miércoles, 15 de mayo de 2019

RESOLUCIÓN INFORMACIÓN PÚBLICA ANTEPROYECTO LEY INFANCIA Y FAMILIA


La Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, en su artículo 36.3, dispone que cuando la disposición afecte a derechos o intereses legítimos de los ciudadanos se someterá a información pública de forma directa o a través de las asociaciones u organizaciones que los representen, excepto que se justifique de forma suficiente la improcedencia o inconveniencia de dicho trámite; se entenderá cumplido el trámite de información pública cuando las asociaciones y organizaciones representativas hayan participado en la elaboración de la norma a través de los Órganos Consultivos de la Administración regional. 

La Orden de 11 de septiembre de 2013, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se regula el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su artículo 3.1, establece que en el tablón de anuncios electrónico ha de realizarse el trámite de información pública en la tramitación de todos aquellos anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones generales que se requiera conforme al ordenamiento jurídico. 

La Consejería de Bienestar Social está tramitando el Anteproyecto de Ley de Infancia y Familia de Castilla-La Mancha. Dada la importancia que tiene el Anteproyecto de Ley y el amplio número de personas destinatarias a las que afecta, se considera conveniente la apertura de un periodo de información pública, que permita mejorar el contenido del Anteproyecto de Ley con las alegaciones u observaciones que los ciudadanos consideren oportunas. 

En consecuencia con todo lo expresado y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 83.2 y 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Secretaría General de la Consejería de Bienestar Social, Resuelve: 

Primero. Objeto

  • 1. Esta resolución tiene por objeto someter al trámite de información pública el Anteproyecto de Ley de Infancia y Familia de Castilla-La Mancha. 
  • 2. Este Anteproyecto de Ley estará a disposición de las personas interesadas en el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, incluido en la sede electrónica, en la siguiente dirección: http://www.jccm.es, para que las personas interesadas puedan presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas. IR AL TABLÓN.
Segundo. Plazo de información pública. El plazo de información pública será de veinte días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. 


Tercero. Personas interesadas

  • 1. Quien desee formular alegaciones deberá dirigirlas a la persona titular de la Dirección General de las Familias y Menores de la Consejería de Bienestar Social, Avda. de Francia núm. 4, 45071-Toledo. 
  • 2. Las personas físicas podrán presentar sus alegaciones preferentemente a través de la dirección de correo electrónico: dgfamiliasymenores@jccm.es, en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es, así como en los servicios centrales de la Consejería de Bienestar Social, en las direcciones provinciales de la misma y en cualquiera de los registros y oficinas señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
    • En el caso de que las alegaciones las formule alguno de los sujetos obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se presentarán únicamente a través de medios electrónicos. 
Cuarto. Efectos. La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de CastillaLa Mancha. 


Toledo, 9 de mayo de 2019 

La Secretaria General 
NATIVIDAD ZAMBUDIO ROSA

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