Acuerdo de 18/12/2018, del Consejo de Gobierno, por el que se determina la distribución por especialidades de las plazas para el ingreso en el Cuerpo de Maestros incluidas en la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2018. [2018/14964] (DOCM de 26 de diciembre)
Mediante Acuerdo de 02/10/2018, del Consejo de Gobierno, se aprobó la Oferta de Empleo Público de la Administración
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2018.
En el apartado segundo, punto 2 del citado Acuerdo se establece que: “La distribución por especialidades de las plazas
previstas en el anexo I para el ingreso en el Cuerpo de Maestros se determinará en un nuevo acuerdo del Consejo de
Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de educación y previa negociación en la Mesa Sectorial
de personal docente no universitario”, para, a continuación, en el apartado quinto, punto 3 establecer que “el número y
distribución por especialidades de las plazas reservadas a personas con discapacidad para el ingreso en el Cuerpo de
Maestros se determinará en el acuerdo al que se refiere el apartado segundo.2.”
Tras la negociación en la Mesa Sectorial de personal docente no universitario de la distribución por especialidades de las
plazas para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, procede elevar al Consejo de Gobierno un acuerdo para que apruebe
la distribución.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, este Consejo de Gobierno, en su reunión
del 18/12/2018,
Acuerda:
Único. La distribución por especialidades de las plazas para el ingreso en el Cuerpo de Maestros incluidas en la Oferta
de Empleo Público de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2018, aprobada
mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 02/10/2018 es la siguiente:
El presente acuerdo agota la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 38.2 de la Ley 3/1984, de 25 de abril, de
Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y frente al
mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, o, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes, según disponen los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de interponerse recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta
que el primero sea resuelto expresamente o pueda entenderse desestimado por el transcurso del plazo máximo
para dictar y notificar la resolución del mismo.
Toledo, 18 de diciembre de 2018
El Secretario del Consejo de Gobierno
JOSÉ LUIS MARTÍNEZ GUIJARRO
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