Artículo 18. El expediente académico.
- 1. El expediente académico es el documento oficial de evaluación que incluye la información relativa al proceso de evaluación de cada alumno o alumna. Se abrirá en el momento de la incorporación del alumno o de la alumna al centro.
- 2. El expediente académico deberá incluir los datos identificativos del centro y los personales del alumno o alumna, así como los antecedentes de escolarización y los resultados de la evaluación de las áreas o ámbitos, consignando, además, las áreas o ámbitos cursados en los proyectos bilingües y/o plurilingües.
- También incluirá las decisiones de permanencia, en su caso, promoción de curso o etapa, copia de las certificaciones que le hubieran sido expedidas al alumnado, junto con, si existieran, las medidas de inclusión educativa que se hayan adoptado para el alumno o alumna, además de, cuando proceda, los datos médicos y psicopedagógicos relevantes, así como cualquier otro documento que se considere necesario.
- Asimismo, quedará reflejada la fecha de la entrega del historial académico del alumno o alumna.
- 3. En el caso de que existan áreas que hayan sido cursadas, de forma integrada, en un ámbito, en el expediente figurará, junto con la denominación de dicho ámbito, la indicación expresa de las áreas integradas en el mismo.
- 4. La cumplimentación del expediente académico es responsabilidad del secretario o la secretaria del centro o de quien asuma sus funciones en los centros privados.
- Llevará el visto bueno del director o directora del centro docente.
- La custodia y archivo de los expedientes académicos corresponde a los centros docentes en los que el alumnado haya realizado sus estudios de las enseñanzas correspondientes y serán supervisados por la Inspección de Educación.
- 5. El expediente académico de Educación Primaria será conforme al modelo que figura en el anexo IV, que será generado por el sistema de gestión del que dispone la Consejería competente en materia de educación.
Artículo 19. El historial académico.
- 1. El historial académico es el documento oficial de evaluación que refleja los resultados de la evaluación y las decisiones relativas al progreso académico del alumnado en la etapa. Llevará el visto bueno del director o directora y tendrá valor acreditativo de los estudios realizados.
- 2. En el historial académico se recogerán, al menos, los datos identificativos del centro y los personales del alumno o alumna, las áreas o ámbitos cursados en cada uno de los años de escolarización, junto con los resultados de la evaluación obtenidos en cada una de ellos, las decisiones sobre promoción y permanencia, la información relativa a los cambios de centro, las medidas de inclusión educativa adoptadas y las fechas en que se han producido los diferentes datos reflejados.
- Deberá figurar, asimismo, la indicación de las áreas que se hubieran cursado con adaptaciones curriculares significativas y las áreas o ámbitos que han formado parte de un programa bilingüe o plurilingüe.
- 3. La cumplimentación del historial académico es responsabilidad del secretario o la secretaria del centro docente o de quien asuma sus funciones en los centros privados y se abrirá en el momento en que el alumno o alumna se incorpore a la etapa.
- 4. Tras finalizar la etapa, el historial académico de Educación Primaria se pondrá a disposición de las madres, padres, tutores o tutoras del alumno o alumna. Igualmente, se hará llegar el historial académico y el informe final de etapa al centro de Educación Secundaria en el que vaya a proseguir sus estudios el alumno o alumna, previa petición de dicho centro, preferentemente en formato digital, utilizando medios informáticos, electrónicos o telemáticos.
- 5. Con objeto de garantizar la movilidad del alumnado, cuando varias áreas hayan sido cursadas integradas en un ámbito, se hará constar la calificación obtenida en cada una de ellas. Esta calificación será la misma que figure en el expediente para el ámbito correspondiente.
- 6. El historial académico, cuando se produzca el traslado de un alumno o alumna a otro centro, se remitirá desde el de origen al de destino, a petición de este y con la máxima celeridad.
- 7. El historial académico de Educación Primaria, conforme al modelo que figura en el anexo II, será generado por el sistema de gestión del que dispone la Consejería competente en materia de educación.
Artículo 20. El informe personal por traslado.
- 1. El informe personal por traslado es el documento oficial de evaluación que garantiza la continuidad del proceso de aprendizaje de los alumnos y las alumnas que se trasladen a otro centro sin haber concluido la etapa.
- 2. El centro de origen remitirá al de destino, a petición de este, el informe personal por traslado del alumno o alumna, junto con una copia del historial académico. La matriculación adquirirá carácter definitivo una vez recibida la copia del historial académico.
- 3. En el informe personal por traslado se consignará la información que resulte necesaria para la continuidad del proceso de aprendizaje del alumnado y contendrá:
- a) Resultados de las evaluaciones parciales, en el caso de que se hubieran emitido en ese período.
- b) Medidas de inclusión educativa adoptadas.
- c) Todas aquellas observaciones que se consideren oportunas acerca del progreso general del alumno o la alumna.
- 4. El informe será elaborado y firmado por el tutor o tutora del alumno o alumna, con el visto bueno del director o directora del centro, a partir de los datos facilitados por el profesorado de las áreas o ámbitos.
- 5. El informe personal por traslado de Educación Primaria, de conformidad con el modelo que figura en el anexo III de la presente orden, será generado por el sistema de gestión del que dispone la Consejería competente en materia de educación.
- 6. Cuando el alumno o alumna se incorpore a un centro extranjero, en España o en el exterior, que no imparta enseñanzas del sistema educativo español, el centro de origen, para facilitar la incorporación a las enseñanzas equivalentes del sistema educativo extranjero, entregará a petición de los padres, madres, tutores o tutoras legales un certificado de estudios cursados del alumno o alumna que, una vez realizados los trámites que procedan para la legalización de firmas, deberán presentar en el centro de destino. En el certificado se consignarán, al menos, los siguientes elementos:
- a) Datos oficiales identificativos del centro educativo.
- b) Datos personales del alumno o alumna.
- c) Fecha de comienzo y finalización de su escolaridad en la etapa.
- d) Relación de las materias o ámbitos cursados hasta el momento de la expedición, con sus respectivas calificaciones.
- 7. El historial académico permanecerá custodiado en el centro de origen, que no lo remitirá al centro de destino, en previsión de una posible reincorporación del alumnado a las enseñanzas del sistema educativo español en el mismo u otro centro, al que se trasladará entonces, según el procedimiento indicado en este artículo.
- 1. La custodia y archivo de los documentos de evaluación corresponde a la secretaría del centro docente en que el alumno o alumna se encuentre escolarizado.
- 2. El tutor o tutora tendrá acceso a los mismos para su consulta y para incorporar información. El secretario o la secretaria facilitará a los responsables de la Orientación Educativa y Apoyo la documentación que soliciten para el desarrollo de la evaluación psicopedagógica y del dictamen de escolarización.
- Siempre que sea posible, esta información estará accesible en el sistema de gestión del que dispone la Consejería competente en materia de educación.
Artículo 22. Documentos oficiales de evaluación en caso de extinción del centro docente.
Las delegaciones provinciales competentes en materia de educación adoptarán las medidas adecuadas para el traslado de los documentos oficiales de evaluación en el caso de supresión o extinción del centro docente y asignarán a un centro docente público la custodia y conservación de los documentos oficiales de evaluación del centro a extinguir tanto si es público como privado.
Artículo 23. El sistema de gestión informático de la Consejería competente en materia de educación.
- 1. Todos los centros docentes no universitarios, tanto públicos como privados concertados de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha que impartan estas enseñanzas, deben utilizar el sistema de gestión del que dispone la Consejería competente en materia de educación.
- 2. Aquellos centros docentes no universitarios privados de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha que impartan estas enseñanzas podrán utilizar el mismo sistema de gestión.
Artículo 24. Autenticidad, seguridad y confidencialidad.
- 1. La Consejería competente en materia de educación establecerá los procedimientos oportunos para garantizar la autenticidad de los documentos oficiales de evaluación, la integridad de los datos recogidos en los mismos, además de su supervisión y custodia.
- 2. En lo referente a la obtención de los datos personales del alumnado, a su cesión de unos centros a otros, a la seguridad y confidencialidad de estos, se respetará lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal y, en todo caso, lo establecido en la disposición adicional vigésima tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
- 3. Los documentos oficiales de evaluación y sus procedimientos de validación descritos en los apartados anteriores serán sustituidos preferentemente por sus equivalentes realizados por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, siempre que quede garantizada su autenticidad, integridad, conservación, además de cumplirse las garantías y requisitos establecidos por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los Derechos Digitales, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y por la normativa que las desarrolla.
- 4. El expediente electrónico estará constituido, al menos, por los datos contenidos en los documentos oficiales de evaluación y cumplirá con lo establecido en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
- 5. Los datos contenidos en los documentos oficiales de evaluación del expediente electrónico descrito en esta orden estarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 111.bis y en el apartado 4 de la disposición adicional vigesimotercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, junto con otros que garanticen la interoperabilidad entre los distintos sistemas de información utilizados en el sistema educativo español.
Artículo 25. Colaboración de las familias o tutores y tutoras legales en el proceso de evaluación.
- 1. Las madres, padres o tutores y tutoras legales del alumnado cooperarán estrechamente con los y las docentes en una acción educativa compartida. Los centros educativos organizarán la colaboración continua con las familias o tutores y tutoras legales del alumnado, para garantizar el intercambio y la unidad en la actuación, facilitando su participación y promoviendo su implicación.
- 2. De conformidad con lo establecido en el artículo 4.2.e) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, los padres, madres o tutores o tutoras legales deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos e hijas o tutelados y tuteladas, colaborando en las medidas de inclusión educativa que adopten los centros para facilitar su progreso.
- 3. Los padres, madres o quien ejerza la tutela legal de un alumno o alumna tendrán derecho a conocer las decisiones relativas a la evaluación y promoción, así como a acceder a los documentos oficiales de evaluación referidos al alumno o alumna, a las pruebas y documentos de las evaluaciones que se realicen, sin perjuicio del respeto a las garantías establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, junto con la restante normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal. A tal fin, el acceso a las actas de evaluación podrá sustituirse por un boletín individualizado, que incluya la información del acta referida al alumno o alumna de que se trate.
- 4. Asimismo, la Consejería competente en materia de educación determinará el procedimiento por el que los responsables legales de los alumnos o alumnas pueden ejercer los derechos de reclamación ante el procedimiento de evaluación o sus resultados, si así fuera necesario, según se recoge en el artículo 26 de la presente orden.
- 1. En todos los procedimientos de evaluación, los centros educativos garantizarán el derecho del alumnado a una evaluación objetiva y a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad, para lo que establecerán los oportunos procedimientos, que atenderán, en todo caso, al carácter global, continuo y formativo de la evaluación en esta etapa.
- 2. Asimismo, el tutor o tutora informará al alumnado y a sus respectivas familias, tutores o tutoras legales, sobre las competencias específicas, los saberes básicos, los procedimientos, instrumentos y criterios tanto de evaluación como de calificación, además de sobre las medidas de inclusión previstas.
- 3. Los responsables legales del alumnado podrán solicitar a su tutor o tutora las aclaraciones que consideren precisas acerca de las valoraciones que se realicen sobre el proceso de aprendizaje, así como sobre las calificaciones o decisiones finales que se adopten como resultado del proceso de evaluación, especialmente las relativas a la promoción de ciclo.
- 4. Los padres, madres, tutores o tutoras legales del alumno o alumna tendrán acceso a las pruebas y documentos de las evaluaciones realizados, así como a cualquier otro tipo de instrumento utilizado, conforme a lo previsto en la legislación que rige el procedimiento administrativo.
- 5. En el supuesto de que, tras las oportunas aclaraciones, exista desacuerdo con la calificación final obtenida en una área o ámbito o con la decisión de promoción adoptada para un alumno o alumna, sus padres, madres, tutores o tutoras legales podrán solicitar, por escrito, la revisión de dicha calificación o decisión, ante el director o directora del centro, en el plazo de dos días hábiles a partir de aquel en que se produjo su comunicación.
- La reclamación contendrá las alegaciones que justifiquen la disconformidad con la calificación final o con la decisión de promoción adoptada.
- 6. Cuando la reclamación presentada ante el centro educativo verse sobre la calificación final obtenida en una área o ámbito, el jefe o jefa de estudios trasladará la misma al tutor o tutora del alumno o alumna, como coordinador o coordinadora del equipo docente y de la sesión de evaluación final.
- El equipo docente se reunirá, en sesión extraordinaria, en un plazo máximo de dos días hábiles, contados a partir de aquel en que se produjo la reclamación, para proceder al estudio de la misma, que se hará constar en acta.
- Tras la reunión, el tutor o tutora, en colaboración con el equipo docente, elaborará un informe motivado con la propuesta vinculante de modificación o ratificación de la correspondiente calificación, prestando especial atención a los siguientes aspectos:
- a) Adecuación de los criterios de evaluación sobre los que se ha llevado a cabo la evaluación del proceso de aprendizaje del alumno o alumna con los recogidos en la correspondiente programación didáctica.
- b) Adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación aplicados con los establecidos en la programación didáctica.
- c) Correcta aplicación de los criterios de calificación establecidos en la programación didáctica para la superación del ámbito o área.
- Si, tras el proceso de revisión de una o varias calificaciones finales, procediera modificar la decisión de promoción, se hará constar en el informe emitido. Esta decisión será adoptada teniendo en cuenta los criterios de promoción establecidos en el centro, basados en el grado de logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias clave previstas en el Perfil de salida.
- 7. El tutor o tutora elevará el informe a la Dirección del centro; quien, mediante resolución motivada, comunicará por escrito esta decisión a sus padres, madres o tutores y tutoras legales, en el plazo de dos días hábiles contados a partir de la recepción del informe. Esta resolución pondrá fin a la reclamación en el centro.
- 8. Tras el proceso de revisión, si procediera la modificación de alguna calificación final o de la decisión de promoción adoptada para el alumno o alumna, el secretario o la secretaria del centro anotará, en las actas de evaluación y, en su caso, en el expediente y en el historial académicos del alumno o alumna, la oportuna diligencia, que será visada por el director o la directora del centro.
- 9. En la comunicación del director o directora del centro a los interesados o interesadas, se señalará la posibilidad de elevar, en el caso de mantener discrepancia con la resolución adoptada, un recurso de alzada ante la Delegación Provincial competente en materia de Educación, en el plazo de un mes a partir de su recepción.
- 10. El procedimiento de resolución de este recurso se ajustará al siguiente régimen jurídico:
- a) Por parte del centro, deberá remitirse al Servicio de Inspección de Educación una copia completa y ordenada del expediente, en el plazo de dos días hábiles posteriores al de la presentación del recurso en la Delegación competente en materia de educación.
- b) El Servicio de Inspección de Educación analizará el expediente y las alegaciones que contenga, emitiendo un informe en función de los siguientes criterios:
- 1º Adecuación de los criterios de evaluación con los que se ha llevado a cabo la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado a los recogidos en la correspondiente programación didáctica. Cuando afecte a la decisión de promoción, también se valorará el aprendizaje de los alumnos y alumnas en relación con el grado de adquisición de las competencias.
- 2º Adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación aplicados a lo señalado en la programación didáctica.
- 3º Correcta aplicación de los criterios de calificación establecidos en la programación didáctica para la superación del área o ámbito.
- 4º Correcta aplicación de los criterios de promoción establecidos en el centro atendiendo al grado de logro de los objetivos establecidos para la etapa y de adquisición de las competencias clave previstas en el Perfil de salida.
- 5º Cumplimiento por parte del centro de lo dispuesto en la presente orden.
- c) El Servicio de Inspección de Educación elevará su informe al o la titular de la Delegación Provincial competente en materia de educación, quien dictará y notificará resolución, en un plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la entrada del recurso en la mencionada delegación. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa.
- 11. La modificación de la calificación final o de la decisión de promoción de un alumno o alumna, tras la resolución del o la responsable de la Delegación Provincial competente en materia de educación, se insertará en las actas y, en su caso, en el expediente y en el historial académicos del alumno o alumna, mediante la oportuna diligencia, que será visada por el director o directora del centro.
- 1. La Consejería competente en materia de educación garantizará a los centros el asesoramiento y apoyo en la puesta en marcha del proceso de evaluación según se determina en esta orden, proporcionando los recursos, las orientaciones y el acompañamiento necesarios.
- 2. El Centro Regional de Formación del Profesorado organizará la formación necesaria para que el profesorado desarrolle la evaluación más idónea, fiable, adecuada y de calidad en todos los procesos de evaluación.
Artículo 28. Supervisión.
La Inspección de Educación controlará, supervisará, informará y asesorará sobre el desarrollo del proceso de evaluación, dedicando especial atención a la valoración y análisis del proceso de evaluación de los alumnos y alumnas, del proceso de enseñanza y aprendizaje, así como de la práctica docente.
Disposiciones adicionales.
Disposición adicional primera. Evaluación de las enseñanzas del sistema educativo español impartidas en lenguas extranjeras.
Las áreas en las que se emplee el uso de metodologías de aprendizaje integrado de contenidos y lenguas extranjeras, serán evaluadas según los criterios de evaluación establecidos en los respectivos currículos.
Disposición adicional segunda. Centros privados.
Los centros privados podrán adaptar el contenido de la presente orden en lo que se refiere a los órganos de gobierno y de coordinación docente, teniendo en cuenta la legislación específica que los regula.
Disposición adicional tercera. Protección de datos.
En lo referente al tratamiento de los datos personales del alumnado, incluida su cesión de unos centros a otros y a la seguridad y confidencialidad de estos, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, en particular, a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/ CE (Reglamento General de Protección de Datos); en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; así como en lo previsto sobre esta materia en la legislación educativa, en especial, en la disposición adicional vigesimotercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y en las demás normas y disposiciones que se dicten en desarrollo de las anteriores.
Disposición transitoria única. Vigencia de los documentos oficiales de evaluación.
- 1. Para cerrar el historial y el expediente académicos de los alumnos y alumnas de enseñanzas cursadas con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 81/2022, de 12 de julio, se debe proceder de la siguiente forma:
- a) En el curso 2022-2023, la evaluación del alumnado de los cursos primero, tercero y quinto de Educación Primaria se llevará a cabo según lo establecido en el Decreto 81/2022, de 12 de julio. Al finalizar dicho curso académico, se completará la documentación oficial, conforme a los modelos establecidos en la presente orden, debiendo cerrarla mediante la diligencia indicada en el Anexo VII.
- b) En el curso 2023-2024, la evaluación del alumnado de los cursos segundo, cuarto y sexto de Educación Primaria se llevará a cabo según lo establecido en el mismo decreto. Al finalizar dicho curso académico, la documentación oficial se realizará conforme a los modelos establecidos en la citada orden, debiendo cerrarla mediante la diligencia indicada en el Anexo VIII.
- 2. Se insertará una diligencia de apertura cuando la apertura de un nuevo historial académico suponga la continuación de un historial anterior. Este último se unirá al nuevo, en el que se hará constar dicha circunstancia, según se indica en el Anexo IX. Asimismo, esta información se trasladará al expediente académico del alumno o alumna.
A partir de la total implantación del Decreto 81/2022, de 12 de julio, quedan derogadas las siguientes normas:
- a) El capítulo III de la Orden de 05/08/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regulan la organización y la evaluación en la Educación Primaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
- b) Orden de 26/05/2017, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen los elementos y características de los documentos oficiales de evaluación de Educación Primaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
- c) Asimismo, cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, que se opongan a lo establecido en la presente orden.
Se autoriza a la Viceconsejería de Educación a dictar cuantos actos considere necesarios para la ejecución y cumplimiento de lo previsto en la orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 27 de septiembre de 2022
La Consejera de Educación, Cultura y Deportes.
ROSA ANA RODRÍGUEZ PÉREZ
DECRETO EVALUACIÓN EDUCACIÓN PRIMARIA PRIMERA PARTE
DECRETO EVALUACIÓN EDUCACIÓN PRIMARIA SEGUNDA PARTE
Anexo II HISTORIAL ACACADÉMICO DE EDUCACIÓN PRIMARIA
Decreto 81/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Primaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
DATOS PERSONALES DEL ALUMNO/A Apellidos: Nombre: NIE: Fecha de nacimiento: Lugar: DNI: Provincia: País: Nacionalidad: Domicilio: Tfno.: Localidad: Provincia: C.P.: Tutor/a 1: DNI: Tutor/a 2: DNI:
INSCRIPCIONES Y CAMBIOS DE CENTRO Inscripciones y escolarización en centros de Educación Primaria Código de centro Nombre del centro Localidad Provincia Teléfono Nº de expediente Fecha de alta Fecha de baja
Con fecha________ de___________ de 20___, el alumno/a se incorpora a las enseñanzas de la Educación Primaria de acuerdo con lo que se determina en el Decreto 81/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Primaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
AÑOS DE ESCOLARIZACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA AÑO ACADÉMICO CENTRO CURSO ESTADO DE MATRÍCULA* *Consignar lo que corresponda: Promociona, repite, traslado. OBSERVACIONES
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
VºBº El/La director/a El/La secretario/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo.:
En Expediente Académico además:
TRASLADO DE CENTRO
- Con fecha: / /20 , se traslada al centro ____________________________________ de la localidad ___________________________ provincia __________
- Se remite al centro de destino el Informe personal por traslado.
- Se remite al centro de destino el Historial académico.
- Con fecha: / /20 , se traslada al centro ____________________________________ de la localidad ___________________________ provincia __________
- Se remite al centro de destino el Informe personal por traslado.
- Se remite al centro de destino el Historial académico.
DATOS MÉDICOS Y PSICOPEDAGÓGICOS RELEVANTES* *Se adjuntarán a este expediente académico.
MEDIDAS DE INCLUSIÓN* *Se adjuntarán a este expediente académico.
1º PRIMARIA Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural
- Lengua Castellana y Literatura
- Lengua Extranjera ( )
- Matemáticas
- Educación Artística
- Educación Física
- Religión
- Segunda Lengua Extranjera ( )
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
1º PRIMARIA CON ÁMBITOS Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Ámbito
- Ámbito
- Área
- Área
- Área
- Área
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
MEDIDAS DE INCLUSIÓN EDUCATIVA ADOPTADAS
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
VºBº El/La director/a El/La secretario/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo.:
2º PRIMARIA Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural
- Lengua Castellana y Literatura
- Lengua Extranjera ( )
- Matemáticas
- Educación Artística
- Educación Física
- Religión
- Segunda Lengua Extranjera ( )
Con fecha ___ de _____________ de 20__ el alumno/a promociona al siguiente ciclo.
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
2º PRIMARIA CON ÁMBITOS Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Ámbito
- Ámbito
- Área
- Área
- Área
- Área
Con fecha ___ de _____________ de 20__ el alumno/a promociona al siguiente ciclo.
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
MEDIDAS DE INCLUSIÓN EDUCATIVA ADOPTADAS
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
VºBº El/La director/a El/La secretario/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo.:
REPETICIÓN DE 2º PRIMARIA Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural
- Lengua Castellana y Literatura
- Lengua Extranjera ( )
- Matemáticas
- Educación Artística
- Educación Física
- Religión
- Segunda Lengua Extranjera ( )
Con fecha ___ de _____________ de 20__ el alumno/a promociona al siguiente ciclo.
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
REPETICIÓN DE 2º PRIMARIA CON ÁMBITOS Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Ámbito
- Ámbito
- Área
- Área
- Área
- Área
Con fecha ___ de _____________ de 20__ el alumno/a promociona al siguiente ciclo.
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
MEDIDAS DE INCLUSIÓN EDUCATIVA ADOPTADAS
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
VºBº El/La director/a El/La secretario/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo.:
3º PRIMARIA Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural
- Lengua Castellana y Literatura
- Lengua Extranjera ( )
- Matemáticas
- Educación Artística
- Educación Física
- Religión
- Segunda Lengua Extranjera ( )
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
3º PRIMARIA CON ÁMBITOS Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Ámbito
- Ámbito
- Área
- Área
- Área
- Área
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
MEDIDAS DE INCLUSIÓN EDUCATIVA ADOPTADAS
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
VºBº El/La director/a El/La secretario/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo.:
4º PRIMARIA Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural
- Lengua Castellana y Literatura
- Lengua Extranjera ( )
- Matemáticas
- Educación Artística
- Educación Física
- Religión
- Segunda Lengua Extranjera ( )
Con fecha ___ de _____________ de 20__ el alumno/a promociona al siguiente ciclo.
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
4º PRIMARIA CON ÁMBITOS Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Ámbito
- Ámbito
- Área
- Área
- Área
- Área
Con fecha ___ de _____________ de 20__ el alumno/a promociona al siguiente ciclo.
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
MEDIDAS DE INCLUSIÓN EDUCATIVA ADOPTADAS
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
VºBº El/La director/a El/La secretario/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo.:
REPETICIÓN DE 4º PRIMARIA Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural
- Lengua Castellana y Literatura
- Lengua Extranjera ( )
- Matemáticas
- Educación Artística
- Educación Física
- Religión
- Segunda Lengua Extranjera ( )
Con fecha ___ de _____________ de 20__ el alumno/a promociona al siguiente ciclo.
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
REPETICIÓN DE 4º PRIMARIA CON ÁMBITOS Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Ámbito
- Ámbito
- Área
- Área
- Área
- Área
Con fecha ___ de _____________ de 20__ el alumno/a promociona al siguiente ciclo.
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
MEDIDAS DE INCLUSIÓN EDUCATIVA ADOPTADAS
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
VºBº El/La director/a El/La secretario/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo.:
5º PRIMARIA Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural
- Lengua Castellana y Literatura
- Lengua Extranjera ( )
- Matemáticas
- Educación Artística
- Educación Física
- Religión
- Educación en Valores Cívicos y Éticos
- Segunda Lengua Extranjera ( )
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
5º PRIMARIA CON ÁMBITOS Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Ámbito
- Ámbito
- Área
- Área
- Área
- Área
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
MEDIDAS DE INCLUSIÓN EDUCATIVA ADOPTADAS
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
VºBº El/La director/a El/La secretario/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo.:
6º PRIMARIA Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural
- Lengua Castellana y Literatura
- Lengua Extranjera ( )
- Matemáticas
- Educación Artística
- Educación Física
- Religión
- Segunda Lengua Extranjera ( )
Con fecha ___ de _____________ de 20__ el alumno/a promociona a la Etapa siguiente
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
6º PRIMARIA CON ÁMBITOS Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Ámbito
- Ámbito
- Área
- Área
- Área
- Área
Con fecha ___ de _____________ de 20__ el alumno/a promociona a la etapa siguiente.
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
MEDIDAS DE INCLUSIÓN EDUCATIVA ADOPTADAS
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
VºBº El/La director/a El/La secretario/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo.:
REPETICIÓN DE 6º PRIMARIA Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural
- Lengua Castellana y Literatura
- Lengua Extranjera ( )
- Matemáticas
- Educación Artística
- Educación Física
- Religión
- Segunda Lengua Extranjera ( )
Con fecha ___ de _____________ de 20__ el alumno/a promociona a la Etapa siguiente.
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
REPETICIÓN DE 6º PRIMARIA CON ÁMBITOS Año académico: 20__ / 20__ EEBB AC Calificación
- Ámbito
- Ámbito
- Área
- Área
- Área
- Área
Con fecha ___ de _____________ de 20__ el alumno/a promociona a la etapa siguiente.
AC (Adaptación curricular): Nivel curricular de: __________________________
El alumno/a ha recibido enseñanzas bilingües (EEBB) en los idiomas _________________________ y castellano en este curso.
MEDIDAS DE INCLUSIÓN EDUCATIVA ADOPTADAS
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
VºBº El/La director/a El/La secretario/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo.:
MODIFICACIÓN DE LA PROMOCIÓN
Con fecha de ___ de ______________ de 20 ___, se modifica la decisión de la promoción en el curso 20__- 20__ .
OTRAS CIRCUNSTANCIAS Con fecha de ________de ____________el alumno/a (Se reflejará cualquier circunstancia no contemplada anteriormente)
Con fecha de ___ de ______________ de 20 ___, a petición del centro de educación secundaria en el que va a proseguir sus estudios el alumno o alumna, se envía:
- Copia del Historial académico.
- Informe Final de Etapa de Educación Primaria.
Con fecha de ___ de ______________ de 20 ___, se hace entrega al alumno/a del Historial académico de Educación Primaria
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
VºBº El/La director/a El/La secretario/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo.:
Anexo III
INFORME PERSONAL POR TRASLADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA
Decreto 81/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Primaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
CURSO: 20___ / 20___
DATOS DEL CENTRO Centro: Cód. centro: Público Privado Localidad: Provincia: C.P.: Dirección: Teléfono:
DATOS PERSONALES DEL ALUMNO/A Apellidos: Nombre: NIE: Fecha de nacimiento: Lugar: DNI: Provincia: País: Nacionalidad: Domicilio: Tfno.: Localidad: Provincia: C.P.: Tutor/a 1: DNI: Tutor/a 2: DNI:
Don/Doña ___________________________________________________, como tutor/a del grupo en el que se encuentra matriculado/a el alumno/a arriba indicado.
INFORMA que, durante el presente curso académico 20___ - 20___, ha obtenido los resultados de las evaluaciones que se indican a continuación, junto con las medidas de inclusión educativa adaptadas, en su caso:
MEDIDAS DE INCLUSIÓN EDUCATIVA ADOPTADAS
Se adjunta informe complementario de ____ páginas.
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
El/La tutor/a VºBº El/La director/a El/La secretario/a
_______________ CURSO DE EDUCACIÓN PRIMARIA
ÁREAS Resumen de evaluaciones ___ evaluación ___ evaluación ___ evaluación
- Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural
- Lengua Castellana y Literatura
- Lengua Extranjera ( )
- Matemáticas
- Educación Artística
- Educación Física Religión
- Educación en Valores Cívicos y Éticos (solo en 5º)
- Segunda Lengua Extranjera ( )
OTRAS OBSERVACIONES DEL PROGRESO GENERAL DEL ALUMNO/A
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
El/La tutor/a VºBº El/La directoror/a El/La secretario/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo.: Fdo.:
Anexo V
INFORME FINAL DE 1º y 2º CICLO DE EDUCACIÓN PRIMARIA
Decreto 81/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Primaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
CURSO 20___ - 20___
DATOS PERSONALES DEL ALUMNO/A Apellidos: Nombre: Curso: Unidad: DNI/NIE:
DATOS DEL CENTRO Centro: Cód. centro: Público Privado Localidad: Provincia: C.P.: Dirección: Teléfono:
GRADO DE ADQUISICION DE LAS COMPETENCIAS*
- Competencia en comunicación lingüística.
- Competencia plurilingüe.
- Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería.
- Competencia digital.
- Competencia personal, social y de aprender a aprender.
- Competencia ciudadana.
- Competencia emprendedora.
- Competencia en conciencia y expresión culturales.
* El GRADO DE ADQUISICION DE LAS COMPETENCIAS:
- No iniciado (NI) en el grado de competencia esperado.
- Está en proceso (EP) de conseguir el grado de competencia esperado.
- Ha conseguido (C) el grado de competencia esperado.
- Ha conseguido, de manera relevante (R), el grado de competencia esperado.
- Ha conseguido, de manera excelente (E), el grado de competencia esperado.
POSIBILIDADES EDUCATIVAS PARA EL PRÓXIMO CURSO ACADÉMICO** El equipo docente, teniendo en cuenta la trayectoria escolar y el grado de adquisición de las competencias clave, considera que el alumno/a, el próximo curso, debería:
** Las POSIBILIDADES EDUCATIVAS PARA EL PRÓXIMO CURSO ACADÉMICO serán:
- Realizar el curso siguiente.
- Permanecer en el mismo curso
En ___________, a __ de _____________________ de 20___
VºBº El/La director/a El/La tutor/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo.:
Anexo VI
INFORME FINAL DE TERCER CICLO/ETAPA DE EDUCACIÓN PRIMARIA
Decreto 81/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Primaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
CURSO 20___ - 20___
DATOS PERSONALES DEL ALUMNO/A Apellidos: Nombre: Curso: Unidad: DNI/NIE:
DATOS DEL CENTRO Centro: Cód. centro: Público Privado Localidad: Provincia: C.P.: Dirección: Teléfono:
GRADO DE CONSECUCIÓN DE LOS OBJETIVOS*
- 3 suspensos o más, no ha alcanzado la mayor parte de los objetivos de la etapa
- 1 ó 2 suspensos, no ha alcanzado algunos de los objetivos de la etapa
- Aprobado media entre 5 y 6,9, ha alcanzado suficientemente los objetivos de la etapa
- Aprobado media entre 7 y 8,9, ha alcanzado satisfactoriamente los objetivos de la etapa
- Aprobado media superior a 9, ha alcanzado de manera excelente todos los objetivos de la etapa
COMPETENCIAS CLAVE DESCRIPTORES OPERATIVOS GRADO ADQUISICIÓN NI EP C R E
- Competencia en comunicación lingüística
- CCL1. Expresa hechos, conceptos, pensamientos, opiniones o sentimientos de forma oral, escrita, signada o multimodal, con claridad y adecuación a diferentes contextos cotidianos de su entorno personal, social y educativo, y participa en interacciones comunicativas con actitud cooperativa y respetuosa, tanto para intercambiar información y crear conocimiento como para construir vínculos personales.
- CCL2. Comprende, interpreta y valora textos orales, escritos, signados o multimodales sencillos de los ámbitos personal, social y educativo, con acompañamiento puntual, para participar activamente en contextos cotidianos y para construir conocimiento.
- CCL3. Localiza, selecciona y contrasta, con el debido acompañamiento, información sencilla procedente de dos o más fuentes, evaluando su fiabilidad y utilidad en función de los objetivos de lectura, y la integra y transforma en conocimiento para comunicarla adoptando un punto de vista creativo, crítico y personal a la par que respetuoso con la propiedad intelectual.
- CCL4. Lee obras diversas adecuadas a su progreso madurativo, seleccionando aquellas que mejor se ajustan a sus gustos e intereses; reconoce el patrimonio literario como fuente de disfrute y aprendizaje individual y colectivo; y moviliza su experiencia personal y lectora para construir y compartir su interpretación de las obras y para crear textos de intención literaria a partir de modelos sencillos.
- CCL5. Pone sus prácticas comunicativas al servicio de la convivencia democrática, la gestión dialogada de los conflictos y la igualdad de derechos de todas las personas, detectando los usos discriminatorios, así como los abusos de poder, para favorecer la utilización no solo eficaz sino también ética de los diferentes sistemas de comunicación.
- Competencia plurilingüe
- CP1. Usa, al menos, una lengua, además de la lengua o lenguas familiares, para responder a necesidades comunicativas sencillas y predecibles, de manera adecuada tanto a su desarrollo e intereses como a situaciones y contextos cotidianos de los ámbitos personal, social y educativo.
- CP2. A partir de sus experiencias, reconoce la diversidad de perfiles lingüísticos y experimenta estrategias que, de manera guiada, le permiten realizar transferencias sencillas entre distintas lenguas para comunicarse en contextos cotidianos y ampliar su repertorio lingüístico individual.
- CP3. Conoce y respeta la diversidad lingüística y cultural presente en su entorno, reconociendo y comprendiendo su valor como factor de diálogo, para mejorar la convivencia.
- Competencia matemática y en ciencia y de aprender a aprender
- STEM1. Utiliza, de manera guiada, algunos métodos inductivos y deductivos propios del razonamiento matemático en situaciones conocidas, y selecciona y emplea algunas estrategias para resolver problemas reflexionando sobre las soluciones obtenidas.
- STEM2. Utiliza el pensamiento científico para entender y explicar algunos de los fenómenos que ocurren a su alrededor, confiando en el conocimiento como motor de desarrollo, utilizando herramientas e instrumentos adecuados, planteándose preguntas y realizando experimentos sencillos de forma guiada.
- STEM3. Realiza, de forma guiada, proyectos, diseñando, fabricando y evaluando diferentes prototipos o modelos, adaptándose ante la incertidumbre, para generar en equipo un producto creativo con un objetivo concreto, procurando la participación de todo el grupo y resolviendo pacíficamente los conflictos que puedan surgir.
- STEM4. Interpreta y transmite los elementos más relevantes de algunos métodos y resultados científicos, matemáticos y tecnológicos de forma clara y veraz, utilizando la terminología científica apropiada, en diferentes formatos (dibujos, diagramas, gráficos, símbolos, ...) y aprovechando de forma crítica, ética y responsable la cultura digital para compartir y construir nuevos conocimientos.
- STEM5. Participa en acciones fundamentadas científicamente para promover la salud y preservar el medio ambiente y los seres vivos, aplicando principios de ética y seguridad y practicando el consumo responsable.
- Competencia digital
- CD1. Realiza búsquedas guiadas en internet y hace uso de estrategias sencillas para el tratamiento digital de la información (palabras clave, selección de información relevante, organización de datos...) con una actitud crítica sobre los contenidos obtenidos.
- CD2. Crea, integra y reelabora contenidos digitales en distintos formatos (texto, tabla, imagen, audio, vídeo, programa informático...) mediante el uso de diferentes herramientas digitales para expresar ideas, sentimientos y conocimientos, respetando la propiedad intelectual y los derechos de autor de los contenidos que reutiliza.
- CD3. Participa en actividades o proyectos escolares mediante el uso de herramientas o plataformas virtuales para construir nuevo conocimiento, comunicarse, trabajar cooperativamente, y compartir datos y contenidos en entornos digitales restringidos y supervisados de manera segura, con una actitud abierta y responsable ante su uso.
- CD4. Conoce los riesgos y adopta, con la orientación del docente, medidas preventivas al usar las tecnologías digitales para proteger los dispositivos, los datos personales, la salud y el medioambiente, y se inicia en la adopción de hábitos de uso crítico, seguro, saludable y sostenible de dichas tecnologías.
- CD5. Se inicia en el desarrollo de soluciones digitales sencillas y sostenibles (reutilización de materiales tecnológicos, programación informática por bloques, robótica educativa, ...) para resolver problemas concretos o retos propuestos de manera creativa, solicitando ayuda en caso necesario.
- Competencia personal, social y de aprender a aprender
- CPSAA1. Es consciente de las propias emociones, ideas y comportamientos personales y emplea estrategias para gestionarlas en situaciones de tensión o conflicto, adaptándose a los cambios y armonizándolos para alcanzar sus propios objetivos.
- CPSAA2. Conoce los riesgos más relevantes y los principales activos para la salud, adopta estilos de vida saludables para su bienestar físico y mental, y detecta y busca apoyo ante situaciones violentas o discriminatorias.
- CPSAA3. Reconoce y respeta las emociones y experiencias de las demás personas, participa activamente en el trabajo en grupo, asume las responsabilidades individuales asignadas y emplea estrategias cooperativas dirigidas a la consecución de objetivos compartidos
- CPSAA4. Reconoce el valor del esfuerzo y la dedicación personal para la mejora de su aprendizaje y adopta posturas críticas en procesos de reflexión guiados.
- CPSAA5. Planea objetivos a corto plazo, utiliza estrategias de aprendizaje autorregulado y participa en procesos de auto y coevaluación, reconociendo sus limitaciones y sabiendo buscar ayuda en el proceso de construcción del conocimiento.
- Competencia ciudadana
- CC1. Entiende los procesos históricos y sociales más relevantes relativos a su propia identidad y cultura, reflexiona sobre las normas de convivencia, y las aplica de manera constructiva, dialogante e inclusiva en cualquier contexto.
- CC2. Participa en actividades comunitarias, en la toma de decisiones y en la resolución de los conflictos de forma dialogada y respetuosa con los procedimientos democráticos, los principios y valores de la Unión Europea y la Constitución española, los derechos humanos y de la infancia, el valor de la diversidad, y el logro de la igualdad de género, la cohesión social y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
- CC3. Reflexiona y dialoga sobre valores y problemas éticos de actualidad, comprendiendo la necesidad de respetar diferentes culturas y creencias, de cuidar el entorno, de rechazar prejuicios y estereotipos, y de oponerse a cualquier forma de discriminación o violencia.
- CC4. Comprende las relaciones sistémicas entre las acciones humanas y el entorno, y se inicia en la adopción de estilos de vida sostenibles, para contribuir a la conservación de la biodiversidad desde una perspectiva tanto local como global.
- Competencia emprendedora
- CE1. Reconoce necesidades y retos que afrontar y elabora ideas originales, utilizando destrezas creativas y tomando conciencia de las consecuencias y efectos que las ideas pudieran generar en el entorno, para proponer soluciones valiosas que respondan a las necesidades detectadas.
- CE2. Identifica fortalezas y debilidades propias utilizando estrategias de autoconocimiento y se inicia en el conocimiento de elementos económicos y financieros básicos, aplicándolos a situaciones y problemas de la vida cotidiana, para detectar aquellos recursos que puedan llevar las ideas originales y valiosas a la acción.
- CE3. Crea ideas y soluciones originales, planifica tareas, coopera con otros en equipo, valorando el proceso realizado y el resultado obtenido, para llevar a cabo una iniciativa emprendedora, considerando la experiencia como una oportunidad para aprender.
- Competencia en conciencia y expresión culturales
- CCEC1. Reconoce y aprecia los aspectos fundamentales del patrimonio cultural y artístico, comprendiendo las diferencias entre distintas culturas y la necesidad de respetarlas.
- CCEC2. Reconoce y se interesa por las especificidades e intencionalidades de las manifestaciones artísticas y culturales más destacadas del patrimonio, identificando los medios y soportes, así como los lenguajes y elementos técnicos que las caracterizan.
- CCEC3. Expresa ideas, opiniones, sentimientos y emociones de forma creativa y con una actitud abierta e inclusiva, empleando distintos lenguajes artísticos y culturales, integrando su propio cuerpo, interactuando con el entorno y desarrollando sus capacidades afectivas.
- CCEC4. Experimenta de forma creativa con diferentes medios y soportes, y diversas técnicas plásticas, visuales, audiovisuales, sonoras o corporales, para elaborar propuestas artísticas y culturales.
- No iniciado (NI) en el grado de competencia esperado.
- Está en proceso (EP) de conseguir el grado de competencia esperado.
- Ha conseguido (C) el grado de competencia esperado.
- Ha conseguido, de manera relevante (R), el grado de competencia esperado.
- Ha conseguido, de manera excelente (E), el grado de competencia esperado.
Medidas de inclusión educativas adoptadas
POSIBILIDADES EDUCATIVAS PARA EL PRÓXIMO CURSO ACADÉMICO***
El equipo docente, teniendo en cuenta la trayectoria escolar, el grado de consecución de los objetivos y el de adquisición de las competencias clave, considera que el alumno/a, el próximo curso, debería:
*** Las POSIBILIDADES EDUCATIVAS PARA EL PRÓXIMO CURSO ACADÉMICO serán:
- Realizar el curso siguiente.
- Permanecer en el mismo curso
- Continuar estudios dentro de un proyecto bilingüe o plurilingüe.
- No continuar estudios dentro de un proyecto bilingüe o plurilingüe
VºBº El/La director/a El/La tutor/a (Sello del Centro) Fdo.: Fdo
Anexo VII
DILIGENCIA DE CIERRE DEL HISTORIAL ACADÉMICO Y DEL EXPEDIENTE ACADÉMICO PARA EDUCACIÓN PRIMARIA EN EL CURSO 2022-2023.
Diligencia de cierre del Historial académico, en el curso 2022-2023 para los cursos impares:
DILIGENCIA para hacer constar que, con esta fecha, SE CIERRA el presente Historial académico, por iniciar el alumno/a en el curso 2022-2023 las enseñanzas de Educación Primaria de conformidad con lo que se determina en el Decreto 81/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, y continúa en el que se extiende a partir del presente curso, de acuerdo con el decreto precitado, al que se une.
____________________, a __ de ___________ de 2022.
Diligencia de cierre del Expediente académico, en el curso 2022-2023 para los cursos impares:
DILIGENCIA para hacer constar que, con esta fecha, SE CIERRA el presente Expediente académico, por iniciar el alumno/a en el curso 2022-2023 las enseñanzas de Educación Primaria de conformidad con lo que se determina en el Decreto 81/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, y continúa en el que se extiende a partir del presente curso, de acuerdo con el decreto precitado, al que se une.
____________________, a __ de ___________ de 2022.
Diligencia de cierre del Historial académico, en el curso 2023-2024 para los cursos pares:
DILIGENCIA para hacer constar que, con esta fecha, SE CIERRA el presente Historial académico, por iniciar el alumno/a en el curso 2023-2024 las enseñanzas de Educación Primaria de conformidad con lo que se determina en el Decreto 81/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, y continúa en el que se extiende a partir del presente curso, de acuerdo con el decreto precitado, al que se une.
____________________, a __ de ___________ de 2023.
Diligencia de cierre del Expediente académico, en el curso 2023-2024 para los cursos pares:
DILIGENCIA para hacer constar que, con esta fecha, SE CIERRA el presente Expediente académico, por iniciar el alumno/a en el curso 2023-2024 las enseñanzas de Educación Primaria de conformidad con lo que se determina en el Decreto 81/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, y continúa en el que se extiende a partir del presente curso, de acuerdo con el decreto precitado, al que se une.
____________________, a __ de ___________ de 2023.
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