miércoles, 4 de septiembre de 2019

ADQUISICIÓN NUEVAS ESPECIALIDADES 2019


Por Resoluciones de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 07/02/2019 (DOCM nº 30, de 12 de febrero), se convocan procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Maestros por el turno de personas con discapacidad y por el turno libre, y procedimiento para que los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros puedan adquirir nuevas especialidades. 

De acuerdo con lo establecido en las Resoluciones de convocatoria, los tribunales que valoraron las pruebas hicieron públicas las listas de aspirantes que han alcanzado una nueva especialidad. 

Las citadas convocatorias establecen que por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la relación de aspirantes que han alcanzado una nueva especialidad, con indicación de la nueva especialidad adquirida. 

De conformidad con lo expuesto, y en el ejercicio de las funciones atribuidas a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes por el Decreto 84/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM nº 141, de 18 de julio), resuelvo: 

Primero. Publicar, según anexo I a la presente Resolución, la lista de aspirantes que han adquirido una nueva especialidad en el Cuerpo de Maestros. 

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria 17ª de la citada ley, (BOE nº 53, de 02/03/2007), los maestros y maestras que por esta convocatoria adquieren una nueva especialidad están exentos de la realización de la fase de prácticas. Asimismo, la adquisición de la nueva especialidad no supone la pérdida de la anterior o anteriores que se pudieran poseer. Quienes tengan adquirida más de una especialidad podrán acceder a plazas correspondientes a cualquiera de ellas a través de los mecanismos establecidos para la provisión de puestos de trabajo de los funcionarios y funcionarias del Cuerpo de Maestros. 

Tercero. Se reconoce la nueva especialidad adquirida con fecha de efectos de 01/09/2019, pudiendo los aspirantes seleccionados hacer valer dicha especialidad en los procesos de provisión de puestos que se convoquen y resuelvan a partir de dicha fecha. La Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes en la que se encuentre destinado el funcionario o funcionaria expedirá la correspondiente credencial con la nueva especialidad, notificándoselo al interesado y archivando un ejemplar en su expediente personal. 

Cuarto. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente. al de su publicación, conforme establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 

Toledo, 19 de agosto de 2019 

La Consejera de Educación, Cultura y Deportes 
ROSA ANA RODRÍGUEZ PÉREZ


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