lunes, 27 de julio de 2020

RESOLUCIÓN MEDIDAS COVID 2020 / 2021 PLAN CONTINGENCIA

Anexo II. Plan de Contingencia


El Plan de Contingencia tiene como fin principal poder actuar en los diferentes escenarios que se puedan dar en el ámbito educativo a lo largo del curso 2020-2021 en función de la posible evolución de la COVID-19. 

Para ello, se parte de la definición de diferentes escenarios en los que nos podemos encontrar, de tal modo que, ante un posible brote, se puedan arbitrar medidas diferenciadas de control y seguimiento del brote y desarrollo de la actividad educativa. 


Es conveniente que el centro quede identificado en sectores organizativos que permitan zonificar tanto a las personas como al espacio que ocupan. Estos sectores se podrán organizar de la siguiente manera: 
  • Conjunto de grupos estables de convivencia.
  • Conjunto de grupos que compartan el mismo edificio en el caso de centros divididos en varios espacios. 
  • Cualquier otra organización que facilite la zonificación del centro para poder controlar antes un brote en el caso de que se produzca. 

En cada uno de los sectores, deberá quedar identificado el profesorado que imparte docencia en cada uno de los grupos que componen el sector. 

Los sectores serán susceptibles de quedar aislados del resto del centro escolar ante la aparición de un brote y pueden estar compuestos, incluyendo el alumnado y profesorado, por una o varias clases, agrupar por cursos, niveles, etapas, en función de la dimensión y los espacios del centro, por uso de zonas de paso, aseos, zonas de recreo, comedores, polideportivos, etc. que utilicen esas personas o por los especialistas que se compartan. Para ello, se considera muy útil que los centros tengan cumplimentados los documentos de información global por grupos y sectores que adjuntamos a esta resolución en el Anexo IV, si así lo deciden. Esta información facilitará el rastreo en los posibles casos de infección por la COVID-19. 

El Plan de Contingencia contemplará los diferentes modelos de formación (presencial, semipresencial o no presencial) según el escenario en el que se encuentre: 

  • Escenario 1: Nueva normalidad.
  • Escenario 2: Adaptación ante una situación de control sanitario. 
  • Escenario 3: No presencialidad. 


1- Escenario 1. Nueva normalidad

El plan de inicio de curso debe recoger las medidas generales de prevención, higiene y promoción de la salud frente a la COVID-19 y las medidas organizativas generales para la reapertura y funcionamiento de los centros educativos, y será elaborado partiendo de las instrucciones sobre las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a la COVID-19 para los centros educativos de Castilla-La Mancha para el Plan de Inicio del curso 2020-2021 ya remitidas. 

El Plan de Inicio del Curso 2020-2021 partirá del estudio realizado y reflejará el estado de los indicadores referidos a los siguientes apartados generales: 


1. Limitación de contactos.
  • 1.1. Adecuación de los espacios al número de alumnos/as. 
  • 1.2. Organización de las entradas y salidas del centro. 
  • 1.3. Organización de los desplazamientos por el centro. 
  • 1.4. Organización de los espacios de uso del alumnado y de los trabajadores. 
  • 1.5. Organización de asambleas y reuniones. 
  • 1.6. Organización de la entrada de las familias al centro. 
  • 1.7. Organización del transporte, comedor y aula matinal si los hubiere. 


2. Medidas de prevención personal. 
  • 2.1. Medidas de prevención personal.
  • 2.2. Utilización de mascarillas: la obligatoriedad de uso vendrá determinado por la normativa sanitaria vigente en cada momento. 
  • 2.3. Organización y control de los objetos en los centros. 


3. Limpieza y ventilación del centro. 
  • 3.1. Protocolo de limpieza y desinfección.
  • 3.2. Ventilación de las instalaciones. 
  • 3.3. Desinfección de zonas comunes. 
  • 3.4. Gestión de residuos. 
  • 3.5. Limpieza y Uso de los aseos. 


4. Gestión de los casos. 

  • 4.1. Localización y actuación ante la aparición de casos.


5. Otras acciones. 

  • 5.1. Coordinación con: atención primaria, salud pública, servicios sociales, entidades locales.
  • 5.2. Vías de comunicación e información a los trabajadores y a las familias. 
  • 5.3. Educación para la salud: acciones formativas organizadas en coordinación con la Consejería de Sanidad. 
  • 5.4. Identificación/ Establecimiento de sectores del centro que permitan el rastreo. 


Asimismo, se recogerá el nombre de la persona responsable referente para los aspectos relacionados con la COVID-19. Esta persona deberá coordinar cualquier actuación que se realice en el centro en aras de garantizar la seguridad del alumnado y personal del mismo y podrá ser un miembro del equipo directivo, la persona responsable de la Prevención de Riesgos Laborales o persona en quien delegue. Tal y como se indicaba en las instrucciones enviadas sobre Medidas de Prevención, Higiene y Promoción de la Salud frente al COVID-19, se podrá crear un equipo COVID-19 con representantes del Equipo Directivo, personal de limpieza, familias, etc. 

El Plan de Inicio de curso deberá ser conocido por la comunidad educativa. Para ello, se establecerá un procedimiento de difusión e información. Los centros educativos deberán prever la celebración con el alumnado de sesiones informativas sobre el plan, tanto al inicio de curso como a lo largo del mismo, incidiendo en las reglas higiénico- sanitarias que deben cumplir en la actividad cotidiana en sus clases. Para ello, utilizarán los recursos e indicaciones elaborados por las autoridades sanitarias o educativas que se establezcan en cada momento. 

Los centros educativos desarrollarán las orientaciones didácticas y metodológicas contempladas en las programaciones didácticas para este escenario. 

Escenario 1 en Educación Infantil y Educación Primaria: 

  • En este escenario se garantiza la actividad lectiva presencial de todo el alumnado y se mantiene la jornada habitual de los centros, con los servicios complementarios de transporte, comedor y aula matinal.
  • Los centros educativos fomentarán el establecimiento de grupos de convivencia estables en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria (especialmente en 1º y 2º), así como en los Centros de Educación Especial que permitan, en caso de que se produzcan contagios, tener definida la trazabilidad para proceder al aislamiento preventivo. 
  • Estos grupos de convivencia estables estarán compuestos por el alumnado del grupo (hasta un máximo de 25) y el tutor/a del mismo. En los grupos estables no es necesario cumplir con la restricción de la separación interpersonal. El uso de mascarillas será el que defina la autoridad sanitaria en cada momento. 
  • Se reducirá al máximo las personas que trabajen con el grupo de convivencia estable, posibilitando a los centros, dentro de su autonomía, a la flexibilización del currículo y a la innovación curricular para reducir el número de personas que imparten docencia en estos grupos de convivencia estable. 
  • Fuera de estos grupos deberá cumplirse con la medida de mantenimiento de distancia interpersonal y, cuando no sea posible, se observarán las medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos previstos en el Real Decreto Ley 21/2020 de 9 de junio. 
  • En los grupos de convivencia estables, sus miembros pueden socializar y jugar entre sí sin tener que mantener la distancia interpersonal de forma estricta. Estos grupos de convivencia estable deberán evitar la interacción con otros grupos del centro educativo, limitando al máximo el número de contactos. Esta alternativa, además posibilitará un rastreo de contactos rápido y más sencillo si se diera algún caso. 
  • Se recomienda establecer un momento diferenciado de recreo y delimitación de espacio de juego dentro del mismo. En el caso del comedor escolar deberán contar con un espacio propio delimitado y en transporte escolar deberán hacer uso de la mascarilla. 
  • Todos los grupos de convivencia estable se entenderán dentro del centro en un sector identificable a efectos de poder desarrollar los siguientes escenarios y controlar la convivencia del alumnado y poder aplicar medidas de aislamiento por sectores, si fuera necesario. 
  • En los centros incompletos de educación infantil y primaria, las unidades mixtas, igualmente podrán conformar grupos de convivencia estable. 


Escenario 1 en el resto de etapas educativas y enseñanzas

  • Igualmente, en el resto de etapas educativas y enseñanzas, los grupos se determinarán respetando la distancia mínima interpersonal y, en los agrupamientos en los que no se pueda, se hará obligatorio el uso de mascarilla para todas las personas que conforman el grupo. Cada centro determinará en su Plan de Inicio la fracción de alumnado y profesorado que conforman los diferentes sectores identificables en función de su distribución por el centro, las entradas y salidas, momentos de recreo, enseñanzas o etapas, etc.
  • Cada uno de esos sectores identificables serán tenidos en cuenta para la toma de decisiones de cara a los siguientes escenarios. 


Educación Secundaria Obligatoria

  • Se organizarán los grupos de acuerdo con la matrícula de cada uno de los cursos, los programas educativos autorizados, los grupos de refuerzo y apoyo, desdobles, etc., y otras medidas organizativas de cada centro.
  • Con la finalidad de garantizar la distancia de seguridad se tendrá en cuenta en la organización de esta etapa los agrupamientos resultantes de programa bilingüe, la optatividad de materias, los PMAR, el desarrollo de medidas de inclusión educativa, etc. priorizándose las horas por desdoble para la conformación de nuevos grupos. 
  • Cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad, deberán utilizarse medidas de protección, según estipule la normativa que deba aplicarse en cada momento. 


Bachillerato

  • En la organización de los cursos de Bachillerato se deberá tener en cuenta que la ratio máxima de alumnado por aula para esta etapa solo se materializa en las materias troncales comunes, ya que las materias troncales de modalidad, específicas, así como las de libre configuración y las optativas suelen tener agrupamientos más bajos que permiten mantener la distancia de seguridad.
  • Para el curso 2020-2021 se recomienda priorizar la conformación de agrupamientos menores en lugar de extender la oferta de materias optativas, siempre que sea posible y adecuado desde un punto de vista pedagógico y organizativo. 
  • Cuando no sea posible garantizar la distancia de seguridad en algún grupo o en alguna materia, deberán utilizarse medidas de protección, según estipule la normativa que deba aplicarse en cada momento. 


Enseñanzas de formación profesional, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas superiores de diseño y enseñanzas deportivas de régimen especial

  • En los grupos de alumnado o, de forma específica, en los módulos formativos en los que no se pueda garantizar la distancia de seguridad, deberán utilizarse las medidas de protección establecidas, según estipule la normativa que deba aplicarse en cada momento.
  • Excepcionalmente, se podrá realizar una formación semipresencial conforme a lo establecido en el escenario 2. A tal efecto, los centros deberán justificar la conveniencia de su implantación y deberá ser autorizada antes del inicio de curso por la Dirección General de Formación Profesional. 
  • La realización del módulo profesional de Formación en Centros de trabajo, de prácticas en empresa y proyectos de FP Dual, se desarrollará de forma presencial. Si debido al cumplimiento de las medidas sanitarias por parte de la empresa existiera limitaciones en el desarrollo presencial de las prácticas se podrá implantar un modelo de formación a distancia parcial o total, garantizando la adquisición de los objetivos formativos. 


Enseñanzas elementales y profesionales de música y danza y enseñanzas superiores de música

  • En los grupos de alumnado o, de forma específica, en los módulos formativos en los que no se pueda garantizar la distancia de seguridad deberán utilizarse las medidas de protección establecidas, según estipule la normativa a aplicar en cada momento.
  • Excepcionalmente, se podrá realizar una formación semipresencial conforme a lo establecido en el escenario 2. A tal efecto, los centros deberán justificar la conveniencia de su implantación y deberá ser autorizada antes del inicio de curso por la Dirección General de Formación Profesional. 


Enseñanzas de idiomas y de Personas Adultas

  • Para estas enseñanzas, si no es posible garantizar la distancia deberá utilizarse la mascarilla como medida de protección, tanto en el aula como en los espacios de uso común.


2. Escenario 2. Adaptación ante una situación de control sanitario

La activación del escenario 2 correrá a cargo de los servicios de salud pública en función de los riesgos que puedan aparecer. 

Cuando en un centro educativo se detecte alguna situación de riesgo, las autoridades sanitarias determinarán las medidas que se deban adoptar, que podrán consistir en el aislamiento de la persona afectada y la vigilancia del grupo de relación (clase, equipo docente, departamento didáctico, administración...). 


Debido a un brote o aumento de la transmisión comunitaria, las autoridades sanitarias dictaminarán la necesidad de cierre transitorio de una o varias aulas en un centro educativo. La atención educativa presencial continúa siendo el modelo básico, que se complementa con la educación no presencial como herramienta auxiliar para un grupo de alumnas/os, un aula, un curso o una etapa educativa. 

Se podrán establecer medidas específicas referidas al transporte, el comedor, el aula matinal o residencia escolar, en función de las directrices que remita la Administración. 


No obstante, para el alumnado becado al 100% en el servicio de comedor, se arbitrarán las medidas oportunas para  la prestación de la comida de mediodía en caso del cierre total o parcial de este servicio. 

Se reforzará el bloqueo de los sectores en los que se ha dividido el centro y las enseñanzas, pudiendo limitar o suprimir la carga horaria de determinadas materias, nunca las troncales y obligatorias. 

Excepto en los grupos de convivencia estables, se podrán suprimir las especialidades y el alumnado estará atendido por el tutor/a del aula; se podrá definir un nuevo horario semanal de grupo, pudiendo reducir la jornada diaria para extremar medidas higiénico-sanitarias, previa autorización de la administración educativa. 


Enseñanzas de formación profesional, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas superiores de diseño y enseñanzas deportivas de régimen especial

Sin perjuicio de las medidas sanitarias que haya que adoptar de forma específica en cada caso, para los grupos de alumnado que debido a su número no cumplan con los condicionantes establecidos por las autoridades sanitarias, se deberá proceder a su división e implantación de un modelo de alternancia, presencial y no presencial, cuyo resultado final sería un calendario semanal para el alumnado de días con enseñanza presencial y días con enseñanza no presencial. 

Los departamentos didácticos, con el visto bueno del equipo directivo, establecerán la secuenciación y los periodos de asistencia presencial al centro y de permanencia en el domicilio de cada grupo, priorizando en la medida de lo posible la asistencia presencial cuando se desarrollen contenidos prácticos difícilmente abordables por el alumnado fuera del centro educativo. 

Las programaciones reflejarán los contenidos y resultados de aprendizaje que se desarrollarán presencialmente y  a distancia. 

Para la realización del módulo de Formación en Centros de trabajo, de prácticas en empresa y los proyectos de FP Dual, si debido al cumplimiento de las medidas sanitarias por parte de la empresa existiera limitaciones en el desarrollo presencial de las prácticas se podrá implantar un modelo de formación a distancia parcial o total, garantizando la adquisición de los objetivos formativos. Adicionalmente podrán aplicarse las medidas de flexibilización que puedan dictarse al efecto por los órganos competentes. 

Enseñanzas elementales y profesionales de música y danza y enseñanzas superiores de música

Sin perjuicio de las medidas sanitarias que haya que adoptar de forma específica en cada caso, la implantación de un modelo semipresencial se regirá por los siguientes criterios: 

  • 1. Se mantiene la docencia presencial para las clases individuales y para las grupales prácticas.
  • 2. Se implementará la actividad lectiva no presencial conforme a los siguientes criterios: 
    • a) Se priorizará la actividad no presencial del alumnado de cursos inferiores sobre los superiores.
    • b) Se priorizará la actividad no presencial en las asignaturas teóricas.
    • c) La organización de la actividad no presencial para las asignaturas grupales teóricas se podrá realizar conforme a los criterios establecidos para las enseñanzas de formación profesional y artes plásticas y diseño, ajustando los días de alternancia en función de los horarios semanales de las asignaturas e individuales del alumnado. A tal efecto, la alternancia se podrá organizar diariamente, semanalmente o mensualmente, según proceda. 
  • 3. Orquesta/banda. Se podrá adoptar alguna de las siguientes medidas: 
    • a) Desdoblar transitoriamente los grupos. 
    • b) Celebrar encuentros mensuales o trimestrales, en uno o varios días consecutivos, acumulando las horas correspondientes a la asignatura. Para ello, se deberá planificar la fecha de los encuentros y regularizar los horarios mensuales o trimestrales en función las fechas y duración de los encuentros, así como adecuar las programaciones didácticas si fuera preciso. 
  • 4. Coro. Se podrán desdoblar los grupos. 


Enseñanzas de Adultos

En el caso de la enseñanza semipresencial, se propone un modelo de alternancia cuyo resultado final sería un calendario semanal para el alumnado de días A y días B, basado en la alternancia entre enseñanza presencial y enseñanza telemática. Cada centro, a través de los departamentos didácticos, y con el visto bueno del equipo directivo, establecerá la secuenciación y los periodos de asistencia presencial al centro y de permanencia en el domicilio. 

3. Escenario 3. No presencialidad

Suspensión de la actividad lectiva presencial del centro, el transporte escolar, el servicio de comedor, aula matinal y residencia escolar. 

La activación del escenario 3 correrá a cargo de los servicios de salud pública en función de los riesgos que puedan aparecer. Ante este escenario, deberá implantarse un sistema de educación no presencial de acuerdo con lo que a tal efecto se haya recogido en las programaciones didácticas. 

En el escenario 2 y 3 este Plan de Contingencia tiene que recoger los acuerdos sobre: 

  • Los medios de información y comunicación con alumnado y familias que se van a emplear, preferiblemente Papas 2.0. 
  • Los recursos educativos que se van a utilizar. 
  • Las herramientas digitales y plataformas que se van a utilizar en el proceso de enseñanza-aprendizaje, estableciendo como prioritarias las que disponga la Administración Educativa. 
  • La modificación de lo programado en educación presencial en el cambio a un sistema semipresencial o no presencial, contemplando los contenidos básicos e imprescindibles para la progresión y superación del curso escolar, la organización de las actividades y el sistema de evaluación y calificación del alumnado. 
  • Referido al uso de las TIC debe contemplarse entre otros aspectos, que las herramientas seleccionadas faciliten el trabajo en grupo, que contribuyan a la motivación en el aprendizaje y que faciliten el autoaprendizaje y la simulación de experiencias. Así mismo deben contribuir al refuerzo de las competencias adquiridas. 
  • Ajuste de los procesos de evaluación y calificación, promoviendo instrumentos variados y ajustados a la realidad existente, evitando un uso exclusivo de los exámenes online, promoviendo sistemas de autoevaluación y coevaluación e informando al alumnado y sus familias de los acuerdos adoptados. 
  • Sistemas de seguimiento del alumnado.
  • Metodologías propuestas por los equipos docentes que puedan dar respuesta a las necesidades de un grupo. Para estas y otras cuestiones es necesario impulsar la coordinación horizontal y no sólo la coordinación vertical en los claustros.



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