viernes, 4 de febrero de 2022

OPOSICIÓN MAESTROS MADRID 2022 CUARTA PARTE

TÍTULO IV Aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad 

Primera 

Los participantes en este procedimiento selectivo que deseen formar parte de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad deberán consignarlo en la solicitud de participación, en el apartado 5C. 

  • La formación y ordenación de las citadas listas de aspirantes se aprobará mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de 10 de mayo de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente, el Acuerdo de 3 de mayo de 2016, de la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario, por el que se ratifica el Acuerdo de 11 de marzo de 2016, de la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario, sobre selección de candidatos a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad, composición y ordenación de las listas de funcionarios interinos docentes en el ámbito de la Comunidad de Madrid

Segunda Las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad del Cuerpo de Maestros estarán formadas, para cada especialidad, por: 

  • a) Participantes que se presenten al procedimiento selectivo por esa especialidad y que hayan marcado “SÍ” en la casilla 5C de la solicitud. 
  • b) Participantes que durante el curso 2021-2022 formaron parte de la lista de esa especialidad y, que no habiendo decaído, se presenten al procedimiento selectivo por una especialidad distinta y hayan marcado “SÍ” en la casilla 5C. 

Tercera Aspirantes con discapacidad que han solicitado formar parte de las listas de aspirantes a interinidad 

Los aspirantes que participen en el proceso selectivo por el turno de discapacidad (igual o superior al 33 por 100) y consignen en la solicitud su deseo de formar parte de las listas de interinos, se integrarán automáticamente en tales listas como aspirantes de acceso 2 (discapacidad), excepto que manifieste lo contrario, siguiendo el procedimiento que al efecto se establezca en la resolución por la que se regule la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad de los cuerpos docentes derivadas de este procedimiento de selección. 

  • Aquellos aspirantes con discapacidad reconocida igual o superior al 33 por 100 que participen en el proceso selectivo por turno libre, y soliciten formar parte de las listas de aspirantes a interinidad, serán integrados en las mismas en el acceso 1 (aspirantes que han participado en el proceso selectivo por turno libre). 
  • Los aspirantes que, teniendo un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33 por 100, han participado en el proceso selectivo por turno libre, en una especialidad en la que no se han convocado plazas por reserva de discapacidad, o cuando sea declarada la discapacidad con posterioridad a la presentación de la solicitud de participación en el procedimiento selectivo, podrán formar parte, si así lo desean, de las listas de aspirantes a interinidad de acceso 2 (discapacidad), siguiendo el procedimiento que al efecto se establezca en la resolución por la que se regule la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad de los cuerpos docentes derivadas de este procedimiento selectivo. 

Cuarta 

Sin perjuicio de lo anterior, todos los participantes en este procedimiento selectivo, hayan marcado o no la casilla 5C, deberán presentar, además, la correspondiente solicitud para la asignación de puestos de carácter ordinario, voluntario y bilingüe para el curso 2022-2023, conforme a las instrucciones y el calendario para la asignación de puestos docentes a los maestros que serán publicados mediante resolución la Dirección General de Recursos Humanos. 

  • Caso de no cumplimentar y presentar dicha solicitud y, que por su número de orden le correspondiera un puesto docente, se le asignará uno de oficio. Aquellos participantes que resulten seleccionados a través de este procedimiento selectivo serán asignados a un destino para la realización de la fase de prácticas según la solicitud de destinos anteriormente mencionada. En caso de no cumplimentar y presentar dicha solicitud serán asignados de oficio. 

Quinta 

De conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las publicaciones de las listas de aspirantes a interinidad se efectuarán en el portal de la Comunidad de Madrid, www.comunidad.madrid y, con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, en el portal “personal+educación” (www.comunidad.madrid/servicios/personaleducacion), siguiendo la secuencia: “Profesorado Interino”.

TÍTULO V Recursos 

Única 

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones de los Órganos de Selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La Dirección General de Recursos Humanos resolverá cuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que correspondan a los tribunales y comisiones de selección. 

Madrid, a 1 de febrero de 2022.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

ANEXO I DISTRIBUCIÓN DE ESPECIALIDADES POR ÓRGANOS DE GESTIÓN 

La valoración de los méritos y la gestión administrativa de cada especialidad se distribuirá de la siguiente manera: 

  • PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA Dirección de Área Territorial Madrid-Norte 
  • EDUCACIÓN PRIMARIA Dirección de Área Territorial Madrid-Sur 
  • EDUCACIÓN FÍSICA Dirección de Área Territorial Madrid-Este MÚSICA Dirección de Área Territorial Madrid-Oeste 
  • EDUCACIÓN INFANTIL Dirección de Área Territorial Madrid-Capital 
  • AUDICIÓN Y LENGUAJE Dirección de Área Territorial Madrid-Capital 
  • LENGUA EXTRANJERA: INGLÉS Dirección General de Recursos Humanos. Subdirección General de Gestión del Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial
  •  LENGUA EXTRANJERA: FRANCÉS Dirección General de Recursos Humanos. Subdirección General de Gestión del Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial

ANEXO VI INSTRUCCIONES SOBRE LA ACTUACIÓN DE LOS TRIBUNALES 

1.- Cualquier actuación ante el tribunal tiene carácter personal y no se admitirán acreditaciones ni poderes de representación, a excepción de la entrega de la programación didáctica al tribunal. 

  • Los aspirantes serán convocados para sus actuaciones ante los tribunales en un único llamamiento, es decir, los aspirantes convocados para cada día deberán estar presentes a la hora fijada por el tribunal como hora de inicio de las actuaciones, siendo excluidos de los procedimientos selectivos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por el tribunal. A estos efectos, los convocados para un ejercicio colectivo deberán hacer su presentación ante el tribunal en la fecha y hora fijadas en los llamamientos. 
  • En el caso de pruebas individuales, los aspirantes convocados para cada día deberán estar presentes a la hora fijada por el tribunal como hora de inicio de las actuaciones. Si por necesidades en el desarrollo del proceso, y siguiendo el orden preestablecido en la citación individual, no pudiesen actuar todos los aspirantes convocados para un determinado día, serán convocados para el siguiente día de actuación. 
  • Las personas que soliciten adaptación de tiempo y/o medios, independientemente del turno de participación, así como, los participantes en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades, realizarán todas sus actuaciones ante el Tribunal número 1, siempre que el número de participantes lo permita. 
  • En caso contrario, para sus actuaciones, dichos aspirantes serán distribuidos entre otro u otros Tribunales subsiguientes en el número de orden. 
  • Una vez comenzadas las actuaciones ante el tribunal, no será obligatoria la publicación de los sucesivos llamamientos de los aspirantes en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Estas publicaciones estarán disponibles en el tablón electrónico de cada tribunal y en el tablón de anuncios existente en los locales donde se estén celebrando las pruebas, o por cualquier otro medio que indique el Tribunal, con dos días hábiles, al menos, de antelación al comienzo de las mismas. 

2.- El orden de actuación se iniciará por los aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra que resulte del sorteo realizado por la Dirección General de la Función Pública para la determinación del orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Los tribunales que no cuenten con aspirantes cuyo primer apellido comience por la referida letra iniciarán el orden de actuación con la letra o letras siguientes según el orden alfabético. 

3.- En cualquier momento, los tribunales podrán requerir a los aspirantes que acrediten su identidad mediante la presentación inexcusable del original del documento nacional de  identidad, carnet de conducir o pasaporte y para aquellos no nacionales la documentación que se incluye en el apartado 3.1.a) del Título I de la presente convocatoria, como acreditación de la identidad. 

  • Si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberán proponer su exclusión a la Dirección General de Recursos Humanos, comunicándole, asimismo, las inexactitudes en que hubiera incurrido el aspirante en la solicitud de admisión a los procedimientos selectivos, a los efectos procedentes. 
  • En este caso, hasta tanto se emita la resolución correspondiente, el aspirante podrá seguir participando de forma condicionada en el proceso selectivo. Asimismo, el Tribunal tendrá la facultad de poder excluir del procedimiento selectivo a aquellos aspirantes que lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios o que impida garantizar que el procedimiento selectivo se realice conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad o se distorsione en normal desarrollo del mismo. 
  • Los aspirantes así excluidos quedarán, a todos los efectos, en la situación de no presentados y no se procederá a la devolución de las tasas. 
    • Contra la resolución motivada de la Dirección General de Recursos Humanos excluyendo al aspirante, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación o notificación. 
  • Igualmente, si durante la realización de las pruebas, con independencia del turno de acceso, se suscitaran dudas respecto de la capacidad del aspirante para el cumplimiento de las actividades habitualmente desempeñadas por los funcionarios del Cuerpo de Maestros, el tribunal correspondiente o la comisión de selección, podrán solicitar, de oficio, dictamen de los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Políticas Sociales de la Comunidad de Madrid, dictamen de los Servicios de valoración médica de la Comunidad de Madrid o del Servicio de Inspección Médica u otros órganos técnicos. 
    • En este caso, hasta tanto se emita el dictamen, el aspirante podrá seguir participando de forma condicionada en el proceso selectivo, quedando en suspenso hasta la resolución definitiva sobre su admisión o exclusión del mismo. 
    • En el caso de que el aspirante opte por no presentarse ante el órgano citado, decaerá de todos los derechos adquiridos hasta ese momento. 
    • Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de la capacidad funcional, el tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del procedimiento selectivo, dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos 
      • Contra la resolución de exclusión, el aspirante podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en el plazo de un mes, contados a partir del día siguiente al de su publicación o notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

4.- En aquellas pruebas que no consistan en una la exposición oral ante el tribunal, o en aquellos casos en los que, por la naturaleza de las pruebas, los tribunales no dispongan otra cosa, los ejercicios serán leídos por el propio tribunal. 

5.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.1.h) del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, del Reglamento de ingreso y accesos a la función pública docente en estos ejercicios se garantizará el anonimato de los aspirantes. En consecuencia, se invalidará el ejercicio escrito que posea nombres, marcas o cualquier señal que pueda identificar al aspirante, así como aquél que resulte ilegible. 

  • Para garantizar el anonimato durante la corrección de los ejercicios en la primera prueba escrita, los miembros del tribunal no conocerán en ningún momento el nombre del aspirante, a excepción de las especialidades en las que algún ejercicio de la parte A requiera defensa oral individualizada ante el tribunal, en cuyo caso, se mantendrá el anonimato en todos los ejercicios, menos en el que sea necesario la defensa oral individualizada. 
  • Realización de la primera prueba 
    • Tras comprobar la identificación de los aspirantes presentados y antes del comienzo del ejercicio, el tribunal advertirá a los aspirantes que: En cualquier prueba o ejercicio que requiera la respuesta del aspirante de forma anónima y escrita a mano, toda anotación, firma o marca distintiva que le identifique anulará íntegramente dicha prueba o ejercicio, calificándose con un 0, sin perjuicio de que el aspirante pueda seguir realizando el resto de las pruebas 
    • Sin embargo, al no constituir falta de ortografía ni evidenciar la identificación del aspirante, no será penalizado en ningún caso:
      • La separación correcta de palabras al final de renglón y principio del siguiente. 
      • El uso correcto de la raya, ya sea como signo doble (por ejemplo, para aislar incisos) o como signo simple (en enumeraciones en forma de lista, esquemas…). 
      • La utilización correcta de las comillas (también para citar el título de un artículo o cualquier parte interna de una publicación, pero no para citar los títulos de libros, revistas y periódicos). 
      • El empleo de diferentes tipos de resalte, como el subrayado (también para citar los títulos de libros, revistas y periódicos). Para ello, el aspirante utilizará el mismo color de tinta azul o negra— que para el resto de la prueba o ejercicio escrito a mano.
  • A continuación: 
    • a) En cada parte de la primera prueba, el tribunal entregará al candidato: 
      • Un sobre grande, un sobre pequeño y un impreso en el que se consignarán los datos personales del candidato. El aspirante cumplimentará dicho impreso, lo introducirá en el sobre pequeño y lo cerrará. 
      • Igualmente, para la realización de las diferentes pruebas, el tribunal facilitará a los aspirantes las hojas de papel autocopiativo, en la cantidad que necesiten. Estas hojas deberán ser numeradas por el aspirante. Finalizada cada una de las partes, el aspirante entregará al tribunal el sobre grande abierto, donde se ha introducido el ejercicio correspondiente y el sobre pequeño con los datos personales, cerrado. 
    •  b) Una vez terminada la totalidad de la prueba y cuando los aspirantes hayan abandonado la sala, el secretario, en presencia del resto de miembros del tribunal y, al menos, dos aspirantes voluntarios de los que han actuado, graparán las hojas de la parte elaborada y consignará en el primer folio un código numérico. 
      • El mismo código será asignado igualmente al sobre pequeño y al grande. 
      •  Los dos tipos de sobres se guardarán y custodiarán en cajas separadas, precintadas y firmadas por el presidente, el secretario y los vocales que lo deseen. 
      •  Lo dispuesto en este apartado, no será de aplicación para aquellas pruebas individualizadas en las que no sea posible mantener el anonimato del aspirante. 
    • c) Los miembros del tribunal evaluarán los ejercicios que se encuentran en los sobres grandes. En ningún momento durante este proceso procederán a abrir los sobres pequeños donde se encuentran los datos personales de los concurrentes. salvo en aquellas pruebas con carácter individualizado donde no sea posible mantener el anonimato del aspirante. 
    • d) Establecidas las calificaciones, en los tablones de anuncios de la sede del tribunal, se expondrán la relación de los códigos numéricos asignados a cada ejercicio, con las notas obtenidas en cada uno de ellos. 
    • e) Con antelación suficiente para que puedan asistir los aspirantes que hubieran realizado los ejercicios, el tribunal anunciará mediante la publicación en los tablones de anuncios de la sede y en el tablón electrónico, el lugar, día y hora del acto público, donde se procederá a la apertura de los sobres pequeños. En este acto se darán a conocer los datos personales que figuran en cada uno y el número de plica asignado. La apertura de los sobres se realizará en el orden de realización de los ejercicios, es decir, en primer lugar, se abrirán los de la parte común, en su caso, luego los de la parte A (prueba práctica) y por último los de la Parte B (desarrollo por escrito de un tema). De todo ello se levantará acta. 
    • f) Finalizado este proceso, las listas de puntuaciones provisionales obtenidas por los aspirantes en esta primera prueba se harán públicas en los tablones de anuncios de la sede del tribunal y en el tablón electrónico. Contra las mismas podrá presentarse, en el plazo de dos días hábiles, escrito de alegaciones al tribunal a través del tablón electrónico. 
    • g) Una vez publicadas las listas definitivas de esta prueba por parte del tribunal, no cabe efectuar ningún recurso administrativo contra ellas. 
      • En caso de querer efectuar por parte de los concurrentes un recurso de alzada, si a su derecho conviniere, éste deberá ser contra la resolución por la que se publica la lista de seleccionados en el procedimiento. 
  • Realización de la segunda prueba 
    • Publicadas las listas definitivas de la primera prueba por parte del tribunal, se convocará a quienes la hayan superado para la entrega de la programación didáctica y la realización de la segunda prueba. 
    • La entrega de la programación, una vez publicadas las listas definitivas de aspirantes que han superado la primera prueba, se realizará el mismo día y a la misma hora para todos los aspirantes de la misma especialidad.

ANEXO VII INSTRUCCIONES SOBRE LA ACTUACIÓN DE LAS COMISIONES DE SELECCIÓN 

1. Actuaciones de las comisiones de selección en la fase de oposición Las comisiones de selección de las diferentes especialidades se coordinarán y establecerán los criterios comunes de actuación aplicables a las pruebas de la fase de oposición. Cada comisión de selección, en el ámbito de su especialidad y según lo previsto en el apartado 6.4.2 del Título I de esta convocatoria, realizarán, entre otras, las siguientes actuaciones: 

  • a) Establecimiento de las características del material que deben aportar los aspirantes para la realización de dicha parte práctica, cuando así se haya establecido en la convocatoria.
  • b) Establecimiento y homogeneización del inicio, orden y finalización de las diferentes pruebas. 

2. Consideraciones generales para el desarrollo de las pruebas escritas 

  • a) Para la realización de las partes escritas de la prueba de la fase de oposición (primera prueba) el aspirante utilizará bolígrafo de tinta azul o negra para escribir. 
  • b) Para que no pueda quebrantarse el principio de igualdad, antes de realizar cada una de las partes escritas en la sala de examen, todos los aspirantes deberán desconectar y apagar cualquier aparato o medio electrónico de comunicación con el exterior (teléfonos, móviles, auriculares, relojes inteligentes, etc.). El uso de material de consulta, así como la utilización de cualquier dispositivo electrónico de comunicación con el exterior, supondrá la exclusión del infractor. 
  • c) Asimismo, no se podrá autorizar en ningún caso el uso de medios auxiliares que no estén expresamente previstos en la convocatoria para cada prueba (calculadoras, reglas o cualquier otro elemento auxiliar que no sea un útil de escritura) 

3. Criterios de valoración para los tribunales que han de ser coordinados por las Comisiones de Selección. 

  • 3.1. Criterios de valoración generales para las pruebas escritas en castellano. 
  • ORTOGRAFÍA. En todos los ejercicios escritos se aplicarán los siguientes criterios:
    • La escritura incorrecta de una palabra supone la disminución de la nota en 0,5 puntos. 
    • Si la incorrección se debe a una tilde, la disminución será de 0,25 puntos. 
    • La escritura de dos palabras como una sola supone una disminución de 0,25 puntos. 
    • La división de una palabra en dos dentro de un renglón supone una disminución de 0,25 puntos. 
    • La separación incorrecta de dos vocales de una palabra al cambiar de renglón supone la disminución de 0,25 puntos. 
    • La utilización de abreviaturas para expresar palabras, nexos, pronombres, terminaciones de adverbios, del tipo "tb" por también, "pq" en vez de porque o por qué, "q" en lugar de que o qué, adverbios que terminan en mente y se utiliza la "barra inclinada" (/), etc., se penalizará con la disminución de 0,10 puntos. 
    • Las faltas cometidas en palabras que se repiten se contabilizarán una sola vez. 
    • Se detraerá puntuación por incorrecciones ortográficas, sin límite de ningún tipo, de la calificación obtenida por el aspirante en el correspondiente ejercicio calificado. 
    • Estos criterios de corrección serán aplicados en todos los ejercicios escritos que realice el aspirante. 
  • 3.2. Criterios de valoración generales para las pruebas escritas en lengua extranjera: Inglés o en lengua extranjera: francés. Se exigirá: 
    • Corrección gramatical: complejidad sintáctica, régimen verbal y preposicional. 
    • Corrección léxica; lenguaje sofisticado y adecuado. 
    • Corrección ortográfica. 
    • En todos los ejercicios de ambas partes se penalizarán los errores de escritura que evidencien confusión o falta de conocimiento del léxico utilizado. 0,25 décimas por error. 
    • Los errores gramaticales que impidan la comprensión del contenido se penalizarán anulando totalmente la respuesta. 
    • Los errores gramaticales que no impidan dicha comprensión, se penalizarán con 0,25 décimas.

3.3. Criterios de valoración por especialidades. 

ESPECIALIDADES DE EDUCACIÓN PRIMARIA, AUDICION Y LENGUAJE, EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN FISICA, MUSICA Y PEDAGOGIA TERAPEÚTICA 

PRIMERA PRUEBA PARTE A1. PRUEBA COMÚN Se realizará en todas las especialidades, a excepción de la especialidad de Educación Infantil. Esta prueba tiene una plantilla de corrección específica. Se valorará el rigor y exactitud en las respuestas. 

PARTE A2. EJERCICIO PRÁCTICO. EXCEPTO ESPECIALIDAD DE MÚSICA 

  • 1. Fundamentación del supuesto práctico. Marco legislativo, marco teórico, contextualización ............................... 2 puntos 
    • 1.1. Marco legislativo. 
    • 1.2. Marco teórico en el que se puede situar el supuesto práctico. 
    • 1.3. Contextualización del caso (localización, características del centro, del alumnado, …).
  • 2. Conocimientos técnico-científicos. Planificación y organización, trabajo en equipo, atención a la diversidad. ..... 6 puntos 
    • 2.1. Correlación de los elementos del currículo con el caso propuesto. Dominio de habilidades técnicas actuales e innovadoras. 
    • 2.2. Respuesta educativa y atención a la diversidad. 
    • 2.3. Coordinación con el equipo de profesionales del centro. Relación con las familias. 
    • 2.4. Citas y bibliografía referidas al supuesto. 
  • 3. Redacción, escritura, orden ........................... 2 puntos 
    • 3.1. Presentación y legibilidad. 
    • 3.2. Concreción de la respuesta a las cuestiones planteadas. 
    •  3.3. Rigor y coherencia del planteamiento. 
PARTE A2. EJERCICIO PRÁCTICO. ESPECIALIDAD DE MÚSICA 

  • A.2.1. Composición de una obra vocal e instrumental: Como condición indispensable para poder optar, al menos, a un 5 en la puntuación de esta prueba, es necesario que: 
    • La composición esté completa en todas sus partes. 
    • Todo el ejercicio esté escrito con bolígrafo azul o negro. Conocimientos técnicos .. 8 puntos 
    • Concordancia entre música y texto (fraseo, acentuación, ...). 
    • Utilización de aspectos musicales adecuados a 5º y 6º de Educación Primaria (tonalidad, tesitura, compás, instrumentación, armonía, forma, estructura, ...). 
    • Musicalidad. 
    • Originalidad y creatividad. Correcta presentación y legibilidad del contenido escrito . 2 puntos 
  •  A.2.2. Interpretación instrumental o vocal: 
    • Dificultad técnica del instrumento y del repertorio presentado ............ 2 puntos
    • Ejecución musical .................................................. 7 puntos 
    • Limpieza, fluidez y corrección en la ejecución (lectura y medidas correctas, afinación, adecuación al tempo de la obra, respeto a las indicaciones metronómicas, exactitud rítmica y mantenimiento del pulso…). 
    • Dominio de la técnica instrumental. 
    • Aplicación de los elementos expresivos (dinámica, agógica, tímbrica) e interpretativos ajustados al carácter y estilo de la obra (articulación, tipos de ataque, fraseo, ornamentación, etc.). 
    • Postura y control corporal en la ejecución (respiración adecuada a las necesidades de la obra). Correcta presentación y legibilidad del repertorio presentado ..................... 1 punto 
PARTE B. PRUEBA DEL TEMARIO 

  • 1. Estructura, desarrollo y organización del tema ....... 2 puntos 
    • 1.1. Esquema, índice e introducción. 
    • 1.2. Desarrollo completo, equilibrado y coherente. 
    • 1.3. Estructuración, orden y conclusión. 
    • 1.4. Ajuste a la normativa vigente. 
  • 2. Conocimientos técnico-científicos del tema, contenidos ajustados y profundización ...... 6 puntos 
    • 2.1. Presencia de conocimientos técnicos y científicos actualizados en todos los epígrafes. 
    • 2.2. Utilización de un vocabulario técnico adecuado. 
    • 2.3. Contenidos ajustados a los enunciados. 
    • 2.4. Relación con la práctica docente. Enfoque interdisciplinar. 
    • 2.5. Profundización en el desarrollo. 
    • 2.6. Citas y bibliografía referidas al tema. 
    • 2.7. Conclusión final personal y coherente con el desarrollo. 
  • 3. Redacción, escritura y orden ....................... 2 puntos 
    • 3.1. Correcta redacción y sintaxis del texto. 3.2. Correcta presentación y legibilidad del contenido escrito


SEGUNDA PRUEBA 

PARTE A. PRESENTACIÓN Y DEFENSA DE UNA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA 

1. Aspectos formales. 

  • 1.1. La programación será elaborada de forma individual por el aspirante y tendrá una extensión máxima de 60 folios, incluidos los materiales de apoyo y anexos. 
    • Será presentada en tamaño “A4”, por una sola cara, con letra tipo “Arial” de 12 puntos, sin comprimir, con interlineado doble y márgenes de 2,5 cm. Si en la programación se incorporan tablas, estas deberán cumplir los requisitos anteriores a excepción del interlineado que podrá ser sencillo. El incumplimiento de estos requisitos será penalizado por el tribunal. 
    • La programación incluirá una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante y la especialidad. Dicha portada no estará incluida en la extensión máxima de 60 folios. Se aplicarán las siguientes penalizaciones sobre la puntuación total de esta parte: 
      • En caso de que la programación no se presente conforme a los requisitos de forma establecidos: A4, por una sola cara en letra Arial de 12 puntos sin comprimir, a doble espacio (excepto en tablas) y márgenes de 2,5 cm: hasta 5 puntos. 
      • En caso de que la programación sobrepase los 60 folios: 2 puntos, debiéndose anular y, por lo tanto, no serán valorables las páginas que sobrepasen ese número. 
  • 1.2. En el caso de que el tribunal detecte que la programación didáctica, de carácter personal, no cumple con el requisito de elaboración propia, o no cumple con el requisito formal del número mínimo de 15 unidades didácticas, la puntuación que se otorgará a la parte A de la segunda prueba será de cero puntos. 
2. Estructura y desarrollo de los elementos del currículo propio de cada etapa y/o área ...... 4 puntos 

  • 2.1. Introducción: Justificación/Contextualización. 
  • 2.2. Objetivos de etapa o desarrollo de capacidades. 
  • 2.3. Contribución del área al desarrollo de las competencias en su caso (*). 
  • 2.4. Contenidos. 
  • 2.5. Elementos transversales, en su caso (*). 
  • 2.6. Metodología. 
  • 2.7. Agrupamiento, materiales y recursos didácticos. 
  • 2.8. Criterios de evaluación. 
  • 2.9. Estándares de aprendizaje evaluables en su caso (*). 
  • 2.10. Procedimientos e instrumentos de evaluación y criterios de calificación en su caso (*). 
  • 2.11. Medidas de atención a la diversidad. 
    • Solo para las especialidades de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje, indicar el Plan de apoyo. 
  • (*) Estos apartados se adaptarán a la especialidad de Educación Infantil. 
3 Otros aspectos a tener en cuenta ..................... 2 puntos 

  • 3.1. Presentación, originalidad (elaboración propia) y planteamientos innovadores. 
  • 3.2. Planificación, temporalización y establecimiento de indicadores e instrumentos de evaluación de la programación. 
  • 3.3. Descripción de indicadores e instrumentos de evaluación de la práctica docente. 
  • 3.4. Uso correcto de la normativa que proceda. 3.5. Posible relación con otras áreas, planes de centro y TIC. 
4. Exposición oral ........................................ 4 puntos 

  • 4.1. Claridad, orden y coherencia del discurso. 
  • 4.2. Adecuado uso del lenguaje, precisión terminológica y riqueza de vocabulario. 
  • 4.3. Seguridad y confianza en la exposición. 
  • 4.4. Debate (respuestas concretas a las dudas o aclaraciones que precise el tribunal y aportación de datos y argumentos que no hayan quedado claros en la exposición. 

PARTE B. PREPARACIÓN Y EXPOSICIÓN ORAL DE UNA UNIDAD DIDÁCTICA ANTE EL TRIBUNAL

1. Elementos curriculares ......................................... 6 puntos 

  • 1.1. Concreción de los objetivos de aprendizaje o desarrollo de capacidades, según su caso, formulación correcta, coherencia, adaptación a la etapa de desarrollo y a las características de los alumnos. 
  • 1.2. Selección de contenidos acorde con la propuesta de objetivos de aprendizaje, o de desarrollo de capacidades, enmarcados en el currículo oficial apropiados a la etapa de desarrollo y al contexto propuesto. 
  • 1.3. Relación de actividades que contribuyan al logro de los objetivos y al desarrollo de los contenidos propuestos. Motivadoras, variadas, adecuadas a la diversidad del alumnado. Se contemplan actividades de recuperación, refuerzo y ampliación. 
  • 1.4. Metodología. Propuesta, relación y tratamientos de los recursos, agrupamientos y organización espacial y temporal. 
  • 1.5. Desarrollo de criterios de evaluación, estándares de aprendizaje evaluables y criterios de calificación (si proceden), e instrumentos de evaluación variados, flexibles y adaptados a la diversidad del alumnado. 
  • 1.6. Descripción de las medidas de atención a la diversidad del alumnado, concreción y variedad. 
2. Exposición y debate .......................... 4 puntos 

  • 2.1. Claridad, coherencia y orden del discurso. 
  • 2.2. Adecuado uso del lenguaje, precisión terminológica y riqueza vocabulario. 
  • 2.3. Concreción en la respuesta a las dudas planteadas por el tribunal. 
  • 2.4. Seguridad y confianza en la exposición. 
  •  2.5. Aportación de datos y argumentos que no hayan quedado claros en la exposición .

ESPECIALIDADES DE LENGUA EXTRANJERA: INGLÉS Y LENGUA EXTRANJERA: FRANCÉS 

PRIMERA PRUEBA 

PARTE A1. PRUEBA COMÚN Esta prueba tiene una plantilla de corrección específica. Se valorará el rigor y exactitud en las respuestas. 

PARTE A2. EJERCICIO PRÁCTICO Se propondrá un ejercicio práctico en lengua extranjera sobre los contenidos establecidos para esta área en el Decreto 89/2014, de 24 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el Currículo de la Educación Primaria y en el temario establecido para esta especialidad. 

  • Preguntas de comprensión oral sobre la escucha de un fragmento en lengua extranjera..... 4 puntos
  • Preguntas de contextualización y uso de lengua extranjera sobre un texto escrito propuesto.... 3 puntos 
  • Preguntas sobre fonología, morfosintaxis, semántica y/o pragmática de la lengua extranjera a partir del texto escrito propuesto......................................... 2 puntos 
  • Preguntas sobre metodología de la enseñanza de la lengua extranjera a partir del texto escrito propuesto .. 1 puntos 
  • Se evaluará el conocimiento de la lengua extranjera como lengua de enseñanza-aprendizaje: corrección en el uso y adecuación al contexto. 


PARTE B. PRUEBA DEL TEMARIO Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante, de entre tres temas extraídos al azar por el tribunal de los temarios establecidos. 

  • 1. Estructura y aspectos formales ....................... 2 puntos 
    • 1.1. Presentación y legibilidad adecuadas. 
    • 1.2. Estructuración correcta (índice, secuenciación lógica y conclusión).
  •  2. Contenido….. .................................. 8 puntos 
    • 2.1. Se abordan todos los enunciados del tema. 
    • 2.2. Tratamiento homogéneo y equilibrado de todos los contenidos del tema. 
    • 2.3. Los contenidos están actualizados y son expuestos con suficiente profundidad y rigor científico. 
    • 2.4. Se citan correctamente autores, escuelas lingüísticas o corrientes de metodología de la enseñanza del idioma extranjero para apoyar las ideas expuestas. 
    • 2.5. Se hacen aportaciones personales y críticas al asunto. 
    •  2.6. Se incluye bibliografía especializada. 
SEGUNDA PRUEBA PARTE A. PRESENTACIÓN Y DEFENSA DE UNA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA 

  • 1. Aspectos formales. 
    • 1.1. La programación será elaborada de forma individual por el aspirante y tendrá una extensión máxima de 60 folios, incluidos los materiales de apoyo y anexos. Será presentada en tamaño “A4”, por una sola cara, con letra tipo “Arial” de 12 puntos, sin comprimir, con interlineado doble y márgenes de 2,5 cm. Si en la programación se incorporan tablas, estas deberán cumplir los requisitos anteriores a excepción del interlineado que podrá ser sencillo. El incumplimiento de esto requisitos será penalizado por el tribunal. La programación incluirá una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante y la especialidad. Dicha portada no estará incluida en la extensión máxima de 60 folios. Se aplicarán las siguientes penalizaciones sobre la puntuación total de esta parte:
      • En caso de que la programación no se presente conforme a los requisitos de forma establecidos: A4, por una sola cara en letra Arial de 12 puntos sin comprimir, a doble espacio (excepto en tablas) y márgenes de 2,5 cm: hasta 5 puntos. 
      • En caso de que la programación sobrepase los 60 folios: 2 puntos, debiéndose anular y, por lo tanto, no serán valorables las páginas que sobrepasen ese número. 
    • 1.2. En el caso de que el tribunal detecte que la programación didáctica, de carácter personal, no cumple con el requisito de elaboración propia, o no cumple con el requisito formal del número mínimo de 15 unidades didácticas, la puntuación que se otorgará a la parte A de la segunda prueba será de cero puntos. 
  • 2. Contenidos…................................. 6 puntos 
    • 2.1. La claridad y coherencia expositiva en el texto. 
    • 2.2. La corrección gramatical y la precisión terminológica. 
    • 2.3. La adecuación al currículo y características del curso al que va dirigida. 
    • 2.4. La inclusión de todos los apartados exigidos (competencias, contenidos, criterios de evaluación, estándares de aprendizaje evaluables y la metodología didáctica, así como la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, y dentro de este último aspecto las estrategias para la atención de alumnos con necesidades educativas especiales). 
  • 3. Defensa y exposición oral .................................... 4 puntos 
    • 3.1. La exposición clara, ordenada y coherente. 
    • 3.2. La precisión terminológica, riqueza de vocabulario, la sintaxis fluida y sin incorrecciones. 
    • 3.3. El uso ajustado de los rasgos suprasegmentales de la lengua hablada (acento, tono, melodía, entonación, pausas, ritmo, velocidad de elocución y cualidad de la voz). 
    • 3.4. El control consciente y adecuado de la comunicación no verbal del candidato. 
    • 3.5. La capacidad para comunicar con éxito y transmitir contenidos de una forma motivadora. 
    • 3.6. El adecuado uso del tiempo de que se dispone para la realización de lo solicitado. 


PARTE B. PREPARACIÓN Y EXPOSICIÓN ORAL DE UNA UNIDAD DIDÁCTICA ANTE EL TRIBUNAL 

  • 1. Contenidos ........................ 6 puntos 
    • 1.1. La claridad y coherencia expositiva en el texto. 
    • 1.2. La corrección gramatical y la precisión terminológica. 
    • 1.3. La formulación de objetivos de aprendizaje que contribuyen a alcanzar los objetivos de la etapa. 
    • 1.4. Los contenidos son adecuados al nivel para el que se dirigen, así como si son rigurosos y están actualizados. 
    • 1.5. Los recursos elegidos son variados y motivadores. 
    • 1.6. Se plantean actividades de enseñanza -aprendizaje que responden a los objetivos y a los contenidos de la unidad, que resultan motivadores, viables y originales. 
    • 1.7. Se diversifica el tipo de actividades para atender a la diversidad de capacidades, intereses y motivaciones, de los alumnos. 
    • 1.8. Se adaptan las actividades a los alumnos. 
    • 1.9. Se trabajan las 4 destrezas básicas. 
    • 1.10. Se utiliza una metodología de enseñanza adecuada para las actividades planteadas. 
    • 1.11. Se tienen en cuenta los distintos estilos de aprendizaje. 
    • 1.12. Se relaciona la evaluación de la unidad con el proceso evaluación continua del alumnado. 
    • 1.13. Se establece procedimientos variados de evaluación (evaluación inicial, evaluación de la metodología, de las actividades y de la propia práctica docente). 
    • 1.14. Se concretan los criterios y los instrumentos de evaluación. 
    • 1.15. Se contempla la recuperación. 
    • 1.16. Se utiliza la evaluación como punto de partida para hacer propuestas de mejora. 
  • 2. Defensa y exposición oral .............. 4 puntos 
    • 2.1. La exposición clara, ordenada y coherente
    • 2.2. La precisión terminológica, riqueza de vocabulario, la sintaxis fluida y sin incorrecciones. 
    • 2.3. El uso ajustado de los rasgos suprasegmentales de la lengua hablada (acento, tono, melodía, entonación, pausas, ritmo, velocidad de elocución y cualidad de la voz) 
    • 2.4. El control consciente y adecuado de la comunicación no verbal del candidato. 
    • 2.5. La capacidad para comunicar con éxito y transmitir contenidos de una forma motivadora. 
    • 2.6. El adecuado uso del tiempo de que se dispone para la realización de lo solicitado. 









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