martes, 28 de julio de 2020

PLAN ACTUACIÓN SIE 2020 - 2023 SEGUNDA PARTE

7.2. Reseñas de visita. Deberán registrarse reseñas de todas las visitas realizadas, ajustándose a lo establecido en el artículo 3.6 de la Orden de 08-04-2008, de la Consejería de Educación y Ciencia, que desarrolla el Decreto 34/2008, de 26-02-2008, por el que se establece la ordenación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha y en la que se determina su organización y funcionamiento. Las reseñas se mantendrán actualizadas en el Sistema de Gestión Delphos y recogerán fehacientemente las actuaciones llevadas a cabo por el inspector e inspectora du- rante su visita al centro. 



7.3. Actas y otra documentación. Solo se registrarán como actas aquellas que se ajusten a lo establecido en el artículo 9 de la Orden de 08-04-2008, de la Consejería de Educación y Ciencia, que desarrolla el Decreto 34/2008, de 26-02-2008, por el que se establece la ordenación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha y en la que se determina su organización y funcionamiento. Así mismo, se registrará otra documentación que la jefatura de servicio de inspección estime pertinente para cada una de las actuaciones realizadas. 

7.5. Los coordinadores y coordinadoras de zona serán los responsables de velar por que dicha documentación se registre en el Sistema de Gestión Delphos de manera sistemática y en el menor tiempo posible, estableciendo un límite máximo de 10 días desde la realización de la actuación o la emisión del informe. 

7.6. Para el registro documental de actuaciones referidas al ámbito de un único centro se procederá asociándolas a dicho centro en el sistema de gestión Delphos. Para el caso de aquellas actuaciones que no se refieran al ámbito de un único centro concreto, la Inspección General de Educación determinará el procedimiento que corresponda. 


8. Actuaciones de la Inspección General de Educación

La Inspección General de Educación, en el uso de las competencias y atribuciones contempladas en la ordenación de la Inspección, desarrollará las siguientes actuaciones: 
  • Programar las actuaciones prioritarias mediante el diseño de los procedimientos y documentos que se van a utilizar. 
  • Coordinar la actuación de los distintos Servicios de Inspección. 
  • Establecer procedimientos para la gestión del Plan General de Actuación en Delphos a través del módulo especí- fico de Inspección. 
  • Coordinar el grupo de trabajo para la elaboración de los instrumentos y documentos de apoyo utilizados en la evaluación de las actuaciones, de los órganos y de los procesos llevados a cabo desde la Inspección, impulsando la simplificación, fiabilidad e innovación en los mismos. 
  • Coordinar el grupo de trabajo de desarrollo de procedimientos y la elaboración de modelos de informes y docu- mentos normalizados que permitan homologar el desarrollo de las actuaciones funcionales que se realizan en los Servicios de Inspección y que impulsen la simplificación de los mismos. 
  • Coordinar la actuación de las áreas constituidas en los Servicios de Inspección de Educación. 
  • Organizar y coordinar las actividades de formación dirigidas a los inspectores e inspectoras de educación. 
  • Elaborar los informes que le sean requeridos por la Viceconsejería de Educación. 
  • Evaluar la aplicación del Plan General de Actuación y de los Planes Provinciales de Inspección. 
  • Coordinar actuaciones con los distintos Servicios de la Consejería y colaborar en la elaboración de la normativa. 
  • Elaborar propuestas normativas al órgano director para la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación. 
  • Elaborar informes y respuestas a consultas solicitadas por los órganos de la Consejería. 

Con el objeto de potenciar la coordinación y el buen funcionamiento de la Inspección de Educación y conocer las propuestas y aportaciones que se consideren relevantes, se podrán realizar reuniones en cada uno de los Servicios Provinciales. 

8.1. Actuaciones de los grupos de trabajo regionales

8.1.1. Los grupos de trabajo regionales serán dos: “Procedimientos y documentos homologados” y “Evaluación”; ambos estarán compuestos por un inspector o inspectora de cada Servicio Provincial, designado anualmente por la Jefatura de Inspección y un Inspector o una Inspectora Central, que coordinará el mismo y cuya designación corresponde a la persona responsable de la Inspección General de Educación. 

8.1.2. El grupo de Evaluación continuará la línea de trabajo iniciada ya en cursos anteriores y atenderá a las necesidades que se puedan producir sobre cualquier aspecto de evaluación que requiera la presencia de Inspección. Los ejes de trabajo para los próximos tres cursos serán los siguientes: 
  • Evaluación de docentes en prácticas. 
  • Evaluación interna de los Servicios de Inspección. 
  • Evaluación interna de centros docentes. 
  • Evaluación interna de la Inspección General de Educación. 
En todos estos procesos se llevará a cabo un análisis sistemático de documentos y procedimientos, de revisión de los existentes, en su caso, o de creación de otros, tras el consiguiente estudio de los objetivos, finalidad, criterios y modelo seleccionado en cada uno de los ejes citados. 

La programación trienal de tareas del grupo de trabajo sobre Evaluación puede verse en el Anexo ID. 

Los ejes de trabajo y las tareas del grupo podrán revisarse y modificarse anualmente en función de las necesidades, según se determine en las instrucciones anuales de la Inspección General de Educación. 

8.1.3. El grupo de Procedimientos y documentos normalizados tendrá como ejes de trabajo los siguientes: 
  • Simplificación de procedimientos. 
  • Impulso al desarrollo electrónico del trabajo de la Inspección de Educación. 
  • Revisión y actualización de los documentos normalizados. 
  • Elaboración de nuevos documentos normalizados conforme a las necesidades existentes. 
Las tareas del grupo se determinarán en las instrucciones anuales de la Inspección General de Educación para cada curso escolar. Así mismo en dichas instrucciones podrán revisarse y modificarse los ejes de trabajo en función de las necesidades detectadas. 


9. Plan de Formación de la Inspección de Educación

Los inspectores e inspectoras de educación mantendrán actualizada su formación y cualificación siguiendo los principios de conducta establecidos para los empleados públicos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público. A su vez, la formación continua y la actualización permanente de sus conocimientos y competencias profesionales, preferente- mente en horario laboral, se constituyen como un derecho individual de todos los inspectores e inspectoras. 

El perfeccionamiento y la actualización profesionales se entienden absolutamente necesarios para lograr un nivel adecuado de desarrollo profesional y la eficacia de las tareas de los inspectores e inspectoras de educación, de manera que contribuyan al desempeño efectivo de las funciones y tareas propias de su función inspectora. 

Por ello, la formación de la Inspección atenderá de forma prioritaria a los siguientes aspectos: 
  • a) Formación vinculada a las necesidades derivadas del Plan General de Actuación que contribuya a la adecuada aplicación y desarrollo de las actuaciones previstas en el presente plan. 
  • b) Actualización e innovación mediante el conocimiento de propuestas pedagógicas llevadas a cabo en las aulas. 
  • c) Formación en aplicaciones informáticas útiles para el desempeño de sus funciones. 
  • d) Competencias para el desempeño de las funciones inspectoras. 
  • e) Estudio y profundización de las normas aplicables en el ámbito educativo. 
  • f) Formación especializada en idiomas de la Unión Europea. 
  • g) Aumento de la presencia de la Inspección de Educación en la sociedad. 

La Inspección General de Educación, oída la Jefatura de los Servicios de Inspección, formulará propuestas de participación de los inspectores e inspectoras en los cursos y jornadas organizadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y otras instituciones de acuerdo con los criterios que se establezcan en cada convocatoria. Previa autorización, los inspectores e inspectoras podrán participar por iniciativa propia en cursos, jornadas, seminarios, congresos u otras actividades relacionadas con la función inspectora. En todo caso, la asistencia a estas actividades supone el compromiso de comunicar su contenido o conclusiones en las sesiones de formación organizadas al efecto o en los Consejos provinciales, así como en las Jornadas organizadas por la Inspección General de Educación como fórmula de intercambio formativo regional. 

En la medida de lo posible, se llevarán a cabo intercambios de experiencias u otros programas específicos de visitas y colaboraciones con otras Inspecciones de Educación de otras Comunidades Autónomas. 

El plan anual de formación deberá dar respuesta a las necesidades de los planes de actuación y se concretará en las instrucciones anualmente. 


10. Seguimiento y evaluación del Plan General de Actuación y Formación

Los equipos de zona y de coordinación efectuarán el seguimiento y evaluación del Plan Provincial semanalmente e introducirán las medidas correctoras oportunas. 

Los Servicios de Inspección evaluarán trimestralmente, al menos, el grado de cumplimiento de los objetivos y de las actuaciones previstas en los Planes Provinciales de Actuación. 

La Inspección General de Educación realizará un seguimiento de las evaluaciones trimestrales realizadas por los Servicios a través del Consejo de Inspección. De igual forma, la Inspección General de Educación realizará una evaluación del plan anual en función de la memoria anual de los Servicios y de los procedimientos y visitas a las provincias que sean necesarios y dará traslado de las conclusiones al iniciar el curso siguiente. 

Al finalizar el Plan trienal, la Inspección General de Educación en colaboración con los Servicios de Inspección evaluarán el grado de cumplimiento respecto a lo planificado en el mismo. Las conclusiones más relevantes se refundirán en una Memoria final y se trasladarán tanto a los Servicios de Inspección como a la Viceconsejería de Educación. A su vez, la mencionada Memoria final de este Plan trienal servirá de punto de partida para la elaboración del siguiente Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación. 


11. Evaluación de la Inspección de Educación 

El Decreto 34/2008, de 26/02/2008, por el que se establece la Ordenación de la Inspección de Educación de Castilla - La Mancha, en su Capítulo V, plantea la evaluación de la Inspección de Educación, considerando que la Consejería competente en materia de educación ha de establecer planes periódicos de evaluación interna y externa del funcionamiento de la Inspección de Educación, siendo coordinados por la Inspección General de Educación. De este modo, la Inspección General de Educación y los Servicios de Inspección de Educación han de desarrollar procesos de evaluación interna que contribuyan a la mejora de su propio funcionamiento. 

Para ello, se realizará en el marco del plan trienal una distribución temporal de la evaluación interna de la Inspección de Educación conforme al anexo ID, en la que se contemplarán la competencia profesional, la competencia social y la competencia ética. 

Anualmente, los Servicios Provinciales incluirán en sus planes de actuación la planificación correspondiente a la evaluación interna. Al finalizar la evaluación analizarán los resultados y extraerán las conclusiones de la evaluación desarrollada, realizando un informe provincial con las propuestas de mejora que consideren para la mejora del funcionamiento del Servicio. 

La Inspección General de Educación analizará las conclusiones y las propuestas de mejora, estableciendo las medidas necesarias para la mejora del funcionamiento de la Inspección a nivel regional y realizará un informe anual que servirá para orientar la evaluación interna de los Servicios en las siguientes instrucciones anuales. 

La evaluación interna de la Inspección General de Educación se llevará a cabo en el último curso del trienio y sus resultados se darán a conocer mediante un informe al finalizar el mencionado trienio. 

Al término del Plan trienal la Inspección General elaborará un informe final sobre la evaluación interna realizada que servirá para orientar el siguiente Plan General de Actuación. 

Tanto los informes anuales como el informe final trianual se trasladarán a la Viceconsejería y a los Servicios de Inspección al finalizar cada curso o trienio, en su caso. 


12. Planes Provinciales de Actuación

Con el fin de unificar la información de los Planes Provinciales de Actuación y contemplar las adaptaciones que sean necesarias, el contenido de estos documentos se determinará en las Instrucciones anuales de la Inspección General de Educación. 


13. Memoria Anual


Al finalizar el curso escolar, las conclusiones más relevantes se recogerán en la Memoria anual, que será informada por el Consejo Provincial de Inspección y elevada a la Inspección General de Educación antes del 31 de julio de cada curso. 

El fin que persigue la elaboración de la Memoria es valorar las actuaciones realizadas a través de los resultados obtenidos y el análisis de los procesos emprendidos, para determinar, en general, el grado de eficacia de la actuación inspectora en centros, programas y servicios educativos y, de un modo más concreto, en relación con los objetivos previstos en el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación, y con los determinados desde la propia provincia e incluidos en cada uno de sus planes provinciales. 

Por ello, la Memoria debe contener básicamente, tanto la evaluación de las actividades, los procedimientos y la organización del trabajo previstos en el Plan Provincial de Actuación, como la formulación de propuestas de mejora en relación con las actuaciones realizadas y con el funcionamiento de los Servicios de Inspección. 

Las Jefaturas de servicio organizarán el procedimiento para la elaboración de la Memoria garantizando que quede reflejada una valoración global por parte de cada equipo de zona sobre los aspectos que consideren más relevantes de las actuaciones realizadas y del funcionamiento de los servicios. 

Asimismo, se hará especial hincapié en que en cada uno de los apartados de la memoria se incluyan conclusiones y propuestas, sobre todo en los informes correspondientes a las actuaciones prioritarias. Junto a ellos, se incluirán los anexos con datos cuantitativos, cuando proceda. 

Las Jefaturas de servicio completarán la Memoria con las conclusiones más relevantes, en función de las aportaciones de los equipos de zona. Del mismo modo, recogerán en el último apartado de la memoria las propuestas que consideren más convenientes para que sean tenidas en cuenta en la elaboración del Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación del curso correspondiente. 

De este modo, y con el fin de unificar la información de la memoria anual en cada provincia y contemplar las adap- taciones que sean necesarias, este documento tendrá el contenido que se determine en las Instrucciones anuales de la Inspección General de Educación. 



Anexo IA. Actuaciones prioritarias del plan trienal de actuación desde el curso 2020-2021 hasta el 2022-2023

Las actuaciones prioritarias de los planes de actuación de inspección han de responder a los objetivos prioritarios de la Consejería con competencias en materia de educación. De este modo, resulta preciso destacar el propósito del modelo educativo del gobierno autonómico de Castilla-La Mancha como elemento de transformación social, que considera a la educación como base de la igualdad, con la convicción de que la calidad y la equidad son dos principios indisociables no contrapuestos, y con la certeza de que es imprescindible la construcción sólida de centros inclusivos que proporcionen una respuesta adaptada a las necesidades de cada persona. Mediante este propósito se conseguirá que todos los castellano-manchegos desarrollen al máximo todas sus capacidades, individuales y sociales, intelectuales, culturales y emocionales. 

Para alcanzar este propósito es necesario aportar una visión que conjugue las prioridades más inmediatas, consecuencia de los acontecimientos recientes que han provocado una necesaria adaptación y transformación del siste- ma educativo, como de los objetivos a medio plazo que nuestra región necesita teniendo en cuenta las directrices internacionales, europeas, nacionales y autonómicas adaptadas a nuestra realidad, para la mejora de la calidad y la equidad de la educación, para proporcionar la mejor respuesta a las necesidades de la población castellano- manchega. 

En consecuencia, hay que trabajar con rapidez, firmeza y equilibrio en la adaptación para la transformación que conjugue la educación presencial y a distancia motivada por la crisis del coronavirus. Así mismo, no debe perderse de vista el horizonte en el que se avanza hacia un modelo que contempla la calidad y la equidad como ejes vertebradores del sistema educativo, con el modelo inclusivo como seña de identidad en nuestra comunidad autónoma. 

Con la finalidad de progresar en estas prioridades, la Inspección de Educación debe definir una planificación estratégica que contribuya de manera decidida a progresar en el avance hacia el modelo propuesto. Para ello se precisan los siguientes objetivos prioritarios que se tendrán en cuenta en el presente plan trienal de actuación: 

Objetivo prioritario 1: Supervisar y asesorar la organización de los centros educativos en la nueva normalidad tras la pandemia provocada por el Covid-19, ofreciendo propuestas que contribuyan a la consecución de un sistema educativo de calidad, inclusivo y seguro. 

Este objetivo está dirigido a contribuir en el avance de todo el alumnado y especialmente de aquel más vulnerable. Se centrará en ajustar en los centros educativos todos los aspectos que han quedado vulnerados o alterados por la crisis del Covid19, durante el período de enseñanza a distancia en supervisar y la implementación de las medidas sanitarias y educativas dispuestas para el curso 2020-2021 y en asesorar a los centros para afrontar nuevas crisis. 

Las principales actuaciones asociadas estarán asociadas a los siguientes ejes de trabajo: 
  • 1. Garantizar las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud, supervisando los planes de contingencia, su desarrollo y su cumplimiento. 
  • 2. Supervisar las medidas adoptadas y los planes desarrollados por los centros para compensar las desigualdades que se hayan creado con la crisis provocada por la pandemia, atendiendo al alumnado más vulnerable. 
  • 3. Recuperar el desfase curricular, velando por que los centros contemplen la recuperación del desfase producido. 
  • 4. Supervisar las programaciones didácticas y las medidas para actualizar la adquisición de competencias propias de cada nivel, etapa y enseñanza, contemplando los distintos escenarios previstos desde la Administración educativa y su adecuado ajuste. 
  • 5. Evaluar la integración en los centros del uso de plataformas digitales y el grado de conocimiento de las mismas por los docentes, alumnado y familias. 
  • 6. Supervisar los sistemas de detección y las soluciones dadas en relación a la brecha digital existente. 

Objetivo prioritario 2. Reducir del abandono temprano de la educación. 

Un objetivo urgente del Plan General de Actuación se centra en contribuir a la reducción del abandono temprano de la educación, que se sitúa en Castilla-La Mancha en niveles superiores a la media española. Para aumentar el potencial de crecimiento a largo plazo de nuestra economía y para asegurar la inclusión social y evitar que los grupos de población más vulnerables queden atrapados en situaciones de pobreza resulta fundamental atajar los problemas de abandono prematuro. Esto exige reforzar la equidad y la capacidad inclusiva del sistema, aumentando las oportunidades educativas y formativas de toda la población, contribuyendo a la mejora de los resultados educativos y dando respuesta a la demanda generalizada en la sociedad castellano-manchega de una educación de calidad para todos. 

En este sentido, para favorecer la permanencia del alumnado en el sistema, en todas y cada una de las enseñanzas, pero con una especial atención a las enseñanzas obligatoria se presentan los siguientes ejes sobre los que se debe trabajar y que conllevan actuaciones asociadas: 
  • Mejora de los resultados escolares 
  • Fortalecimiento de la escuela rural. 
  • Mejora de la convivencia escolar. 
  • Reducción del absentismo escolar. 

Objetivo prioritario 3. Impulsar el III Plan de Formación Profesional de Castilla-La Mancha en el ámbito del sistema educativo. 

El III Plan de Formación Profesional contiene un marco de acción del gobierno de Castilla-La Mancha que integra e incorpora, entre otros, el objetivo de impulsar y flexibilizar la formación profesional inicial en el sistema educativo. 

En el marco de acción del Gobierno de la Junta de Castilla-La Mancha, se proponen las siguientes actuaciones asociadas: 
  • Formación profesional dual: Para estudiar la dimensión y el impacto de esta modalidad con procesos de enseñanza y aprendizaje en los centros educativos y en los centros de trabajo. 
  • Orientación profesional: Para analizar la situación de la orientación profesional en las distintas etapas del sistema educativo. 

La Inspección General de Educación concretará mediante instrucciones la planificación anual concreta para dar respuesta a estos objetivos prioritarios, que tendrán vigencia a lo largo del periodo de vigencia del presente Plan General de Actuación y Formación. 

Así mismo, en estas instrucciones se podrá contemplar el ajuste del Plan, pudiendo incorporar actuaciones deriva- das de las novedades y necesidades que no hayan podido ser previstas con anticipación. 

Objetivo Prioritario 4: Contribuir a la construcción de un sistema educativo inclusivo. 

El modelo de educación inclusiva que propone nuestra Comunidad Autónoma plantea una transformación sustancial de muchas de las estructuras, acciones e ideas preconcebidas sobre lo educativo. Si bien, el plano teórico es transformador no siempre tiene su reflejo en la realidad o, en el mejor de los casos, no completamente, con la misma definición de matices que la normativa ha dictado. Por eso se hace necesario plantear un objetivo de contribución desde la Inspección de educación para alcanzarlo o al menos aproximarnos al modelo lo más posible. 

Partiendo de que la evaluación contribuye a la mejora es imprescindible, pues, conocer cómo se trabajan en los centros los diferentes elementos del currículo para alcanzar la inclusión, qué estrategias metodológicas se utilizan para atender a cada alumno o alumna en cada grupo, cómo se distribuyen los recursos disponibles, cuál es la organización de los mismos, así como su coordinación. 

En el marco de este objetivo se pretende, por ende, que Inspección colabore e impulse la inclusión educativa. Se persigue conocer y supervisar las acciones que se realizan en los centros sobre inclusión educativa y, en consecuencia, contribuir a que se construya un sistema educativo verdaderamente inclusivo, se hallan las siguientes actuaciones asociadas: 
  • a) Supervisar la planificación general de la atención educativa: se trata de comprobar la participación en el análisis de la disponibilidad de profesorado especialista de apoyo y colaborar en una redistribución planificada y en la redefinición de los roles de cada perfil. 
  • b) Comprobar las medidas adoptadas por los centros en favor de la inclusión, la utilización de recursos disponibles y la evaluación de dichas medidas, así como los planes de mejora. 
  • c) Asesorar a los centros en la aplicación de la normativa de inclusión educativa y en la implementación de itinerarios formativos específicos sobre el tema. 
  • d) Localizar modelos innovadores de respuesta educativa inclusiva en centros docentes, especialmente en los que impartan educación obligatoria e iniciar de procesos de diseminación y generalización de modelos inclusivos valorados como relevantes. 
  • e) Promover acciones contra la segregación escolar. 

Objetivo Prioritario 5: Afianzar la coordinación en los centros educativos a través de la evaluación de la organización y el funcionamiento de los distintos órganos de los centros. 

Se plantea la necesidad de mejorar la coordinación en los centros escolares, con el fin de mejorar su eficacia y responder a las demandas educativas existentes. La coordinación docente en muchas ocasiones resulta compleja, y en ocasiones se muestra resistencia a la misma. Por otra parte, es imprescindible facilitar las condiciones que faciliten el trabajo en equipo, que requieren una adecuada motivación y el compromiso profesional. 

Ante esta situación, afianzar la coordinación entre los diferentes órganos de un centro es un objetivo al que la Inspección puede contribuir, mediante la supervisión de las funciones, las actuaciones y los mecanismos de funcionamiento que tienen cada uno de ellos. 

La coordinación docente dota a los centros de una mayor eficiencia y da coherencia a su Programación General Anual y a cada uno de los proyectos y objetivos que se planteen. Además, la evaluación de la práctica docente facilita la actualización en metodologías, al tiempo que permite la detección de debilidades y su corrección más rápida, así como favorece que las familias se reconozcan en la existencia de unos criterios comunes compartidos por todos. 

Enmarcadas en este objetivo se proponen las siguientes actuaciones: 
  • Supervisar el funcionamiento de los Órganos de gobierno: Equipo directivo, Consejo escolar, Claustro de profeso- res; Órganos de participación: Junta de Delegados de alumnos, Asociaciones de Alumnos y Alumnas y Asociaciones de Madres y Padres; Órganos de coordinación docente: Equipos de nivel, Equipo de Orientación y Apoyo, Departamento de Orientación, Departamentos didácticos o de familia profesional, Tutorías, Comisión de Coordinación Pedagógica; Equipos docentes o Juntas de profesores de grupo. 
  • Comprobar la formación realizada sobre trabajo en equipo y asesorar sobre las vías más indicadas en relación al contexto de cada centro. 
  • Verificar la implementación de los proyectos que se desarrollan en el centro: contribución a la mejora de la coordinación en el centro o entre el centro y las familias. 

La temporalización inicial prevista para el desarrollo de las actuaciones prioritarias se establece de la siguiente forma en base a los objetivos prioritarios:





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