Resolución de 10/07/2020, de la Viceconsejería de Educación, por la que se autoriza la modificación de la oferta de ciclos formativos de Formación Profesional en centros públicos de Educación Secundaria de Castilla-La Mancha, a partir del curso 2020/2021. [2020/4784] (DOCM de 15 de julio)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para
la Mejora de la Calidad Educativa, establece en su artículo 42 que corresponde a las Administraciones educativas
programar la oferta de las enseñanzas de Formación Profesional.
Es objetivo de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes potenciar la oferta formativa de Formación Profesional
vinculada a sectores productivos y de servicios con alto grado de inserción laboral, y adaptarla a los mismos, ampliando
la oferta de enseñanzas con la implantación de nuevos Ciclos Formativos que faciliten la incorporación de los ciudadanos
al mercado laboral.
El Fondo Social Europeo cofinancia las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior
propiciando un elevado nivel de educación y formación para todos y apoyando la transición de la educación al empleo
entre los jóvenes, contribuyendo de esta forma a dar respuesta a las prioridades de la Unión en materia de mejora de
la cohesión económica, social y territorial.
La presente acción será objeto de cofinanciación en el programa operativo
Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha a través del objetivo temático 10 “Invertir en educación, formación y
formación profesional para la adquisición de capacidades y el aprendizaje permanente”.
Por todo ello, de acuerdo con la propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y teniendo en cuenta
las competencias que me otorga el Decreto 84/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y la
distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelvo:
Primero.
Autorizar, a partir del curso 2020/2021 en los centros que se relacionan en el anexo I de esta Resolución, la
impartición de los ciclos formativos de Formación Profesional que se indican en el mismo, en modalidad presencial y
turnos indicados.
Las enseñanzas que se autorizan se implantarán de forma progresiva, empezando a impartir el primer curso de las
mismas en el curso académico 2020/2021, hasta su completa implantación en el curso 2021/2022.
Segundo.
Autorizar, a partir del curso 2020/2021, en los centros que se relacionan en el anexo II de esta Resolución, la
impartición de los ciclos formativos de Formación Profesional que se indican en el mismo, en la modalidad E-learning.
Las enseñanzas que se autorizan se implantarán de forma progresiva, empezando a impartir los módulos profesionales
correspondientes al primer curso en el curso académico 2020/2021, hasta su completa implantación en el curso
2021/2022.
Tercero.
No podrán implantarse, en los centros objeto de esta Resolución, más enseñanzas que aquellas expresamente
autorizadas por ésta, que se sumarán a las que consten en el Registro de Centros Docentes no Universitarios de
Castilla-La Mancha. Los Delegados Provinciales de Educación, Cultura y Deportes velarán por el riguroso cumplimiento
de esta norma.
Cuarto.
Se autoriza a la Dirección General de Formación Profesional y a la Dirección General de Recursos Humanos y
Planificación Educativa a dictar cuantas instrucciones sean precisas para el desarrollo de la presente Resolución.
Quinto.
La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La
Mancha.
Toledo, 10 de julio de 2020
El Viceconsejero de Educación
AMADOR PASTOR NOHEDA
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