martes, 11 de junio de 2019

SUSTITUCIÓN MIEMBROS TRIBUNALES


Por Resolución de 07/02/2019 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM nº 30, de 12 de febrero) se convoca proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros por el turno libre, procedimiento para que los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros puedan adquirir nuevas especialidades y procedimiento de selección de aspirantes a puestos de trabajo docente en régimen de interinidad. 

Mediante Resolución de 02/05/2019 de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa (DOCM nº 87, de 7 de mayo), se publica la composición de las comisiones de selección y de los tribunales que juzgarán las pruebas de ingreso y adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Maestros, la distribución de opositores por tribunales y las sedes donde se realizarán las pruebas convocadas por Resolución de 07/02/2019 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. 

Debiendo procederse a la sustitución de doña Faustina Nieto Núñez como presidenta del tribunal nº 7 de la especialidad de Primaria, debido a que causa baja por incapacidad temporal, por la presente Resolución se procede al nombramiento de don Jesús González Monroy, como presidente del tribunal nº 7 de la especialidad de Primaria. En virtud de cuanto antecede, resuelvo: 

Primero. Nombrar a don Jesús González Monroy presidente del tribunal número 7 de la especialidad de Primaria, en el proceso selectivo convocado por Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 07/02/2019, turno libre, en sustitución de doña Faustina Nieto Núñez. 

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. 

Tercero. Aquellos miembros de los tribunales cuya composición se recoge en la presente Resolución, que se hallen incursos en alguna o algunas de las causas de abstención previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, deberán alegar y demostrar por escrito la causa de abstención alegada. Asimismo, los aspirantes de estos procedimientos podrán recusar a dichos miembros conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la misma ley. 

Cuarto. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Toledo, 4 de junio de 2019 

El Director General de Recursos 
Humanos y Planificación Educativa 
ANTONIO SERRANO SÁNCHEZ

No hay comentarios:

Publicar un comentario