y servicios a los inspectores e inspectoras. 
    • d) Área: Coordinadores de áreas y configuración de las mismas 
    • e) Representantes de los grupos de trabajo específicos regionales. 
    • f) Horario general del Servicio y distribución de días de guardia. 
    • g) Personal administrativo. 
  • III. Procedimiento para la elaboración del Plan.
  • IV. Planificación de las actuaciones funcionales prioritarias: 
    • a) Organización y distribución por zonas e inspectores/as. Inspectores Responsables de su coordinación. 
    • b) Plazos para su realización. 
    • c) Elaboración de los documentos o informes pertinentes. 
  • V. Planificación de las actuaciones funcionales de planificación provincial: 
    • a) Actuaciones previstas. 
    • b) Centros, programas o servicios a los que afectan. 
    • c) Periodo de realización y tiempo previsto para cada una de las actuaciones. 
    • d) Inspectores responsables de su coordinación o ejecución. 
    • e) Criterios generales de organización, procedimientos e instrumentos para su realización. 
  • VI. Participación prevista en actividades de formación y en grupos colaborativos provinciales o regionales. 
  • VII. Criterios, procedimientos e instrumentos para la evaluación global del Plan Provincial de Actuación. 
  • VIII. Planificación anual de la evaluación interna del Servicio Provincial de Inspección. 
2. Los Servicios de Inspección de Educación se regirán para elaborar sus planes provinciales anuales por lo marcado en el Plan General de Actuación y Formación, en las presentes instrucciones. Los Planes Provinciales, una vez informados por el Consejo Provincial de Inspección, se remitirán a la Inspección General de Educación para su aprobación. El plazo de envío será hasta el día 25 de octubre de 2021. 

3. Cada Plan Provincial de Actuación será evaluado trimestralmente por los correspondientes Servicios de Inspección de Educación. Al final del curso escolar, se elaborará la preceptiva Memoria anual, que será remitida a la Inspección General de Educación antes del día 31 de julio, la cual realizará una evaluación de los Planes Provinciales de Actuación mediante los procedimientos que se establezcan en los propios Planes. 

Decimotercera. Memoria Anual

 Al finalizar el curso escolar, las conclusiones más relevantes se recogerán en la Memoria anual, siguiendo las pautas establecidas en el apartado 13 de la Resolución de 21/07/2020, de la Viceconsejería de Educación, por la que se aprueba el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023.

La estructura de la memoria anual será la siguiente: 

  • I. Introducción: Características destacadas del curso académico. 
  • II. Organización y funcionamiento del servicio de inspección. 
    • II.1. Planificación, seguimiento y evaluación. 
      • II.1.1. Actuaciones y funcionamiento de la Jefatura del Servicio, de las coordinaciones; de los equipos de zonas y de áreas. Evaluación de las áreas. 
      • II.1.2. Funcionamiento del Consejo Provincial. 
    • II.2. Funcionamiento de la secretaría de inspección. 
    • II.3. Actividades de formación. 
  • III. Informes y visitas realizadas en el curso. 
    • III.1. Número de informes realizados por inspector. 
    • III.2. Visitas realizadas según el tipo de centro y por inspector. 
  • IV. Actuaciones de planificación provincial: 
    • IV.1. Supervisión de la organización del inicio del curso escolar. 
    • IV.2. Supervisión y control de la organización y funcionamiento de los centros. 
    • IV.3. Supervisión de la organización del final del curso escolar. 
    • IV.4. Actuaciones específicas del plan provincial de actuación. 
    • IV.5. Conclusiones de la Evaluación del Plan Provincial de actuación y propuestas de mejora. 
  • V. Actuaciones funcionales prioritarias. 
  • VI. Evaluación interna del Servicio Provincial de Inspección. 
  • VII. Propuestas para el plan general de actuación y formación de la inspección de educación. 
  • Anexos 
En Toledo a 1 de septiembre de 2021







No hay comentarios:

Publicar un comentario