viernes, 20 de septiembre de 2019

RESOLUCIÓN MATERIA IGUALDAD, TOLERANCIA Y DIVERSIDAD

Resolución de 17/10/2017, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, por la que propone el pilotaje de un currículo, con carácter experimental, de la educación para la igualdad, la tolerancia y la diversidad en determinados centros públicos no universitarios de Castilla-La Mancha que impartan enseñanzas de Educación Primaria o de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2017-2018. [2017/12449]  (DOCM de 23 de octubre)

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación refleja que uno de los principios en los que se inspira el Sistema Educativo Español es la equidad, que ha de garantizar la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades que ayuden a superar cualquier discriminación, desarrollando valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, así como la prevención de la violencia de género. 

La Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha recoge estos aspectos en su artículo 36 sobre la educación en valores, en el que se indica que la educación en valores personales, sociales y ambientales será el referente para la elaboración de las programaciones didácticas y que será conducente a la asunción de compromisos con uno mismo, con los demás y con el entorno presente y futuro, y capaz de promover conductas que fomenten el esfuerzo personal, la ayuda, la amistad, la igualdad por encima de las diferencias biológicas, culturales o sociales. 

Serán también objeto especial de enseñanza los valores recogidos en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía para Castilla-La Mancha, así como en la Declaración Universal de Derechos Humanos, entre los que se contempla la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres y la prevención del acoso y la violencia. El Decreto 54/2014, de 10/07/2014, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha está impregnado de los valores y principios éticos que sustentan la Declaración Universal de los Derechos Humanos y que son compartidos por nuestra sociedad: la libertad, la igualdad, el respeto, la responsabilidad y la corresponsabilidad en las relaciones entre todas las personas. 

El artículo 5 apartado c) sobre los objetivos de la Educación Primaria, conforme establece el artículo 7 del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, la Educación Primaria, indica que contribuirá a desarrollar en los alumnos y alumnas las capacidades que les permitan conocer, comprender y respetar las diferencias entre las personas y promover la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres. 

El Decreto 40/2015, de 15/06/2015, por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha manifiesta en su artículo 3.2 sobre los elementos transversales, que la Consejería competente en materia de educación, en colaboración con los centros educativos, fomentará el desarrollo de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la prevención de la violencia por razón de sexo o contra personas con discapacidad y los valores inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación por cualquier condición o circunstancia personal o social.

Los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, determinados en su artículo 12 apartado c), y conforme al artículo 11 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, la Educación Secundaria Obligatoria indican que contribuirán a desarrollar en los alumnos las capacidades que les permitan valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos, rechazando la discriminación de las personas por razón de sexo o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 

Asimismo, fomentarán el rechazo a los estereotipos que supongan discriminación entre hombres y mujeres, así como cualquier manifestación de violencia contra la mujer, fortaleciendo sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás. Por ello, se hace necesario diseñar el pilotaje del currículo de la Educación para la igualdad, la tolerancia y la diversidad, con carácter experimental, de forma voluntaria en Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria para el curso 2017-2018, en centros públicos seleccionados de Castilla-La Mancha. 

En todo caso, deben respetarse los currículos y horarios lectivos establecidos por el Decreto 54/2014, de 10/07/2014 y por el Decreto 40/2015, de 15/06/2015. Por todo lo expuesto, de acuerdo con las competencias atribuidas en el artículo 5.1 del Decreto 85/2015, de 14/07/2015, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelvo:

Primera. Objetivo. La presente resolución tiene por objetivo desarrollar el pilotaje, con carácter experimental del currículo de Educación para la igualdad, la tolerancia y la diversidad. 

Segunda. Ámbito de aplicación. El pilotaje del currículo de Educación para la igualdad, la tolerancia y la diversidad se llevará a cabo en centros públicos no universitarios que impartan, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. 

Tercera. Centros acogidos al pilotaje


3. Los centros admitidos para llevar a cabo el pilotaje deberán informar a la comunidad educativa. 

Cuarta. Finalidad del pilotaje. La presente resolución tiene como fin valorar la adecuación, idoneidad, coherencia, necesidad y viabilidad del currículo desarrollado, con carácter experimental, durante el curso 2017-2018. Los resultados de la valoración obtenida, a partir del desarrollo de la experiencia, podrán quedar reflejados en modificaciones del currículo definitivo. 

Quinta. Propuesta curricular

  • 1. La propuesta curricular contiene los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables. También se incorporan orientaciones metodológicas y la contribución a la adquisición de las competencias clave. 
  • 2. La propuesta curricular ha sido diseñada para desarrollar el área o materia durante una sesión semanal. 
  • 3. Las propuestas curriculares están dirigidas al alumnado de 5º curso de Educación Primaria y de 3º curso de Educación Secundaria Obligatoria. No obstante, el centro podrá decidir el curso de impartición en función de sus necesidades y organización. 
  • 4. La propuesta curricular del área de Educación para la igualdad, la tolerancia y la diversidad de Educación Primaria se encuentra desarrollada en el anexo I de la presente resolución. 
  • 5. La propuesta curricular de la materia de Educación para la igualdad, la tolerancia y la diversidad de Educación Secundaria Obligatoria se encuentra desarrollada en el anexo II de la presente resolución. 

Sexta. Metodología de trabajo. Los centros docentes seleccionados desarrollarán, dentro de su propia autonomía, los cambios organizativos necesarios para llevar a cabo la experimentación. Podrán realizar agrupamientos, utilizar metodologías activas y participativas y enfoques innovadores que consideren convenientes para llevar a cabo la experiencia en las aulas. 


Séptima. Coordinación entre centros. La administración educativa favorecerá la coordinación entre los centros participantes, preferentemente de la misma etapa, proporcionando banco de recursos, intercambio de materiales, favoreciendo reuniones de coordinación, observación dentro de las propias aulas, mentorización, etc. 

Octava. Alumnado participante. Cada centro educativo decidirá el alumnado participante y determinará los agrupamientos, en función de sus necesidades organizativas. 

Novena. Profesorado participante. Cada centro educativo propondrá al profesorado participante. Esta selección no supondrá dotación extraordinaria de cupo. 

Décima. Evaluación del pilotaje

  • 1. El Servicio de Ordenación Académica, Documentación y Evaluación será el responsable de llevar a cabo la evaluación del pilotaje del currículo de la Educación para la igualdad, la tolerancia y la diversidad. 
  • 2. Se desarrollará una evaluación inicial, que establecerá el punto de partida, mediante la participación de los equipos directivos, profesorado y alumnado participante.
  • 3. Durante el desarrollo de la experiencia, se llevará a cabo un seguimiento, en el que colaborarán tanto los equipos directivos como el profesorado asignado.
  • 4. Al finalizar el curso, se realizará una evaluación final en la que todos los sectores implicados participarán mediante la cumplimentación de cuestionarios. 

Undécima. Supervisión del pilotaje. Corresponde a la Inspección de Educación asesorar en la adopción de las medidas organizativas que contribuyan al desarrollo del pilotaje y supervisar las medidas adoptadas. 


Duodécima. Plan de formación

  • 1. La administración educativa favorecerá las acciones formativas necesarias para generar materiales y fomentar el intercambio de experiencias de los centros participantes y la colaboración con otras instituciones. 
  • 2. El Centro Regional de Formación del Profesorado gestionará la formación del profesorado participante que obtendrá 6 créditos de formación por la participación total en la experiencia durante el curso 2017-2018, o parcial, según las circunstancias que concurran. 

Decimotercera. Recursos. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 


Decimocuarta. Efectos. La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. 

Toledo, 17 de octubre de 2017 

La Viceconsejera de Educación, Universidades e Investigación 
MARIA DOLORES LÓPEZ SANZ



CURRICULUM EDUCACIÓN PRIMARIA

CURRICULUM EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA


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