viernes, 3 de diciembre de 2021

RESOLUCIÓN PROGRAMAS ABANDONO PRIMERA PARTE

Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la implantación, organización y desarrollo de los programas Prepara-T, Ilusiona-T y Titula-S cofinanciados por el Fondo Social Europeo+ integrados en el IV Plan de Éxito Educativo y Prevención del Abandono Escolar Temprano en los centros docentes de Castilla-La Mancha para el curso escolar 2021-2022

La Resolución del Consejo de la Unión Europea 2021/C/66/01 sobre el marco estratégico para la cooperación europea en educación y formación hacia el Área Europea de Educación (2021 – 2030), establece como prioridad estratégica para la próxima década mejorar la calidad, la equidad, la inclusión y el éxito para todos en la educación y la formación. 

La Unión Europea ha establecido, entre otros, los siguientes indicadores a alcanzar: el alumnado de 15 años con bajo rendimiento en comprensión lectora, matemáticas y ciencias y en competencia digital debe ser menor del 15% en 2030; y el alumnado con Abandono Temprano de la Educación debe ser menor del 9% en 2030. 

El artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, según la redacción dada a este artículo por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, establece que las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general. 

El artículo 4 de la Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha establece, como principios del sistema educativo regional, conseguir la calidad de la educación, en el marco de una escuela inclusiva que contempla la diversidad como una ocasión para el enriquecimiento mutuo y procurar la equidad y la igualdad de oportunidades que permitan el desarrollo de las capacidades y competencias básicas de todas y cada una de las personas, así como, la búsqueda de la excelencia. 

Asimismo, el Decreto 85/2018, de 20 de noviembre, por el que se regula la inclusión educativa del alumnado en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 3 como algunos de los principios de la inclusión educativa, la normalización, participación, inclusión, compensación educativa e igualdad entre mujeres y hombres, así como la equidad e igualdad de oportunidades que permita el desarrollo de las potencialidades, capacidades y competencias de todo el alumnado. 

El artículo 4 del mismo Decreto, dentro de los criterios generales, señala como medidas de inclusión educativa los planes, programas, actuaciones, estrategias, procedimientos y recursos dirigidos a favorecer el aprendizaje, el desarrollo, la participación y la valoración de todo el alumnado en el contexto del aula, del centro y de la comunidad educativa. 

A su vez, el artículo 5 establece como medida de inclusión educativa promovida por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes los programas y las actividades impulsadas para la prevención, seguimiento y control del absentismo, fracaso y abandono escolar con objeto de ofrecer una educación común de calidad a todo el alumnado y garantizar la escolarización en igualdad de oportunidades con la finalidad de dar respuesta a los diferentes ritmos, estilos de aprendizaje y motivaciones del conjunto del alumnado. 

Para conseguir estos objetivos se ha venido desarrollando en los últimos años una serie de Planes de Éxito Educativo y Prevención del Abandono Educativo Temprano, los cuales han tenido una valoración positiva por parte de los distintos agentes que conforman la comunidad educativa de Castilla-La Mancha, así como, unos resultados que evidencian logros significativos en la mejora de la respuesta educativa al alumnado y, por tanto, la mejora de la calidad de la enseñanza. 

Como una de las herramientas para continuar trabajando por la reducción del fracaso escolar y el abandono educativo temprano se ha diseñado el IV Plan de Éxito Educativo y Prevención del Abandono Escolar Temprano en centros sostenidos con fondos públicos. Este Plan ha sido aprobado por acuerdo de 22 de noviembre de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y comprende acciones de refuerzo educativo en las etapas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato cuya finalidad es lograr el máximo desarrollo personal, profesional, social, intelectual y emocional de todo el alumnado. 

El Plan está dirigido a alumnado matriculado en centros sostenidos con fondos públicos y consta de los siguientes programas Prepara-T, Ilusiona-T y Titula-S. El objeto de la presente Resolución es aprobar la convocatoria para el desarrollo de los programas siendo los destinatarios de los mismos los centros docentes públicos de titularidad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que resulten seleccionados por la Consejería competente en materia de educación en los términos previstos en esta Resolución. 

El Fondo Social Europeo Plus (en adelante, FSE+) se configura como el principal instrumento de la Unión Europea para invertir en las personas y aplicar el Pilar Europeo de Derechos Sociales, contribuyendo a una Europa más social, a la cohesión económica, social y territorial, de conformidad con el artículo 174 Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y a la consecución de los objetivos de la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030.

Para lograr estos fines, la intervención de los fondos se concentrará en un número limitado de objetivos específicos en los ámbitos políticos del empleo, la educación, la inclusión social, incluida la erradicación de la pobreza, y la salud. 

En relación con el ámbito educativo, se establece como prioritario abordar la mejora en la calidad de la educación y la formación, promover un sistema de educación y formación inclusivo y de gran calidad, accesible y asequible para todas las personas, en todos los niveles educativos y sin sesgos de género, orientado a las necesidades actuales y futuras del mercado de trabajo. 

Se han determinado necesidades de inversión altamente prioritarias para mejorar la calidad de la educación y su pertinencia para el mercado de trabajo; promover la educación y formación inclusivas y de calidad, en especial para los grupos desfavorecidos, y las oportunidades de aprendizaje permanente para todas las personas. Los programas Prepara-T, Ilusiona-T y Titula-S estarán cofinanciados a través del Programa Operativo regional del Fondo Social Europeo+, cuyo Organismo Intermedio es la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. 

La presente Resolución, regula la implantación, organización y desarrollo de los programas Prepara-T, Ilusiona- T y Titula-S cofinanciados por el Fondo Social Europeo+ integrados en el IV Plan de Éxito Educativo y Prevención del Abandono Escolar Temprano en los centros docentes de Castilla-La Mancha para el curso escolar 2021-2022, describiendo el procedimiento de selección de centros educativos sostenidos con fondos públicos y los procedimientos para desarrollar las estrategias de colaboración, seguimiento y evaluación entre el centro y la administración educativa. 

Por todo ello, y en virtud de las competencias que emanan del Decreto 84/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación Cultura y Deportes, resuelvo: 

Primero. Objeto

El objeto de la presente resolución es: 

  • 1. Regular la implantación, organización, y desarrollo de los programas PreparaT, Ilusiona-T y Titula-S cofinanciados por el Programa Operativo del Fondo Social Europeo+, estando integrados en el Plan de Éxito Educativo y Prevención del Abandono Escolar Temprano en los centros docentes públicos de CastillaLa Mancha. 
  • 2. Establecer el procedimiento y los criterios para realizar la selección de los centros que desarrollarán los distintos programas que componen el IV Plan de Éxito Educativo y Prevención del Abandono Escolar Temprano para el curso escolar 2021- 2022. 
Segundo. Objetivos generales de los programas

Con la aplicación y el desarrollo de los programas objeto de esta Resolución, se pretenden alcanzar los siguientes objetivos: 

  • 1. Prevenir el riesgo de fracaso y abandono escolar del alumnado de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. 
  • 2. Adecuar el proyecto educativo del centro a la renovación pedagógica inclusiva impulsando actuaciones que permitan la personalización del currículo en todas las actuaciones educativas que se diseñen y desarrollen en el centro educativo. 
  • 3. Facilitar la adaptación de las programaciones didácticas con el fin de promover el éxito escolar a través de la adecuación de las competencias clave y los aprendizajes fundamentales. 
  • 4. Apoyar al alumnado para mejorar el rendimiento académico y lograr el éxito educativo a través del refuerzo, apoyo y acompañamiento en el aprendizaje, para garantizar la personalización de los procesos de enseñanza, aprendizaje y evaluación. 
  • 5. Incrementar el porcentaje de alumnado que logre los objetivos y las competencias clave correspondientes al curso en el que está escolarizado, disminuyendo las barreras de aprendizaje que dificultan superar el logro de contenidos, facilitando a su vez el tránsito entre niveles y etapas educativas. 
  • 6. Facilitar al alumnado la adquisición y consolidación de hábitos de organización del trabajo y de estudio personal, así como reforzar estrategias y destrezas para consolidar los contenidos y competencias esenciales. 
  • 7. Desarrollar intervenciones educativas inclusivas y cambios organizativos y metodológicos que den respuesta a las necesidades del centro y del alumnado desde una perspectiva inclusiva. 
  • 8. Generar entornos de aprendizaje que favorezcan la interacción entre iguales, la enseñanza multinivel, el trabajo colaborativo y la aplicación de metodologías participativas que mejoren el desarrollo de las competencias clave del alumnado.
  •  9. Reforzar la dotación y formación del profesorado en los centros educativos. 
Tercero. Destinatarios y objeto de cada programa

Los destinatarios y el objeto de cada programa son los siguientes:

1. El programa Prepara-T: 

  • a) Está dirigido a desarrollar medidas de inclusión educativa a nivel de aula y centro, para el alumnado de toda la etapa de Educación Primaria que presente especial dificultad en el desarrollo de la Competencia de Comunicación Lingüística, la Competencia Matemática, la Competencia Aprender a Aprender, la Competencia Digital y la Competencia Social y Cívica y de forma prioritaria, preparar al alumnado de 5º y 6º de Educación Primaria para su paso a la ESO favoreciendo que su promoción se produzca habiendo superado todas las materias con el fin de reducir el riesgo de fracaso escolar en la educación básica. 
  • b) El desarrollo del programa Prepara-T se llevará a cabo poniendo en marcha en el centro educativo ajustes educativos que permitan reforzar y consolidar aprendizajes esenciales, favorecer la participación del alumnado en el grupo clase y garantizar el máximo desarrollo personal, profesional, social, intelectual y emocional de todo el alumnado. 
  • c) El programa se desarrollará en horario lectivo durante el segundo y tercer trimestre del curso 2021- 2022 a través de medidas organizativas tales como la docencia compartida, la aplicación en el aula de metodologías activas y participativas y cuantas otras medidas de inclusión educativa a nivel de aula y centro sean necesario aplicar para conseguir los objetivos del programa. 
2. El programa Ilusiona-T: 

  • a) Está dirigido a desarrollar medidas de inclusión educativa a nivel de aula y centro, para el alumnado de 1º, 2º y 3º de ESO que presente especial dificultad en el desarrollo de la Competencia de Comunicación Lingüística, la Competencia Matemática, la Competencia Aprender a Aprender, la Competencia Digital y la Competencia Social y Cívica y de forma prioritaria, favorecer que la promoción del alumnado se produzca habiendo superado todas las asignaturas con el fin de reducir el riesgo de fracaso escolar en la educación básica. 
  • b) El desarrollo del programa Ilusiona-T en el centro educativo se llevará a cabo poniendo en marcha ajustes educativos que permitan reforzar y consolidar aprendizajes esenciales, favorecer la participación del alumnado en el grupoclase y garantizar el máximo desarrollo personal, profesional, social, intelectual y emocional de todo el alumnado.
  • c) El programa se desarrollará en horario lectivo durante el segundo y tercer trimestre del curso 2021- 2022 a través de medidas organizativas tales como  la docencia compartida, la aplicación en el aula de metodologías activas y participativas y cuantas otras medidas de inclusión educativa a nivel de aula y centro sean necesario aplicar para conseguir los objetivos del programa. 
3. El programa Titula-S: 

  • a) Está dirigido a desarrollar medidas de inclusión educativa a nivel de aula y centro, para el alumnado de 4º de ESO y 1º y 2º de Bachillerato que presente especial dificultad en el desarrollo de la Competencia de Comunicación Lingüística, la Competencia Matemática, la Competencia Aprender a Aprender, la Competencia Digital y la Competencia Social y Cívica y de forma prioritaria, favorecer la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, que la promoción del alumnado se produzca habiendo superado todas las asignaturas con el fin de reducir el riesgo de fracaso escolar en Bachillerato y la obtención del título de Bachillerato. 
  • b) El desarrollo del programa Titula-S se llevará a cabo poniendo en marcha en el centro educativo ajustes educativos que permitan reforzar y consolidar aprendizajes esenciales, favorecer la participación del alumnado en el grupoclase y garantizar el máximo desarrollo personal, profesional, social, intelectual y emocional de todo el alumnado. 
  • c) El programa se desarrollará en horario lectivo durante el segundo y tercer trimestre del curso 2021- 2022 a través de medidas organizativas tales como la docencia compartida, la aplicación en el aula de metodologías activas y participativas y cuantas otras medidas de inclusión educativa a nivel de aula y centro sean necesario aplicar para conseguir los objetivos del programa. 
Cuarto. Solicitudes

  • 1. Las solicitudes se presentarán por las personas interesadas únicamente de forma telemática, con firma electrónica, a través del formulario accesible desde la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es). 
  • 2. Los documentos que las personas interesadas precisen incluir con la solicitud deberán ser digitalizados y presentados como archivos adjuntos a la misma. 
  • 3. El plazo de presentación de solicitudes será de 3 días hábiles a contar desde el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/sede/tablon) y en el Portal de Educación (https://www.educa.jccm.es/es ). 
  • 4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en los lugares citados en el apartado anterior el listado provisional de solicitudes admitidas y los centros seleccionados provisionalmente por los distintos programas, concediendo un plazo de 3 días hábiles a partir del mismo día de la publicación para que puedan presentar alegaciones aquellas solicitudes que no aparecieran en el listado provisional o no hayan sido admitidas. 
  • 5. Una vez revisadas las alegaciones presentadas, si se produjeran, se publicará listado definitivo de las solicitudes admitidas en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y en el Portal de Educación. 
  • 6. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado y fuera del plazo establecido. 
Quinto. Requisitos y criterios para la selección de centros

  • 1. Los requisitos que los centros educativos deben cumplir para poder desarrollar los diferentes programas son: 
    • a) Los centros que están desarrollando el programa de cooperación territorial para la orientación, el avance y el enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (programa PROA+) pueden solicitar el IV Plan de Éxito siempre y cuando el recurso personal extraordinario con el que puedan contar sea destinado a distinto nivel educativo objeto del programa PROA+. 
    • b) Es condición necesaria para la adjudicación del programa Prepara-T que el centro disponga como mínimo de 10 alumnos y alumnas susceptibles de incorporación al programa, así como de 5 alumnos y alumnas para centros incompletos o con unidades mixtas. 
    • c) Es condición necesaria para la adjudicación del programa Ilusiona-T que el centro disponga como mínimo de 10 alumnos y alumnas, susceptibles de incorporación al programa. 
    • d) Es condición necesaria para la adjudicación del programa Titula-S que el centro disponga como mínimo de 10 alumnos y alumnas susceptibles de incorporación al programa. 
  • 2. El programa Prepara-T se asignará a los centros en función de los siguientes criterios: 
    • a) Porcentaje medio de alumnado repetidor durante el curso 2020- 2021 en el centro de la etapa de Educación Primaria: máximo de 5 puntos. Se asignarán 0,5 puntos de baremo por cada punto porcentual de alumnado repetidor de cada uno de los centros. Para las fracciones porcentuales se otorgará una puntuación proporcional. 
    • b) Porcentaje medio de alumnado que promociona a 1º de ESO con alguna materia suspensa durante el curso 2020- 2021: hasta un máximo de 5 puntos. Se asignarán 0,5 puntos de baremo por cada punto porcentual de alumnado con alguna materia suspensa de cada uno de los centros. Para las fracciones porcentuales se otorgará una puntuación proporcional. 
    • c) Porcentaje medio de alumnado escolarizado en el centro con necesidades específicas de apoyo educativo en el curso 2021- 2022: hasta 5 puntos. Se asignarán 0,2 puntos de baremo por cada punto porcentual de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo escolarizado de cada uno de los centros. Para las fracciones porcentuales se otorgará una puntuación proporcional. 
    • d) Porcentaje medio de alumnado de Educación Primaria beneficiario de ayudas en especie para el uso de material curricular en el curso 2021- 2022: hasta 2 puntos. Se asignarán 0,2 puntos de baremo por cada punto porcentual de alumnado beneficiario de ayudas en especie para el uso de material curricular de cada uno de los centros. Para las fracciones porcentuales se otorgará una puntuación proporcional. 
    • e) Los centros ubicados en los municipios especificados en el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha, conforme a las tipologías de “En Riesgo”, “Extrema Despoblación” e “Intensa Despoblación”, obtendrán de oficio una puntuación adicional de 0,5 puntos sobre la puntuación obtenida. 
  • 3. El programa Ilusiona-T se asignará a los centros en función de los siguientes criterios: 
    • a) Porcentaje medio de alumnado repetidor en 1º, 2º y 3º de ESO durante el curso 2020- 2021: hasta un máximo de 5 puntos. Se asignarán 0,5 puntos de baremo por cada punto porcentual de alumnado con alguna materia suspensa de cada uno de los centros. Para las fracciones porcentuales se otorgará una puntuación proporcional.
    • b) Porcentaje medio de alumnado escolarizado en 1º, 2º y 3º de ESO con necesidades específicas de apoyo educativo en el curso 2021- 2022: hasta 5 puntos. Se asignarán 0,2 puntos de baremo por cada punto porcentual de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo escolarizado de cada uno de los centros. Para las fracciones porcentuales se otorgará una puntuación proporcional. 
    • c) Porcentaje medio de alumnado que promocionó durante el curso académico 2020- 2021 de 1º a 2º y de 2º a 3º de ESO con más de tres materias suspensas habiendo repetido con anterioridad en la etapa: hasta un máximo de 5 puntos. Se asignarán 0,5 puntos de baremo por cada punto porcentual de alumnado que cumple las condiciones indicadas de cada uno de los centros. Para las fracciones porcentuales se otorgará una puntuación proporcional. 
    • d) Porcentaje medio de alumnado de 1º, 2º y 3º de ESO beneficiario de ayudas en especie para el uso de material curricular en el curso 2021- 2022: hasta 2 puntos. Se asignarán 0,2 puntos de baremo por cada punto porcentual de alumnado beneficiario de ayudas en especie para el uso de material curricular de cada uno de los centros. Para las fracciones porcentuales se otorgará una puntuación proporcional. 
    • e) Los centros ubicados en los municipios especificados en el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha, conforme a las tipologías de “En Riesgo”, “Extrema Despoblación” e “Intensa Despoblación”, obtendrán de oficio una puntuación adicional de 0,5 puntos sobre la puntuación obtenida. 
  • 4. El programa Titula-S se asignará a los centros educativos en función de los siguientes criterios. 
    • a) Porcentaje medio de alumnado repetidor en 1º y 2º de Bachillerato durante el curso académico 2020- 2021: hasta 5 puntos. Se asignarán 0,5 puntos de baremo por cada punto porcentual de alumnado con alguna materia suspensa de cada uno de los centros. Para las fracciones porcentuales se otorgará una puntuación proporcional. 
    • b) Porcentaje medio de alumnado escolarizado en 4º de ESO, 1º y 2º de Bachillerato con necesidad específica de apoyo educativo durante el curso 2021- 2022: hasta 5 puntos. Se asignarán 0,2 puntos de baremo por cada punto porcentual de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo escolarizado de cada uno de los centros. Para las fracciones porcentuales se otorgará una puntuación proporcional. 
    • c) Porcentaje medio de alumnado que concluye la etapa sin haber conseguido el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria durante el curso académico 2020- 2021: hasta 2 puntos. Se asignarán 0,2 puntos por cada punto porcentual de alumnado que concluye la etapa sin haber conseguido el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria de cada uno de los centros. Para las fracciones porcentuales se otorgará una puntuación proporcional. 
    • d) Porcentaje de repetición en 4º de ESO durante el curso 2020- 2021: hasta 2 puntos. Se asignarán 0,2 puntos por cada punto porcentual de repetición en 4º de ESO de cada uno de los centros. Para las fracciones porcentuales se otorgará una puntuación proporcional. 
    • e) Porcentaje medio de alumnado matriculado en 2º de bachillerato que no obtiene el título de bachillerato durante el curso 2020- 2021 y no se encuentra matriculado en bachillerato en el curso 2021-2022 en Castilla-La Mancha: hasta 5 puntos. Se asignarán 0,25 puntos de baremo por cada punto porcentual de alumnado que cumple las condiciones indicadas de cada uno de los centros. Para las fracciones porcentuales se otorgará una puntuación proporcional. 
    • f) Los centros ubicados en los municipios especificados en el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha, conforme a las tipologías de “En Riesgo”, “Extrema Despoblación” e “Intensa Despoblación”, obtendrán de oficio una puntuación adicional de 0,5 puntos sobre la puntuación obtenida. 
  • 5. Para obtener las puntuaciones de cada centro solicitante, la Administración educativa utilizará los datos registrados en la plataforma de gestión educativa Delphos al día siguiente a la finalización de presentación de solicitudes. Asimismo, los datos del alumnado ACNEAE serán los correspondientes al curso académico 2020-21 en poder del Servicio de Inclusión Educativa y Convivencia de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Finalmente, la información de ayudas en especie otorgadas al alumnado es la que tiene el Servicio de Equipamiento y prestaciones educativas de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. 
  • 6. En cada uno de los programas, si existiera igualdad de puntuación asignada a dos o más centros y necesidad de desempate, se seleccionará aquel centro que obtenga mayor puntuación en los distintos apartados de los criterios expuestos para cada modalidad o programa, según el orden establecido en cada uno de ellos.


RESOLUCIÓN PRIMERA PARTE

RESOLUCIÓN SEGUNDA PARTE 

No hay comentarios:

Publicar un comentario